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Psicologia juridica. Psicología forense.

Emi MarcelTrabajo21 de Agosto de 2016

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Seleccione dos artículos de actualidad periodística referidos a temáticas vinculadas con la materia y publicados en el devenir de los últimos tres meses en nuestro país. Dichos artículos deberán ser analizados y articulados a la luz de los contenidos de los módulos uno y dos del programa de la cátedra y los temas abordados en las clases prácticas, teniendo como ejes entre otros, los temas que se especifican a continuación y que se adecuan a las temáticas de los mismos:

  • Psicología jurídica. Psicología forense.
  •  La psicología y su aplicación como práctica en el campo jurídico.
  • Ámbitos de inserción de la psicología jurídica
  • Ley Ejercicio Profesional de la Piscología. Secreto Profesional.
  • Incumbencias profesionales.
  • Ley de Salud Mental.
  • Grupos de presión. Grupos de poder. Control social. Alarma social.
  • Discurso de poder.
  • Criminología. Criminalística.
  • La ley y el hombre. Cultura y ley.
  • Discurso psicológico y discurso jurídico.
  • Instituciones forenses.

Cada alumno deberá elegir un mínimo de tres y un máximo de cinco de las nociones señaladas para efectuar el desarrollo del parcial domiciliario.

Respecto de los artículos se pueden considerar dos opciones:

  • Dos artículos sobre un mismo tema/caso publicados en diversos medios con diferente orientación o lineamiento editorial.
  • Dos artículos sobre diversos temas/casos.

Los artículos deberán ser adjuntados al parcial domiciliario.

El parcial domiciliario deberá constar de un mínimo de cinco páginas y un máximo de siete de producción propia de cada alumno. En los trabajos no se deberán incluir citas textuales de los autores tomados como referencia.

  •   Introducción

En el presente escrito plantearemos como objetivo la articulación de los recortes periodísticos adjuntos, con los contenidos de la materia Psicología Jurídica. A estos efectos, tomaremos para el primer artículo, los siguientes ejes principales:

  • La ley y el hombre. Cultura y ley.
  • Discurso psicológico y discurso jurídico.
  • Instituciones forenses.

  • Desarrollo

 El primer artículo que se expondrá, hace referencia a una situación de maltrato en una cárcel de San Luis, dirigido a  jóvenes de entre 18 y 21 años detenidos allí. Este hecho se manifestó a través de fotos que salieron a la luz después de un año, donde los jóvenes prisioneros se encontraban arrodillados, totalmente desnudos, en una condición deplorable; mientras eran revisados por perros .Los guardias de seguridad los habían requisado en el marco de una investigación interna por una pelea  de la noche anterior. Sin resguardar ningún tipo de pudor, o intimidad de dichos jóvenes.

 Conociéndose que el maltrato y humillación hacia los detenidos es ilegal, y no favorece la rehabilitación, recuperación del sujeto, ¿por qué se sigue llevando a cabo?

Foucault (1987) habla sobre el castigo, explayando que recién en el siglo XVIII se empezó a dejar de utilizar la venganza como forma de castigo, un trato sanguinario y que ejemplificase, porque generaba un conflicto incesante entre la soberanía que castigaba y el pueblo que en estos castigos se sentía amenazado. En relación a esto, Pavarini (1986) nos recuerda que la cárcel como castigo no aparece sino hasta la implementación del sistema de producción capitalista, lo cual indica que su existencia no es algo “natural”.

 Al deshonrar de tal manera a los detenidos, puede pensarse que el fin de  “rehabilitación” no está presente y que sólo está el fin de castigar. El maltrato, no hace más que perjudicarlos. No sólo a ellos, sino también a la sociedad misma, creando fuertes rivalidades, olvidando que todos somos seres humanos y merecemos nuestros correspondientes derechos.

 Por otro lado, Freud (1930) desarrolla que las propias normas que se construyen para convivir en sociedad son una de las tres fuentes del malestar, pero a su vez son necesarias para poder permanecer en la cultura, para convivir en comunidad: tanto la existencia de la justicia, como una renuncia a una satisfacción pulsional. Hay algo paradójico en esto: las reglas que el mismo hombre crea, constituyen una fuente de malestar .El hombre se genera una fuente de malestar a sí mismo.

 Se manifiesta entonces,  una dimensión antagónica entre la cultura y las exigencias pulsionales, dando lugar a  grandes consecuencias que atraviesan  la vida en sociedad. Puede pensarse cómo en la cultura y en la sociedad, el camino hacia el mantenimiento del orden, del control social, del dominio de la mayor parte de la sociedad, no es sino a través de la represión, del encierro, de la marginación  social. Favoreciendo la división tajante de las clases sociales,  desigualdad entre los sujetos y una marcada exclusión hacia los “desviados” de dicha cultura. Y no es ésta, la que prohíbe que esto ocurra ya que es menester de la sociedad, en su mayoría, poseer seguridad, control, creencias para así alcanzar su propia “tranquilidad” y “despreocupación” aunque esto fracase en mi opinión, constantemente. La sociedad, deposita así su confianza en instituciones que muchas veces humillan, denigran como es en este caso, y alejan de la sociedad a los sujetos insertados en éstas pudiendo impedir su rehabilitación e inclusión, creando para ellos otra “realidad” prejuiciosa y desesperanzadora; ubicándolos en una posición estática.

  Asimismo, Levi-Strauss (1988) hizo una investigación en diversas tribus indígenas que creyesen en la magia, para así poder explicar el funcionamiento de un sistema de creencias. Nos plantea que existen tres factores fundamentales para que se pueda sostener un sistema de creencias, en el caso que él plantea, el del hechicero y su magia, son los siguientes: que el hechicero crea en lo que hace, que la persona sometida frente al hechizo crea en el poder del hechicero, y que la sociedad crea en la existencia de la magia. Cuando relata las historias del hechicero Quesalid y el cómo sus rivales perdían prestigio, explica que el consenso social es lo que diferencia a la técnica de Quesalid de la de sus rivales, puesto que ambas eran un engaño, simplemente que una tenía el consenso social y otra no.

 Refiriéndonos al caso, el consenso social presente no siempre se plantea el modo de tratamiento y de eficacia que poseen las instituciones como la cárcel para rehabilitar  a los sujetos, ya que sucesos cómo estos no nos sorprenden y hasta muchas veces se los ampara. Basaglia (1987) describe que si la finalidad de las instituciones -manicomios, cárceles- fuese rehabilitar, habría reinsertados en la sociedad. También hace hincapié en la importancia presente de aislar al “diferente” tomando sólo el aspecto negativo y volviéndolo irreversible, etiquetándolo para reducir sus posibilidades de cambio. Satisfaciendo así el control de la clase dominante.

 De todas maneras, cuando salen a luz las fotos que aseguraba dicho maltrato, el interventor del Servicio Penitenciario provincial, Inocencio Carpio se sintió avergonzado del hecho y dijo que no volvería a suceder. Pudiéndose ver un intento de reflexión, y responsabilidad ante lo sucedido.

  El entrecruzamiento entre discurso psicológico y jurídico, se explica a partir del objeto de estudio que ambos conciben: la conducta humana. La diferencia entre ambos discursos es que: mientras el jurídico, refiere sólo a la conducta exteriorizada, el discurso psicológico analiza (además) el aspecto interno de la conducta. Y vemos en este caso, como Carpio más allá de no haber sido el único responsable del hecho (ya que en las fotos se puede identificar al oficial principal Mariano Ibáñez, que se desempeñaba como director de la Unidad de Menores en ese momento, a José Vélez, ayudante de 4 y a varios efectivos) dio a conocer su decepción, vergüenza, demostrando un intento de “hacerse cargo”, prometiendo que no ocurriría más algo semejante y que lo corregiría. Puede pensarse en un movimiento en su subjetividad, de aceptar el error.

 De todos modos, el gobernador Poggi le pidió la renuncia a través del Ministerio de Seguridad.

 Entendemos hasta aquí cómo la cárcel como sistema penitenciario no es un sistema natural, sino que es instaurado por la sociedad moderna; que existe una agresividad inherente a los humanos y, que previamente al sistema de castigo actual que promueve la “rehabilitación”, “reinserción” a la sociedad, las instituciones penitenciarias tenían como fin castigar.

  •  Segundo artículo

  Por otro lado, respectando al segundo artículo que se trabajará, los ejes elegidos son:

  • La psicología y su aplicación como práctica en el campo jurídico.
  • La ley y el hombre. Cultura y Ley.
  • Psicología jurídica. Psicología forense.

  • Desarrollo

  Dicho artículo trata de una chica de 18 años, llamada Paula (nombre modificado para reservar su identidad) que luego de varios años confiesa haber sido obligada por su padre, Suboficial de la Policía, a prostituirse. Su padre, a sus 13 años,  la ordenó a ir a una casa en Barrio Norte para cuidar a unos niños pero allí mismo fue abusada y luego llevada a otros lugares para trabajar como prostituta. 

  Vemos como Freud en Totem y Tabú (1914), hace uso del mito del asesinato del padre para explicar el nacimiento de la cultura y de la ley. En la Horda Primordial el Padre disponía de todas las hembras para él, no había ley. A partir de su asesinato y la posterior conciencia de culpa, surge la dimensión del pacto y se instaura el límite. Consecuentemente ya no se podía acceder, como el Padre lo hacía a  todas las mujeres; esto generaba algo beneficioso, que era la seguridad de que entre los hermanos, no volvería a suceder lo que alguna vez sucedió con el padre omnipotente. De esta manera se ve, que es en función de la instauración del límite, que la convivencia entre los hombres es posible.

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