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Sociedades Cooperativas


Enviado por   •  19 de Abril de 2014  •  3.893 Palabras (16 Páginas)  •  283 Visitas

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INTRODUCCION

Para entender un poco más acerca de este tema, es importante conocer los diferentes tipos de sociedades que existen, así como su fundamento legal. A continuación se dará una breve explicación:

Sociedad en Nombre Colectivo

Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, limitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. Se formará con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren los de todos, se le añadirán las palabras “y compañía” u otras equivalentes. El ingreso o separación de un socio no impedirá que continúe la misma razón social hasta entonces empleada; pero si el nombre del socio que se separe aparece en la razón social, deberá agregarse a ésta la palabra “sucesores”. Los socios no pueden ceder sus derechos en la compañía sin el consentimiento de todos los demás y sin él tampoco pueden admitirse a otros nuevos, salvo que en uno u otro caso el contrato social disponga que sea bastante el conocimiento de la mayor.

Sociedad en Comandita Simple

Se compone de uno o vario socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, limitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.

La razón social se formará con los nombres de uno o más comanditados, seguidos de las palabras “y compañía” u otras equivalentes, cuando en ella no figuren las de todos. A la razón social se le agregarán siempre las palabras “sociedad en comandita” o su abreviatura “S. en C.”

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues solo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la Ley de Sociedades Mercantiles.. Se formará con el nombre de uno o más socios. La denominación o razón social irá seguida de las palabras “S. de R.L.”. No podrá tener más de 50 socios. El capital social será el que se establezca en el contrato social; se dividirá en partes sociales que podrán ser de valor y categoría desiguales, pero que en todo caso serán de un múltiple de un peso. Su constitución o aumento de capital no podrá llevarse a cabo mediante suscripción pública. Las partes sociales son indivisibles, no obstante, podrá establecerse en el contrato de sociedad, el derecho de división y el de cesión parcial, respetándose las reglas contenidas en los Artículos 61, 62, 65 y 66 de la Ley de Sociedades Mercantiles.

Sociedad Anónima

Se constituye bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. La denominación se acompañará de las palabras “Sociedad Anónima” o su abreviatura “S.A.” Deberá tener como mínimo 2 socios y cada uno suscribir cuando menos una acción y que el capital social no sea menor a 50,000 pesos.

Sociedad en Comandita por Acciones

Se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones. Se regirá pos las reglas relativas a la sociedad anónima, salvo lo dispuesto en los Artículos 209, 210 y 211. El capital social estará dividido en acciones y no podrán cederse sin el consentimiento de la totalidad de los comanditados y el de las dos terceras partes de los comanditarios. Se formará con los nombres de uno o más socios comanditados seguidos de las palabras “y compañía” u otras equivalentes. A la razón social se le agregarán las palabras “Sociedad en Comandita por Acciones” o su abreviatura “S en C. por A.”.

Sociedad Cooperativa

Es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones, serán de capital variable, habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios e igualdad de condiciones para las mujeres, tendrán duración indefinida. Se integrarán con un mínimo de 5 Socios. Deberá realizarse en asamblea general que celebren los interesados y en la que se levantará una acta que contendrá los datos generales de los fundadores, nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones y las bases constitutivas.

No se otorgará el registro a las sociedades cooperativas de participación estatal, si la autoridad que corresponda no manifiesta que existe acuerdo con la sociedad de que se trate, para dar en administración los elementos necesarios para la producción.

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

CAPITULO I

De la constitución y funcionamiento de las Sociedades en general

Artículo 1o.- Esta Ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles:

I.- Sociedad en nombre colectivo;

II.- Sociedad en comandita simple;

III.- Sociedad de responsabilidad limitada;

IV.- Sociedad anónima;

V.- Sociedad en comandita por acciones, y

VI.- Sociedad cooperativa.

Cualquiera de las sociedades a que se refieren las fracciones I a V de este artículo podrá constituirse como sociedad de capital variable, observándose entonces las disposiciones del Capítulo VIII de esta Ley.

Las sociedades se constituirán ante notario y en la misma forma se harán constar con

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