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ATENCION INTEGRAL

edithmunoz77724 de Octubre de 2012

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Dependencia que elabora el Estudio

Nombres del equipo técnico que participaron en la elaboración Amanda Arrieta – Subdirección para la Infancia

Rosalba Ardila - Acciones Positivas Subdirección para la Infancia

Luz Mayi Escobar- Gestora Local Infancia Subdirección Local Tunjuelito

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Revisó

OBJETO

Aunar recursos técnicos, pedagógicos, humanos, físicos, administrativos y económicos para realizar la puesta en marcha de la estrategia de Atención Integral a niños, niñas y adolescentes entre 5 y 17 años y sus familias, que se encuentren en condiciones de vulneración de derechos como situaciones de desplazamiento forzado, abuso sexual (sin medida de protección legal), maltrato infantil, trabajo infantil o en riesgo de vinculación a trabajo infantil, en la localidad de Tunjuelito, en los territorios 1 y 2, correspondientes a las UPZ de Tunjuelito y Venecia.

ALCANCE DEL OBJETO

Mediante los componentes previstos en el presente convenio, la SDIS a través del proyecto 497 “Infancia y adolescencia feliz y protegida integralmente” junto con las otras entidades participantes en el convenio, buscan brindar atención integral niños, niñas y adolescentes entre 5 y 17 años y sus familias, que se encuentren en condiciones de vulneración de derechos como situaciones de desplazamiento forzado, abuso sexual (sin medida de protección legal), maltrato infantil, trabajo infantil o en riesgo de vinculación a trabajo infantil, en la localidad de Tunjuelito, en los territorios 1 y 2, correspondientes a las UPZ de Tunjuelito y Venecia.

1. ASPECTOS GENERALES

1.1. PLAN DE COMPRAS

La Secretaría Distrital de Integración Social, dentro del plan de compras para la vigencia 2009, asignará los recursos que garanticen la viabilidad técnica y operativa de sus obligaciones, en el marco de los componentes contemplados en el presente convenio. El presente convenio se encuentra en el Plan de Compras bajo el número 11107.

1.2. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

No. de CDP No. de Proyecto Modalidad Componente del Gasto Valor CDP

11107 497 Apoyo, acceso y permanencia en el sistema educativo Intervención especializada $188.118.245

1.3. VALOR DEL CONVENIO Y APORTES

El valor total del convenio es de DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/L ($ 225’741.894.oo) distribuido de la siguiente manera:

Aportes Secretaria de Integración Social : CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO DIEZ Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO M/L ($ 188.118.245.oo)

Asociación Condúceme: TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/L ($ 37’623.649.oo) representado en

2. ANALISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD

2.1. JUSTIFICACIÓN

Ver Anexo Técnico

2.2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD

El Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2008 - 2012 “Bogotá positiva: para vivir mejor”, busca afianzar una ciudad en la que se mejore la calidad de vida de la población y se reconozcan, garanticen y restablezcan los derechos humanos y ambientales con criterios de universalidad e integralidad, convirtiéndose en un territorio de oportunidades que contribuya al desarrollo de la familia, en especial de los niños y niñas en su primera infancia. Dentro de los principios de la política pública el Plan de Desarrollo expresa la prevalencia de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, donde la acción de gobierno se orientará a garantizar las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de sus derechos, a través de estrategias que continúen fortaleciendo integralmente el mejoramiento de la calidad de vida de ésta población, la que se encuentra en riesgo inminente por situación de maltrato, explotación sexual, explotación laboral, habitantes de calle, discapacidad, desplazamiento, desmovilización y/o secuestro, entre otros.

Uno de los objetivos del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2008 - 2012 “Bogotá positiva: para vivir mejor”, es el de garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes, por medio de acciones desarrolladas en el marco de las definidas por la Ley 1098 de 2006 ejecutadas, en coordinación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tal como lo contempla el Artículo 34 del Plan de Desarrollo. En este artículo se encuentra concentrada la acción que la presente Alcaldía ha aprobado para los cuatro años de gobierno en garantía y restablecimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes en la ciudad. En coherencia con este planteamiento y con el fin de ratificar la implementación y fortalecimiento de la Política Pública de Infancia y Adolescencia del Distrito Capital, la Secretaría de Integración Social formula el Proyecto Infancia y Adolescencia Feliz y Protegida Integralmente, el cual pretende garantizar condiciones de calidad de vida y potenciar las capacidades humanas de los niños, niñas, adolescentes dirigidas a promover su desarrollo pleno, la protección integral y el ejercicio de sus derechos, en todos los escenarios donde transcurre su accionar, teniendo como referencia la Política de Infancia y Adolescencia.

Este proyecto responde a la meta establecida en el Plan de Desarrollo referida a “Atender Integralmente veinte mil (20.000) niñas, niños y adolescentes menores de 15 años que se encuentren en condiciones de vulneración de derechos o víctimas de la violencia como situaciones de desplazamiento, desmovilización, explotación laboral, explotación sexual, maltrato infantil”.

Dadas las características preventivas del Convenio, la Secretaría Distrital de Integración Social, considera necesaria la celebración de un convenio con ASOCIACIÒN CONDUCEME, que busca contribuir de manera indirecta a la metas relacionadas con: “formar familias en atención integral a primera infancia” y apunta a que los niños, niñas y adolescentes sean formados como “compromisarios de sus propios derechos”.

2.3. OPORTUNIDAD

El Comité de los Derechos del Niño es el órgano creado por las Naciones Unidas que supervisa la forma en que los Estados cumplen sus obligaciones derivadas de la Convención sobre los Derechos del Niño (en adelante CDN). Cuando un país como Colombia ratifica la CDN, asume la obligación jurídica de implementar los derechos reconocidos por el tratado. Pero la firma no es más que un primer paso, pues el reconocimiento de los derechos sobre papel no basta para garantizar su efectivo goce en la práctica. En consecuencia, el país asume la obligación complementaria de presentar informes periódicos al Comité sobre la manera en que se facilita el ejercicio de los derechos. Este sistema de vigilancia de los derechos humanos es común a todos los tratados de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos.

El Comité de los Derechos del Niño ha insistido en que la aceptación legal y social de los castigos corporales y los castigos humillantes y degradantes resulta incompatible con los principios de la Convención. La CDN demanda a los países que se pronuncien a través de dictámenes orientados a proteger a los niños de todas las formas de violencia mental y física mientras estén bajo el cuidado de sus padres u otros (artículo 19). El Comité ha recomendado a los países de todos los continentes la implementación de reformas legales que prohíban todo castigo corporal y todo castigo humillante o degradante, y ha solicitado que desarrollen campañas de educación pública que promuevan formas no violentas y positivas de disciplina, involucrando a las familias, las escuelas, otras instituciones y sistemas penales. El Comité, en forma específica, condena conceptos legales que intenten justificar como "aceptable" la violencia contra los niños (formas para "castigo razonable", "disciplina justa" y otras.).

El Congreso colombiano mediante Ley 12 de 1991 "Por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos Del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989". En ese mismo año se consagra en la Constitución Política el artículo 44 que incorpora los derechos de los niños y las niñas, señala su prevalencia sobre los derechos de los demás y define las responsabilidades de la familia, la sociedad y el Estado para garantizarlos.

La directiva del Procurador General de la Nación de enero 23 de 2006 convoca a todas las autoridades del orden nacional, departamental y municipal en el compromiso de brindar protección y atención oportuna a los niños, niñas, adolescentes y demás integrantes de las familia, para prevenir todo tipo de maltrato infantil, violencia sexual y violencia intrafamiliar, con medidas que permitan la materialización de la institución familiar, como ese espacio de construcción democrática, armónica y participativa que reclama el Estado Social y de Derecho.

Mediante la Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 el gobierno colombiano signó el nuevo Código de Infancia y Adolescencia. Éste tiene por finalidad garantizar a los niños, niñas y adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y la comunidad en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. En el Código prevalece el reconocimiento

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