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Vida Y Muerte


Enviado por   •  13 de Mayo de 2014  •  2.448 Palabras (10 Páginas)  •  302 Visitas

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En México independiente, al consumarse la independencia en 1821, las leyes principales seguían siendo las mismas vigentes en la época colonial, es decir, la pena de muerte seguía presente y era aplicada principalmente a los enemigos políticos.

En el siglo XX la pena de muerte se aplicó a discreción en la mayoría de las sociedades americanas, sin embargo, el ejercicio indiscriminado del poder por dictadores al servicio de las oligarquías nacionales y de ciertas potencias, que vieron en esa situación oportunidades para justificar y consolidar sus pretensiones imperiales, es decir el abuso de esta sanción, motivado por la injusticia social, trajo como consecuencia la confusión entre los criterios humanistas radicales que pugnan por la necesidad no de disminuir su aplicación sino de su abolición, desconociendo su utilidad y justificación.

1.2) LA PENA DE MUERTE:

La pena capital o pena de muerte consiste en la ejecución de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito, establecido en la legislación los delitos a los cuales se aplica esta sanción penal suelen denominarse crímenes o delitos capitales.

La ejecución de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por casi todas las sociedades en un momento u otro de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disensión política. Actualmente el uso de la pena de muerte ha sido abolido en casi todos los países europeos (excepto Bielorrusia), y la mayoría de los correspondientes a Oceanía (como Australia, Nueva Zelanda y Timor Oriental). En América, Canadá y la mayoría de países latinoamericanos han abolido completamente la pena de muerte, mientras que los Estados Unidos de América, Guatemala y la mayoría de los estados del Caribe la mantienen en vigor, y Brasil la contempla como castigo en situaciones excepcionales, como por ejemplo para castigar la traición cometida en tiempo de guerra. En Asia la pena de muerte está permitida en democracias como Japón e India. En África, se aplica aún la pena de muerte en democracias como Botswana y Zambia.

En muchos países donde aún se aplica la pena de muerte, se la reserva como castigo para crímenes de asesinato, espionaje, traición, o como parte del Derecho militar. En algunos países se aplica también para castigar delitos sexuales, siendo considerados como tales el adulterio o la sodomía. También se castiga con pena de muerte en otros países la apostasía, la renuncia formal a la propia religión. En muchas naciones retencionistas (es decir, países que aún aplican la pena de muerte), el narcotráfico es también susceptible de ser castigado con la pena de muerte. En China, el tráfico de personas y los casos graves de corrupción política son castigados con la pena de muerte. En algunos países la pena de muerte se utiliza por motivos políticos, con la máxima difusión posible, como escarmiento de masas: en 2007 en Corea del Norte el director de una empresa fue ejecutado públicamente en un estadio deportivo, ante 150.000 personas[1] como castigo por haber realizado llamadas telefónicas al extranjero.

El tema de la pena de muerte es muy controvertido. Los partidarios de la misma argumentan que su aplicación reduce el delito, previene su repetición y es una forma de castigo adecuada para el asesinato. Los detractores argumentan que no reduce el crimen en mayor medida que la cadena perpetua, resulta una violación de los derechos humanos, conduce a ejecuciones de algunos inocentes y supone una discriminación de hecho contra las minorías y los pobres que puedan no tener recursos suficientes en el sistema legal.

Según el informe anual de ejecuciones judiciales de Amnistía Internacional, en el año 2003 fueron ejecutadas al menos 1146 personas en 28 países. El 84% de las muertes documentadas ocurrieron en cuatro países: la República Popular China llevó a cabo 726 ejecuciones, Irán mató a 108 personas, Estados Unidos a 65 y Vietnam a 64. La última nación en abolir la pena de muerte para todos los crímenes ha sido Albania, a principios del 2007.

1.3) CAUSAS DE LA PENA DE MUERTE:

Los delincuentes no existen, lo que existen son los enfermos sociales y los enfermos mentales y cuando la enfermedad es mental es la familia la que debe hacerse cargo del paciente y en subsidio es el Estado. Si la enfermedad es Social, es siempre el Estado quien debe asumir la responsabilidad sobre ese individuo y rehabilitarle. Las cárceles deben desaparecer como concepto y transformarse en hospitales sociales, donde el individuo emprenda el camino a la reinserción social, apoyado por profesionales especializados y comprometidos.

Generalmente una enfermedad mental desemboca en una enfermedad social y viceversa, lo que relaciona íntimamente ambos problemas. El asunto en resolver estos problemas radica principalmente en que la autoridad llamada a administrar justicia no ha estado a la altura ni técnica ni intelectual para comprender el problema de fondo en los sucesos que le corresponde investigar (hay excepciones que confirman la regla) y por ende se ha remitido solo a aplicar la ley en su letra, es decir, en su forma y no consume esfuerzos para hacer un análisis profundo de las causas que motivan una transgresión a la norma jurídica, mayoritariamente por economía procesal, por los costos que ello implica, solo lo hace en casos muy especiales, generalmente cuando los actores en el proceso son de relativa importancia y/o cuando se designa un juez instructor, especial, un ministro en visita o fiscal ad-hoc, algunos de estos dedicados exclusivamente a una causa. Pero en los casos de la mayoría, esto no sucede. Se sataniza a la delincuencia tal y como siempre la ideología dominante ha satanizado a aquella que no la es, esto por que los Hombre temen a lo que no comprenden y odian a lo que temen.

1.4) TIPOS DE PENA DE MUERTE:

LA EUTANASIA.- Es todo acto u omisión cuya responsabilidad recae en personal médico o en individuos cercanos al enfermo, y que ocasiona la muerte inmediata de éste con el fin de evitarle sufrimientos insoportables o la prolongación artificial de su vida. Cabe destacar dos datos relevantes: para que la eutanasia sea considerada como tal, el enfermo ha de padecer, necesariamente, una enfermedad terminal o incurable, y en segundo lugar, el personal sanitario ha de contar expresamente con el consentimiento del enfermo. Actualmente, se distingue del término 'muerte digna'.

Un análisis contempló el siniestro abanico de opciones disponibles: disparo en la cabeza, ahorcamiento, apedreamiento, decapitación, electrocución, envenenamiento por gas y la inyección letal. El informe incluye descripciones escalofriantes del tipo: "la piel, músculos, y las vértebras del cuello son resistentes,

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