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CARACTERISTICAS DEL CREDITO


Enviado por   •  3 de Febrero de 2015  •  2.411 Palabras (10 Páginas)  •  289 Visitas

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2.1. CARACTERISTICAS DEL CREDITO

Los créditos son un tipo de producto financiero, mediante el cual una persona o empresa se hace acreedora de una determinada cantidad de dinero que ha solicitado previamente a un banco o caja. La entidad bancaria establece el plazo de tiempo para la devolución del importe y el límite del efectivo que se le prestará al cliente.

Será responsabilidad del propio cliente el ir devolviendo parte del dinero en los plazos determinados por contrato, aunque también se podrá cancelar si amortizamos el total del préstamo cuando se desee. En este supuesto, la entidad puede aplicar unos intereses que deberán abonarse.

Para entender el funcionamiento de los créditos bancarios, debemos tener en cuenta, que debemos pagar a la entidad financiera en concepto de disponibilidad en efectivo del dinero, una serie de comisiones e intereses. Con respecto a estos últimos, la entidad fijará los intereses antes de firmar el contrato, por lo que antes de decidirnos debemos de valorar si la operación nos resulta beneficiosa o no. Para comparar este tipo de productos, contamos con herramientas como los comparadores de créditos bancarios, que nos ofrecerán en segundos las opciones más rentables.

El objetivo de los créditos es cubrir una necesidad puntual de financiación. Su uso habitual puede conducirnos a un problema de endeudamiento, por eso una educación financiera básica nos puede resultar de gran ayuda para determinar cuánto dinero debemos solicitar cómo máximo y en qué situación estamos para devolver ese dinero junto con sus intereses a la entidad.

POLÍTICAS GENERALES DE CRÉDITO

DE LAS PRECONDICIONES Y REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMOS.

Artículo 3: Los Ejecutivos de Operación y Cartera serán los responsables de la calificación para el otorgamiento de un recrédito; es decir, evaluar el historial crediticio interno con EJC y el Sistema Estatal de Financiamiento. Para ello se considera el monto total de intereses moratorios en el crédito inmediato anterior del cliente solicitante, dividido entre el monto del crédito expresado en porcentaje. Si el cociente es mayor o igual al 10% el crédito será rechazado. Aunado a lo anterior, si el crédito anterior fue liquidado mediante un despacho externo de cobranza se considera negativa la calificación; El Comité Ejecutivo tendrá la facultad de revisar y modificar las calificaciones en casos extraordinarios.

Artículo 4: Los clientes podrán tener hasta un máximo de 2 créditos, siempre y cuando tengan la capacidad de pago para cubrir sus compromisos y los créditos no sean del mismo tipo. Asimismo, una persona podrá avalar hasta 2 créditos siempre y cuando no funja como acreditado.

Artículo 5: El plazo para la aprobación de los créditos no debe exceder en ningún caso de 3 días hábiles posteriores a la entrega de la solicitud de crédito y demás documentación complementaria.

Artículo 6: El cliente deberá recoger el préstamo de acuerdo al plan convenido de desembolso, de no hacerlo dentro de los 15 días naturales en caso de zona Metropolitana y región Centro y 30 días naturales en el interior del Estado siguientes a la fecha de la autorización, EJC cancelará el préstamo, obligándose el cliente a sujetarse al proceso nuevamente.

Artículo 7: Los productos crediticios que EJC ofrece a sus clientes serán los establecidos en el Anexo 1 de las presentes políticas de crédito y cobranza; estableciéndose en el citado anexo las características, plazos, montos y tasas de interés de los créditos.

Artículo 8: Se aplicarán intereses moratorios a los créditos que no cumplan con el pago en forma oportuna y puntual de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato de crédito respectivo. Dicha tasa, será la que resulte de multiplicar por 2 la tasa de interés ordinario pactada en el crédito.

Para efectos de la aplicación de este artículo, la forma de cálculo de intereses se realizará sobre saldos globales.

Artículo 9: Las únicas identificaciones válidas para ser recibidas por EJC son: pasaporte, credencial de elector, cartilla de servicio militar nacional o cédula profesional. La identificación deberá estar vigente a la fecha del trámite. Asimismo debido a la poca legibilidad de las firmas, la licencia de conducir no es aceptada. Para efectos de identificación con EJC se podrá adicionalmente a las anteriores, recibir la carta de identidad emitida por autoridad competente y la emitida por la oficina del Servicio Postal Mexicano, en el entendido de que no le será aceptada por las instituciones bancarias y será responsabilidad única del cliente.

Artículo 10: La documentación recabada para el análisis y Evaluación del crédito deberá ser cotejada con la original, para evitar falseo de información que repercuta en el patrimonio de EJC (identificación, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, CURP, por mencionar algunos). Deberá especificarse nombre, firma y fecha de cotejo; la falta de esos datos, será causa de rechazo automático del crédito.

Artículo 11: Se realizará siempre una visita al negocio del solicitante y en su caso, del aval, dejando evidencia fotográfica fehaciente. Asimismo se harán visitas domiciliarias en aquellos créditos que por su naturaleza o riesgo lo ameriten, dejando evidencia de esto en los formatos establecidos para ello.

El Ejecutivo de Promoción deberá corroborar que el número telefónico que el cliente asentó en la solicitud de crédito, sea en efecto del lugar donde se le pueda localizar.

Además de ello, el Asesor de Crédito y Evaluación deberá consultar telefónicamente a las 3 referencias y obtener de ellos la información del acreditado que evidencie su experiencia en el negocio.

Artículo 12: Como complemento de la visita al negocio, se deberán obtener como mínimo 8 fotografías del mismo, debiendo ser al menos 2 fotografías del menaje de casa. Las fotografías deberán ser de un tamaño tal, que por hoja se adapten 4 imágenes y que permitan evidenciar con claridad lo que se pretende mostrar.

Artículo 13: Para el caso de créditos subsecuentes con EJC también conocidos como recréditos, no será necesario recabar la evidencia fotográfica, siempre que se tenga ya en un expediente anterior de EJC y tenga una antigüedad máxima de 9 meses. Por ende, si rebasara los 9 meses el anterior reporte de visita, se deberá realizar nuevamente como si se tratase de un cliente nuevo.

Artículo 14: El rango de edades para ser candidato a un crédito con EJC es mínimo 18 años y un límite máximo de 75 años incluyendo la vida del crédito.

Artículo 15: Se deberá requisitar la siguiente documentación:

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