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Fundamentos de hecho del petitorio

saritaskyDocumentos de Investigación28 de Junio de 2013

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EXP. :

ESP. LEG. :

CUADERNO: PRINCIPAL

SUMILLA :SOLICITO AUTORIZACIÓN PARA VIAJE DE MENOR.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE FAMILIA DE LIMA NORTE.

MABEL RAMOS PRINCIPE identificado con DNI N º 40269283, Pasaporte N 3529226; con Domicilio Real en ………….Distrito de Independencia – Lima Norte y con Domicilio procesal en Carlos Izaguirre 134, oficina 100 Casilla 450, distrito de Independencia- Lima Norte, En mi calidad de madre dela menorElianeSantillàn Ramos; a Ud. me presento y digo:

I.- PETITORIO:

Recurro a su despacho SOLICITANDO AUTORIZACIÓN PARA EL VIAJE DELA MENOR ELIANE SANTILLAN RAMOS QUIEN VIAJARA A LA CIUDAD DE ROMA - ITALIA.

II.- FUNDAMENTOS DE HECHO DEL PETITORIO:

1. Es el caso Señor Juez que me encuentro radicando en la ciudad de Roma- Italia desde el año 2002, Paìs donde cuento con el Permiso de Permanencia Italiano N I03135819 expedido por la Comuna de Roma cuya copia legalizada anexamos a la presente demanda. (permesso di Soggiorno ).

2. El 22 de Julio de 2006 en la Ciudad de Roma, nació mi menor hija Eliane Thais Santillàn Ramos concebido dentro del matrimonio con mi esposo JosìasSantillàn Clemente, identificado con DNI 09986445, nacionalidad Peruana, con quien me casè en el Perù el año 2000, el mismo que fue llevado por la suscrita a Italia para nuestro reencuentro familiar, vìnculo que originò el nacimiento de nuestra menor hija ELIANE THAIS SANTILLÀN RAMOS.

3.- Desde el año 2011 mi esposo abandonò el hogar que compartìamos con nuestra menor hija en Villalba Di GuidoniaViadelleRegioni N1 Roma – Italia, saliendo de Italia el 11 de Junio de 2012 abandonándonos en forma absoluta.

4.- Mi menor hija Eliane Thais Santillàn Ramos, ha nacido en Roma – Italia ( como se prueba con la partida que anexo ) el 22 de Julio de 2006 y desde su nacimiento ha recibido la mejor dedicación, vestido, salud, estudiando en la escuela elemental……………….,

5.- Mi hija ha sido diagnosticada con un Disturbio Comunicacional, recibiendo un plan de tratamiento en Italia,

6.- Con el propòsito de que mi menor hija no pierda el vìnculo paterno a pesar del total desentendimiento del Padre, traje a mi hija a Perù para que pueda verlo, confiado en las reiteradas promesas del Padre de que no iba a oponerse a nuestro regreso a Italia, y que infortunadamente me fue imposible regresar con mi hija a Italia en virtud de la fèrrea oposición del Padre, a sabiendas que mi permiso laboral y otros derechos estaban en riesgo si no regresaba en el lapso comprometido, teniendo que firma una conciliación para que mi menor Hija se quede con el Padre por un año, fecha exacta en que he regresado al Perù a llevarla a mi menor hija, econtràndome con que el Padre ME NIEGA EL PERMISO DE SALIDA DE MI MENOR HIJA ELIANE THAIS, poniendo en grave riesgo su salud, educación y equilibrio psicológico de extrema sensibilidad dado el diagnòstico emitido por profesionales de la salud italiana, que requiere de una continuidad impostergable por el bienestar de mi menor hija Eliane Thais.

7.- Poniendo en riesgo la estabilidad de mi trabajo, he venido a Perù por mi hija en la creencia de que el Padre respetarìa nuestro acuerdo, y ante la TOTAL NEGATIVA DEL PADRE es que solicito se sirva AUTORIZAR EL VIAJE DELA MENOR, la misma que se encuentra viviendo conmigo recibiendo las màximas atenciones maternas.

III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Amparo mi solicitud en lo siguiente:

CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Art. 112 La misma que prescribe que es competencia del Juez Especializado de Familia, autorizar el viaje del niño o adolescente fuera del país por ausencia de uno de los padres.

IV.- VÍA PROCEDIMENTAL

El presente proceso se tramitara por la VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO de

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