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Informe sobre el suicidio en jóvenes del estado de Yucatán


Enviado por   •  16 de Julio de 2013  •  Informes  •  2.204 Palabras (9 Páginas)  •  454 Visitas

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INFORME SOBRE EL SUICIDIO EN JÓVENES DEL ESTADO DE YUCATÁN.

En la actualidad se vienen presentando mucho el fenómeno de suicidio por la venta y consumo de droga en nuestro país que ha ocasionado muerte a munchos miembro de nuestra sociedad como niño, adolecentes, este fenómeno es debido a la venta de droga que se incrementa día a día a todos los rincones de nuestro país, criando en nuestros hijo trastorno emocionares llegando el caso de suicidio o en masa de suicidio.

Antes de buscar soluciones a este fenómeno primeramente se tiene que investigar detallamente que es lo que lo origina, donde es más frecuente, porque es más frecuente, porque se origina, que factores los origina y como combatiros o acciones a aplicar.

La depresión es uno de los trastornos mentales más extendidos en todo el mundo. Afecta de manera importante a los roles laborales y afecta de manera sustancial a las relaciones familiares. Es común que orille a quien lo padece al aislamiento social.

Según estimaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el año 2020, basadas en las tendencias actuales, aproximadamente un millón y medio de personas fallecerán por suicidio, y de quince a treinta millones cometerán una tentativa de acto suicida.

En México el suicidio es un problema social ya que, según los registros de la secretaria de salud, las tasas de muerte por causa del suicidio han ido en aumentando a través de los años y ha llegado a ser la cuarta causa de muerte en la población joven.

En la actualidad el suicidio es un tema de gran relevancia para la sociedad yucateca.

El suicidio constituye un problema para la sociedad pública, el incremento de muertes particularmente en Yucatán, debe alertar a la sociedad y al gobierno sobre la manera de implementar medidas para disminuir la magnitud de estos sucesos.

La tendencia es lenta pero paulatinamente hacia el alza, en 1990 la tasa fue de 3.98, mientras para el año 2000 se incremento a 8.7 por cien mil habitantes. Su distribución según el sexo ha mantenido un predominio masculino, ya que de 863 defunciones totales en este periodo, 752 se observaron en el sexo masculino.

En nuestro Estado, durante el 2007, se registraron en la Secretaria de Salud las siguientes estadísticas: 129 casos de suicidios, de las cuales 120 corresponden al sexo masculino (93%) y tan solo 9 al femenino (7%); el método preferido para suicidarse es el ahorcamiento. En el año 2008, el método más utilizado fue el ahorcamiento y la mayor parte fueron en hombres casados o en unión libre, en un rango de edad de 20 a 29 años.

Este estudio se consideró necesario y de gran relevancia a fin de dar a conocer los factores psicológicos, sociales, familiares y laborales en los cuales un sujeto toma la decisión de quitarse la vida.

La presente investigación va dirigida a la sociedad, organismos e instituciones interesadas en la promoción de orientar a la población en riesgo de suicidio y de acuerdo a los resultados obtenidos promover estrategias de atención en salud, representada por promotores capacitados, organizaciones no gubernamentales, autoridades entre otros, lo anterior con el propósito de disminuir las consecuencias de dicho acto.

La información expuesta motivó a investigar los factores psicosociales del intento suicida, de tal manera que la investigación sirva para concientizar a la familia y a la comunidad en general a la vez de proporcionar información, en especial a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (CODHEY), respecto a la problemática expuesta en forma preventiva.

El suicidio es un fenómeno que afecta tanto a cuestiones individuales como a cuestiones del orden de la sociedad, las que a su vez constituyen y favorecen la desintegración social a lo largo de la historia. Las culturas que han poblado el planeta han considerado el suicidio de distinta manera; aunque algunas de ellas son muy parecidas, las mismas culturas han incluso modificado su propio acercamiento al mismo con el paso de los años.

Suicidio desde el punto de vista del Código Penal Federal y Código Penal de Yucatán

El suicidio como lo define González de la Vega es el "acto por el que una persona se priva voluntariamente de la vida", este delito es un delito contra la vida, un delito de muerte. Al igual que el homicidio el suicidio son expresiones de violencia contra otros o contra sí mismo y son fenómenos representativos de la civilización en que se manifiestan.

Código Penal Federal Titulo decimonoveno. Delitos contra la vida y la integridad corporal. Capítulo II. Homicidio.

Art. 302.- Comete el delito de homicidio: el que priva de la vida a otro. Posteriormente en el artículo 312 se hace alusión de la inducción o auxilio al suicidio, en un apartado referente a las reglas comunes a las lesiones y al homicidio.

Art. 312.- El que prestare auxilio o indujere a otro para que se suicide, será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la prisión será de cuatro a doce años.

Art. 313.- Si el occiso o suicida fuere menor de edad o padeciere alguna de las dos formas de enajenación mental, se aplicará al homicida o instigador las sanciones señaladas al homicidio calificado o a las lesiones calificadas. Código Penal del Estado de Yucatán Título vigésimo. Capítulo IV. Reglas comunes para lesiones y homicidio.

Art. 374. Quien indujere o prestare auxilio a otro para que se suicide, será sancionado con prisión de uno a cinco años. Si el suicidio no se lleva a efecto, se aplicará la sanción correspondiente al tipo de lesión causada.

Art 375. Si en los casos a que se refiere el artículo que precede, el occiso o presunto suicida fuere menor de dieciocho años o padeciere alguna forma de enajenación mental, se aplicarán al instigador las sanciones señaladas al homicidio calificado o, en su caso, a las lesiones calificadas.

Art. 376. Quien pudiendo impedir un suicidio no lo evite, será sancionado con prisión de un mes a un año. Art. 378. Se entiende que las lesiones o el homicidio son calificados, cuando se cometen con premeditación, ventaja, alevosía, traición o se ejecuten en lugar concurrido por personas ajenas a los hechos que en forma inminente pudieran resultar muertas o lesionadas.

Art. 379. Hay premeditación siempre que el inculpado obre dolosamente, después de haber reflexionado sobre el delito que va a cometer. Se presumirá que existe premeditación cuando las lesiones o el homicidio se cometan por inundación, incendio, minas, bombas o explosivos; por medio de veneno o cualquiera otra sustancia nociva a la salud, contagio venéreo o de alguna otra enfermedad fácilmente transmisible en

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