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Sociedades Cooperativas


Enviado por   •  6 de Mayo de 2014  •  1.349 Palabras (6 Páginas)  •  313 Visitas

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SOCIEDAD COOPERATIVA

Es aquella que esta integrada por personas de la sociedad de clase trabajadores que aportan a la sociedad únicamente su trabajo

SOCIEDAD COOPERATIVA S.C.L. (Limitada) S.C.S. (suplementada)

Ley que regula Ley General de Sociedades Cooperativas

Características • Los rendimientos son por trabajo o por consumo.

• Todos los socios pertenecen a la clase trabajadora

Proceso de constitución • Acta por quintuplicado de asamblea general.

• Certificación de firmas ante notario público, corredor público, juez de distrito, etc.

• Inscripción en el Registro Público de comercio.

Nombre Denominación

Capital social No establece mínimo, pero siempre serán de capital variable

Reservas El fondo de reserva se constituirá con 10% a 20% de los rendimientos que obtengan las sociedades cooperativas en cada ejercicio social. El fondo de reserva podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no será menor del 25% del capital social en las S.C. de productores y de 10% en las de consumidores. Este fondo podrá ser afectado cuando lo requiera la sociedad para afrontar las pérdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo ser reintegrado al final del ejercicio social, con cargo a los rendimientos (fondo de previsión social y fondo de educación cooperativa.

Número de socios Mínimo 5 máximo ilimitado

Responsabilidad de los socios Limitada: Hasta por el monto de su aportación

Suplementada: Responden los socios a prorrata hasta por la cantidad determinada en el acta constitutiva.

De acuerdo al artículo 2 de la Ley General de Sociedades Cooperativas; se define como:

Artículo 2.- La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.

Las sociedades cooperativas pueden dedicarse libremente a cualesquier actividad económica lícita y en su funcionamiento.

Artículo 6.- (Ley general de sociedades Cooperativas) Las sociedades cooperativas deberán observar en su funcionamiento los siguientes principios:

I.- Libertad de asociación y retiro voluntario de los socios;

II.- Administración democrática;

III.- Limitación de intereses a algunas aportaciones de los socios si así se pactara;

IV.- Distribución de los rendimientos en proporción a la participación de los socios;

V.- Fomento de la educación cooperativa y de la educación en la economía solidaria;

VI.- Participación en la integración cooperativa;

VII.- Respeto al derecho individual de los socios de pertenecer a cualquier partido político o asociación religiosa, y

VIII.- Promoción de la cultura ecológica.

Requisitos de constitución (articulo 11 Ley General de Sociedades Cooperativas)

o Mínimo cinco socios, correspondiendo un voto por socio, independientemente de sus aportaciones.

o Capital variable y duración indefinida.

o Se otorgará igualdad esencial en derechos y obligaciones de los socios e igualdad en condiciones para las mujeres.

Formalidades para su constitución (Art. 12 Ley General de Sociedades Cooperativas)

o Mediante Asamblea general que celebren los interesados y en la que se levantará un acta que contendrá los datos generales de los fundadores, los nombres de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez los consejos y comisiones y las bases constitutivas.

o Los socios deben acreditar su identidad; ratificar su voluntad en la constitución de la sociedad cooperativa y reconocer las firmas o las huellas digitales que obren en el acta constitutiva ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia, presidente municipal, secretario o delegado municipal del domicilio de la sociedad cooperativa, la que contará con personalidad jurídica a partir del momento de la firma del acta constitutiva, misma que deberá inscribirse en el Registro Público de la Propiedad correspondiente a su ubicación social.

Bases constitutivas (Art. 16 Ley General de Sociedades Cooperativas)

o Denominación y domicilio social de la sociedad.

o Objeto social, expresando concretamente cada una de las actividades que debe desarrollar.

o Los regímenes de responsabilidad limitada o suplementada de los socios.

o Forma de constituir o incrementar el capital social.

o Expresión del valor de los certificados de aportación, la forma de pago y la devolución

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