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Qué debemos entender por participación ciudadana


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2013  •  Tutoriales  •  2.297 Palabras (10 Páginas)  •  546 Visitas

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PARTICIPACION CIUDADANA

TRABAJO FINAL

Colaborativo aporte

DRA. ADELAIDA CUELLAR BAHAMON

TUTORA

PRESENTADO POR

OSCAR RAFAEL ESPAÑA

Cód.: 76329829

PSICOLOGIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANISTAS

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD

PALMIRA VALLE DEL CAUCA

Octubre de 2012

¿Qué debemos entender por participación ciudadana?

La participación ciudadana tiene que ver con vivir la democracia. Es ejercer el derecho a elegir y ser elegido, el derecho a opinar, a participar en plebiscitos, referendos y consultas populares, constituir partidos y movimientos políticos, la posibilidad de revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa y el cabildo abierto, etc. 6 Procuraduría General de la Nación La participación la ejercen todas las personas sin distingo de sexo, raza o condición. Se extiende también a las empresas como ciudadanos y la sociedad civil. Para que esta sea posible se requiere en la práctica instrumentos o herramientas que la Constitución y la Ley ha dispuesto y que el ciudadano utiliza para dialogar con la administración pública y con todos aquellos que a una voz buscan ejercer su libertad y el respeto por sus derechos y el cumplimiento de los deberes en el mundo vivo y problemático de la ciudad democrática. Son numerosos los mecanismos de participación ciudadana y numerosas las formas de clasificarlos. Lo importante en que la ciudad exista un mapa de la participación para que identifiquen los mecanismos y se permita su ejercicio en la práctica.

¿En qué consiste el derecho-deber A la participación ciudadana?

La democracia participativa, como uno de los más importantes aportes de la Carta Política de 1991, se hace efectiva por medio de la implementación de los mecanismos de participación ciudadana. En este sentido, la Corte Constitucional en Sentencia C-1338/00 del 4 de octubre de 2000 señala que «la participación ciudadana es un principio fundamental que ilumina todo el actuar social y colectivo en el Estado social de derecho, y que, (…) persigue un incremento histórico cuantitativo y cualitativo de las oportunidades de los ciudadanos de tomar parte en los asuntos que comprometen los intereses generales. Por ello mismo, mirada desde el punto de vista del ciudadano, la participación democrática es un derecho-deber, toda vez que le concede la facultad y a la vez la responsabilidad de hacerse presente en la dinámica social que involucra intereses colectivos».

¿Cuáles son los mecanismos de participación ciudadana?

La Corte Constitucional ha dicho que: «En materia del ejercicio del poder político y social por parte de las personas, la Constitución de 1991 representa la transferencia de extensas facultades a los individuos y grupos sociales (…) El derecho a la igualdad, la libertad de expresión, el derecho de petición, el derecho de reunión, el derecho de información o el derecho de acceder a los documentos públicos, entre otros, permiten a los ciudadanos una mayor participación en el diseño y funcionamiento de las instituciones públicas (…) Los mecanismos de protección de los derechos fundamentales por su parte han obrado una redistribución del poder político en favor de toda la población con lo que se consolida y hace realidad la democracia participativa (…) Los instrumentos de participación democrática garantizados en la Constitución no se limitan a la organización electoral sino que se extienden a todos los ámbitos de la vida individual, familiar, social y comunitaria».

Los mecanismos de participación ciudadana son más que un instrumento legal, son los mejores aliados de su libertad y sus derechos. Los instrumentos tienen relación con las instituciones y estas con las organizaciones de la ciudad democrática.

Art. 23 de la C.P.

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de

Interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrán reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

Art. 79 de la C.P.

Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

Mecanismos de participación ciudadana existen para proteger el ambiente y los recursos naturales

Por una parte está la audiencia pública ambiental, que conforme la Ley 99 de 1993, sobre gestión y conservación del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables, así como creación del Sistema Nacional Ambiental sina, la establece organizaciones y las autoridades, conocer, informarse y aportar argumentos o criterios sobre la conveniencia, pertinencia o viabilidad de una obra o actividad que se desarrolle o pretenda desarrollarse y que requiera permiso, licencia o concesión ambiental. No sobra advertir que la audiencia pública ambiental no es una etapa de decisión ni de debate, es decir, no es vinculante u obligatoria para la administración pública. Es más bien un instrumento de información, socialización y de control social.

Colombia y Nicaragua, un conflicto territorial. Resumen del caso

El litigio entre estos dos países se ha mantenido vivo por más de 200 años, en los cuales se han sostenido discusiones por la propiedad y soberanía sobre territorios del mar Caribe, más específicamente, por los territorios del archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y la costa de Mosquitos, desde

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