Ponecia De Filosofia
jeffersondaza11 de Abril de 2013
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LA FILOSOFÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS
“Solo es filosofía de los derechos humanos aquello que al tomarlos como objeto suyo, los valora, los defiende y los aplica.”
Se habla de los Derechos Humanos como filosofía, y se está en lo cierto. Es la filosofía que toma como objeto ese "algo" que son los Derechos Humanos. Para pensar acerca de la filosofía De los derechos humanos, debemos preguntarnos ¿Cómo nace la idea de que los seres humanos tenemos derechos?, ¿Por qué se idearon y sostienen estructuras jurídicas en base a desigualdades?, ¿Cómo se construye ese conocimiento de derechos?, ¿Después de conocerlos, podemos transformarlos?, ¿Qué relación debe darse entre Estado Constitucional de Derecho y Derechos Humanos?, parecen pocas preguntas, pero cada una de ellas podría derivar en un tratado, por ello la importancia de seminarios, donde podamos debatir, preguntarnos, aportar, reconstruir, porque los estudiosos del derecho debemos dar en este campo respuestas, que sirvan a las necesidades de nuestro tiempo. No podemos sentirnos satisfechos con describir la realidad o interpretarla, sino que debemos comprometernos para cambiar las ideas y fundamentalmente transformar la Educación Pública en nuestro país.
Por ello no podemos analizar los derechos en el siglo XXI que iniciamos, sin
advertir que el nacimiento del Estado de Derecho se produce a partir de 1789 con la
Revolución Francesa, donde se impone la práctica de que los Estados adoptan sus cartas
constitucionales con un contenido formal de proclamación de derechos, libertades y
garantías, con una organización y distribución del poder, emanados sus contenidos del
poder constituyente. Este es el nacimiento de los derechos subjetivos.
Con el inicio del constitucionalismo, las ideas del aseguramiento de las
libertades individuales e imposición de los límites al poder constituían la centralidad.
En el devenir se incorporaron a los derechos civiles, los políticos, luego de la
Revolución Rusa se generalizaron los derechos económicos, sociales y culturales.
En el siglo XX con la Carta de Naciones Unidas –1945– y la “Declaración
Universal de los Derechos Humanos” –1948–, nacerá el nuevo paradigma jurídico de los
derechos humanos, aunque recién en este siglo hayamos advertido su nueva construcción
teórica. Las declaraciones, pactos, tratados que se elaboran a partir de esta etapa
constituyen una nueva legalidad internacional y del derecho interno, a partir de la cual
esta diferente mirada de la sociedad controlará a los gobernantes y al derecho, por medio
de la cual ya no habrá ningún acto de poder que pueda ser admitido ni aceptado como
legítimo, si no pasa el test de los estándares mínimos en derechos humanos.
En la década del ’70, se comprendió que la proclamación de las independencias
de los nuevos Estados y del tercer mundo, eran insuficientes para auto determinarse, se
comenzaron a construir nuevos esquemas teóricos sobre los derechos de los pueblos,
como mecanismos para hacer frente a las mayores concentraciones del poder.
Paralelamente en este período se instauraron los autoritarismos en América Latina,
donde sectores de la sociedad civil, ONG, las/os ciudadanas/os comprometidas/os con los
derechos humanos, militantes, opositores a las diversas modalidades de las derechas,
para hacer frente a la ilegitimidad de los estados terroristas e injusticia social.
Lejos de servir sólo como mecanismo para esa etapa, lo fuimos profundizando con la instauración de las democracias, prácticas que cada vez tienen más fuerza en el contexto regional y global.
Llegamos al final
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