Tributos mineros
rachoqResumen2 de Octubre de 2016
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Contenido
TRIBUTACION MINERA
1. REGALIA MINERA LEY N° 28258
1.1. SUJETOS OBLIGADOS AL PAGO DE LA REGALÍA MINERA – LEY N° 28258
1.2. BASE DE REFERENCIA PARA EL PAGO DE LA REGALÍA MINERA – LEY N° 28258
1.3.DECLARACIÓN Y PAGO DE REGALÍA MINERA - LEY N° 28258
1.4. PRESENTACIÓN DEL PDT DE REGALÍA MINERA - LEY N° 28258
1.5. PLAZO PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO -REGALÍA MINERA – LEY N° 28258
1.6. RANGOS PARA EL PAGO DE REGALÍA MINERA - – LEY N° 28258
1.7. Sujetos Regalía Minera Leyes N° 28258
2. REGALIA MINERA LEY N° 29788
2.1. SUJETOS OBLIGADOS AL PAGO DE LA REGALÍA MINERA - LEY N° 29788
2.2. CONSTITUCIÓN DE LA REGALÍA MINERA - LEY N° 29788
2.3. TASA EFECTIVA APLICABLE Y DETERMINACIÓN DE LA REGALÍA MINERA – LEY N° 29788
2.4. MARGEN OPERATIVO
2.5. MONTO MÍNIMO A PAGAR POR REGALÍA MINERA – LEY N° 29788
2.6. CONCEPTOS A TENER EN CUENTA - REGALÍA MINERA - LEY N° 29788
2.7. PLAZO PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO – REGALÍA MINERA - LEY N° 29788
2.8. MEDIOS Y LUGARES PARA DECLARACIÓN Y PAGO - REGALIA MINERA LEY N° 29788
3. IMPUESTO ESPECIAL A LA MINERIA IEM
3.1. OBLIGADOS AL PAGO DEL IMPUESTO ESPECIAL A LA MINERÍA –IEM
3.2. NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA - IMPUESTO ESPECIAL A LA MINERÍA
3.3. BASE IMPONIBLE – IEM
3.4. TASA EFECTIVA APLICABLE Y DETERMINACION DEL IMPUESTO ESPECIAL A LA MINERÍA – IEM
3.5. UTILIDAD OPERATIVA – IEM
3.6. MARGEN OPERATIVO - IEM
3.7. MEDIO PARA DECLARACIÓN Y PAGO DEL IEM
3.8. LUGARES PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN Y EFECTUAR EL PAGO TRIMESTRAL DEL IEM
3.9. CONCEPTOS A TENER EN CUENTA – IEM
3.10. PEQUEÑOS PRODUCTORES MINEROS Y MINEROS ARTESANALES – IEM
3.11. PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA Y PAGO TRIMESTRAL DEL IEM
4. GRAVAMEN ESPECIAL A LA MINERÍA – LEY N° 29790
4.1. Sujetos al pago del GEM – Gravamen Especial a la Minería – Ley N° 29790
4.2. Base de Cálculo - Gravamen Especial a la Minería – Ley N° 29790
4.3. Constitución del GEM - Gravamen Especial a la Minería – Ley N° 29790
4.4. Margen operativo - GEM Ley 29790
4.5. Utilidad operativa - GEM - Ley N° 29790
4.6. Nacimiento de la obligación de pago - Gravamen Especial a la Minería – Ley N° 29790
4.7. Medios para Declaración y Pago del GEM – Ley N° 29790
4.8. Declaración Jurada y pago trimestral del GEM - Gravamen Especial a la Minería – Ley N° 29790
4.9. Lugares para presentar la declaración y efectuar el pago trimestral del GEM
4. 10. Regalía como crédito contra el GEM - Ley N° 29790
4.11. GEM y cesión de posición contractual en los Contratos de Garantías
4.12. Conceptos a tener en cuenta - Gravamen Especial a la Minería – Ley N° 29790
4.13. Sujetos Regalía Minera Leyes N° 28258 y N° 29788 y GEM (2)
5. DECLARACIÓN Y PAGO –TRIBUTACION MINERA
5.1. Uso del Formulario Virtual N.° 699 - PDT Régimen Minero como Boleta de Pago
5.2. Uso del FV N.° 699 - PDT Régimen Minero - V.1.0 Boleta de Pago periodos anteriores al 2012
5.3. Uso del Formulario Virtual N.° 699 - PDT Régimen Minero - Versión 1.0 como Boleta de Pago
5.4. Utilización del Formulario Virtual N.° 699 - PDT Régimen Minero - Versión 1.0 como Boleta de Pago
5.5. Medios y formularios para pago de multas por infracciones vinculadas al Gravamen
5.6. Uso del FV N.° 699 - PDT Régimen Minero - V.1.0 como Boleta de Pago del GEM para periodos anteriores al 2012
6. NORMAS LEGALES GENERALES - TRIBUTACIÓN MINERA
7. NORMAS LEGALES - REGALÍA MINERA LEY N° 28258
TRIBUTACION MINERA
1. REGALIA MINERA LEY N° 28258
1.1. SUJETOS OBLIGADOS AL PAGO DE LA REGALÍA MINERA – LEY N° 28258
Son sujetos obligados al pago de esta Regalía Minera, los titulares de las concesiones mineras, incluyendo a las empresas integradas que realicen actividades de explotación de recursos minerales metálicos o no metálicos, o los cesionarios que realizan dichas actividades según lo establecido en el Título Décimo Tercero del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.
1.2. BASE DE REFERENCIA PARA EL PAGO DE LA REGALÍA MINERA – LEY N° 28258
La base de referencia para el pago de la regalía minera por el mineral extraído de las concesiones mineras en explotación, será el resultado de la diferencia señalada de los literales a) menos b) que a continuación se indican, considerando los ajustes del literal c).
a) El valor bruto de las ventas de concentrado o equivalente o del componente minero, en el caso que éstos sean productos que se comercialicen o, en su defecto, el valor bruto del componente minero declarado por el titular.
Tratándose de empresas integradas que transformen sus propios productos, será el valor bruto de venta del producto final.
b) Las sumas por tasas, impuestos indirectos, seguros, costos de transporte y almacenamiento, embarque y estiba en puertos. Así como otros costos o gastos asumidos por el exportador y pactado de acuerdo a los INCOTERM, de ser el caso.
Tratándose de las empresas integradas a que se refiere el literal anterior la base de referencia tampoco incluirá los costos de tratamiento.
c) Liquidaciones finales, así como los provenientes de descuentos, devoluciones y demás conceptos de naturaleza similar que correspondan a la costumbre de la plaza, afectarán la base de referencia en el mes en el cual se otorguen o efectúen. Estos ajustes deberán constar en documentos emitidos según el Reglamento de comprobantes de Pago. Cuando el monto de los ajustes de un mes determinado no sea absorbido en su integridad en dicho mes el exceso constituirá un saldo arrastrable que se aplicará a partir del mes siguiente hasta su agotamiento.
En el caso de autoconsumo de productos mineros también se aplica el valor bruto declarado por el titular, el cual no podrá ser menor al valor de mercado debidamente justificado, el que deberá ser certificado y sustentado por un informe contable en caso sea requerido.
1.3.DECLARACIÓN Y PAGO DE REGALÍA MINERA - LEY N° 28258
El pago es mensual y se realizará a través del PDT Regalía Minera – Formulario Virtual N° 698, para ello previamente debe obtenerse el archivo con la información de las Unidades de Producción para que lo descargue seleccionando la opción "Descargar Unidad de Producción". ingresando a SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con su usuario y Clave SOL.
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