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Reformas tributarias. impuestos


Enviado por   •  15 de Agosto de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.361 Palabras (6 Páginas)  •  147 Visitas

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Criterios

Norma y conceptos (10 de c/u)

Efectos

(positivo o negativo)

Impacto

Norma anterior

Norma modificada y/o Vigente

1.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD (CREE).

 Ley  1607 de 2012

Capitulo II Artículo  23. Tarifa del Impuesto sobre la Renta para la Equidad. La tarifa del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) a que se refiere el artículo 20 de la presente ley, será del ocho por ciento (8%).

Parágrafo transitorio. Para los años 2013, 2014 y 2015 la tarifa del CREE será del nueve (9%). Este punto adicional se aplicará de acuerdo con la distribución que se hará en el parágrafo transitorio del siguiente artículo.

 Ley 1739 de 2014

Artículo 72 de la ley 1739 de 2014 modifica el parágrafo, el cual da a conocer la manera en que se destinaran los dineros

Se distribuirá así: cuarenta por ciento (40%) para financiar las instituciones de educación superior públicas y sesenta por ciento (60%) para la nivelación de la UPC del régimen subsidiado en salud.

POSITIVO

Habla de cómo se destinaran los dineros y sus porcentajes en cada año.

2.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

1739 de 2014

Capitulo IV         Articulo 25 “Parágrafo 2o. No serán residentes fiscales, los nacionales que cumplan con alguno de los literales del numeral 3, pero que reúnan una de las siguientes condiciones:

1. Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus ingresos anuales tengan su fuente en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.

2. Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus activos se encuentren localizados en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.

Ley 1607 de 2012.

Articulo 10  Se consideran residentes en Colombia para efectos tributarios las personas naturales que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

1. Permanecer continua o discontinuamente en el país por más de ciento ochenta y tres (183) días calendario incluyendo días de entrada y salida del país, durante un periodo cualquiera de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario consecutivos

2. Ser nacionales y que durante el respectivo año o periodo gravable:

Habla sobre que se debe tener en cuenta para ser residente.

3.

IMPUESTO SOBRE RIQUEZA

PERSONA JURIDICAS    Para el año 2015        (Base gravable) * 0,20%      ((Base gravable - $2.000.000.000) * 0,35%) + $4.000.000             ((Base gravable - $3.000.000.000) * 0,75%) + $7.500.000             ((Base gravable - $5.000.000.000) * 1,30%) + $22.500.000

PERSONA JURIDICA Para el año 2017 (Base gravable) * 0,10%   ((Base gravable - $2.000.000.000) * 0,20%) + $2.000.000  ((Base gravable - $3.000.000.000) * 0,35%) + $4.000.000  ((Base gravable - $5.000.000.000) * 0,75%) + $11.000.000

NEGATIVO  

Se aumentó el porcentaje en las bases.

4.

Decreto 620 de 2014 Artículo 1°. A partir del 1° de enero de 2014 la asignación mensual de los miembros del Congreso de la República se reajustará en el dos punto noventa y cuatro por ciento (2.94%).

Decreto 1739 de 2015

 Artículo 1°. A partir del 1° de enero de 2015 la asignación mensual de los miembros del Congreso de la República se reajustará en el cuatro punto sesenta y seis por ciento (4.66%).

NEGATIVO

Se aumenta el porcentaje y así mismo se aumenta para el pueblo.

5.

Artículo 782  de la ley 1111 de 2006  habla de La tarifa del gravamen a los movimientos financieros la cual será del cuatro por mil (4 x 1.000)".

 Artículo 872 de la ley 1739 de 2014 da a conocer las nuevas tarifas para los próximos años:

La tarifa del impuesto a que se refiere el presente artículo se reducirá de la siguiente manera:            

- Al tres por mil (3 x 1.000) en el año 2019.

-Al dos por mil (2 x 1.000) en el año 2020.

- Al uno por mil (1 x 1.000) en el año 2021.

Negativo

Especifica el aumento que se realizara para los siguientes años.

6.

Artículo 114º        Estatuto tributario. Deducción de aportes. Los aportes efectuados por los patronos o empresas públicas y privadas al instituto colombiano de bienestar familiar serán deducibles para los efectos del impuesto de renta y complementarios. Los pagos efectuados por concepto del subsidio familiar y servicio nacional de aprendizaje Sena, son igualmente deducidos.

Artículo 35º      Adiciónese un parágrafo al artículo 114 del estatuto tributario: Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre las renta y complementarios, no estarán sujetas al cumplimiento de los requisitos de que trata este articulo por los salarios pagados cuyo monto no exceda de diez (10) salarios mininos legales mensuales vigentes.

POSITIVO

Explica para los aportes de cuánto debe ser el monto

7.

IMPUESTO A LA RIQUEZA

Si la base gravable determinada para el año 2016 es superior a la determinada en el año 2015, la base gravable será la menor entre la base gravable del año 2015 incrementada en el 25% de la inflación del año 2015, la cual fue del 6.77% y la base gravable determinada para el año 2016.

Si la base gravable determinada para el año 2016 es inferior a la determinada en el año 2015, la base gravable será la mayor entre la base gravable del año 2015 disminuida en el 25% de la inflación del año 2015, la cual fue del 6.77% y la base gravable determinada para el año 2016.

NEGATIVO

Ya que si se disminuye el valor en al año siguiente se liquida sobre esa base el impuesto a la riqueza.

8.

Artículo 10º  Residencia para efectos fiscales. Consiste en la permanencia continua en el país por más de (6) seis meses en el año o periodo gravable, o que se completen dentro de este; lo mismo que la permanencia discontinua por más de (6) seis meses en el año periodo gravable. Se consideran residentes las personas naturales nacionales que conserven familia o el asiento principal de sus negocios en el país, aun cuando permanezcan en el exterior.        

Artículo 2º Modifíquese el Artículo 10º del estatuto tributario el cual quedara así: Artículo 10º Residencia para efectos tributarios. Se consideran residentes en Colombia para efectos tributarios las personas naturales que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones: 1. Permanecer continua o discontinuamente en el país por más de ciento ochenta y tres (183) días calendario incluyendo días de entrada y salida del país, durante un periodo cualquiera de trescientos sesenta y cinco (365) dias calendario consecutivos, en el entendido que, cuando la permanencia continua o discontinua en el país recaiga sobre más de un año o periodo gravable, se considerará que la persona es residente a partir del segundo año o periodo gravable.

……

POSITIVA

Habla de quienes son residentes en Colombia cumpliendo con ciertas especificaciones.

9.

IVA

IVA 2015

Su tarifa es  del 16%

IVA 2016

Se da a conocer que el IVA equivale a 2,3 billones de pesos  y se aspira que el 20 de julio de este año se acepte el alza en la tarifa a un 19%

NEGATIVO

Significa que todo aumentara y será más difícil obtener productor para la casa en general.

10.

Artículo 108.       Parágrafo 1. La deducción máxima porcada persona estará limitada a dos y medio salarios mínimos legales anuales, incluidas las prestaciones sociales.        

        

        

        

        

        

        

Artículo 34°. Adiciónese un parágrafo al artículo 108 del Estatuto Tributario: Parágrafo 3°. Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, no estarán sujetas al cumplimiento de los requisitos de que trata este artículo por los salarios pagados cuyo monto no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.        

        

Positivo

Explica cuántos salarios se necesitan de mejor manera el cumplimiento de los distintos requisitos.

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