Zona Franca
dianavar201511 de Febrero de 2015
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ZONAS FRANCAS EN COLOMBIA
¿QUÉ ES UNA ZONA FRANCA?
Es un área geográfica delimitada dentro de Colombia, en donde se desarrollan actividades industriales de bienes y de servicios, o actividades comerciales, bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior.
Las mercancías ingresadas en estas zonas se consideran fuera del territorio aduanero nacional para efectos de los impuestos a las importaciones y a las exportaciones.
¿QUÉ FINALIDAD TIENE UNA ZONA FRANCA?
• Ser instrumento para la creación de empleo y para la captación de nuevas inversiones de capital.
• Ser un polo de desarrollo que promueva la competitividad en las regiones donde se establezca.
• Desarrollar procesos industriales altamente productivos y competitivos, bajo los conceptos de seguridad, transparencia, tecnología, producción limpia, y buenas prácticas empresariales.
• Promover la generación de economías de escala.
• Simplificar los procedimientos del comercio de bienes y servicios, para facilitar su venta.
• La actual normatividad aduanera contempla diversos tipos de zonas francas, entre las que se encuentran la Permanente y la Permanente Especial.
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER AL RÉGIMEN DE ZONA FRANCA?
• Persona jurídica domiciliada en el país o sucursal de sociedad extranjera.
• Parques tecnológicos reconocidos.
• Sociedades Portuarias.
• Instituciones prestadoras de servicios de salud.
¿QUIÉNES TIENEN EXCEPCIONES?
• Exploración, explotación o extracción de recursos naturales no renovables definidos en el Código de Minas y Petróleos.
• Prestación de servicios financieros.
• Actividades en el marco de contratos estatales de concesión.
• Servicios públicos domiciliarios, salvo que sean generadoras de energía o nuevas empresas prestadoras de servicios de telefonía pública de larga distancia internacional.
CLASES DE ZONAS FRANCAS
ZONA FRANCA PERMANENTE (ZFP)
El usuario operador administra la zona en la cual las empresas instaladas desarrollan sus actividades industriales, comerciales o de servicios.
ZONA FRANCA PERMANENTE ESPECIAL (ZFPE) - “UNIEMPRESARIAL”
Autorizada para que una empresa desarrolle sus actividades industriales o de servicios en un área determinada por la misma, siempre y cuando se trate de proyectos de alto impacto económico y social para el país. Estas pueden ser de:
• Bienes.
• Servicios.
• Servicios de salud.
• Proyectos agroindustriales.
• Sociedades Portuarias.
• Inversiones pre-existentes con requisitos especiales de mayor inversión, un patrimonio líquido mínimo de 150.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (S.M.M.L.V. ) (US$38.6 millones) y duplicar la renta líquida gravable en el impuesto de renta.
• Zona Franca transitoria por más de 15 años.
¿Cuál es la diferencia entre la Permanente y la Especial?
La Zona Franca Permanente es multiempresarial, por lo tanto permite la instalación de empresas pertenecientes a diversos sectores. Por otra parte, las Zonas Francas Permanentes Especiales son uniempresariales, es decir que sólo permiten que opere una empresa (Una sola unidad de negocio).
ZONA FRANCA TRANSITORIA (ZFT)
Autorizada para la celebración de ferias, exposiciones, congresos, seminarios de carácter internacional con importancia para la economía y el comercio internacional del país.
¿CUÁLES SON LOS PASOS PARA LA DECLARATORIA ZONA FRANCA?
1. Preparar el Plan Maestro de Desarrollo, estudios de factibilidad y de ser el caso, solicitar a la DIAN concepto previo sobre
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