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CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN No. 1173623


Enviado por   •  3 de Octubre de 2017  •  Informes  •  10.175 Palabras (41 Páginas)  •  339 Visitas

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CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN No. 1173623    

OBRA                         :        CENTRO COMERCIAL VIVA BARRANQUILLA                

CONTRATANTE                 :         ARQUITECTURA Y CONCRETO S.A.S Quien Actúa como

                                Administradora Delegada de ALMACENES ÉXITO SA

REP. LEGAL                :        JUAN MAURICIO JIMENEZ GOMEZ        

NIT                        :        800.093.117-3

DIRECCIÓN                :        Calle 3 Sur No 43ª – 52 Medellín        

CONTRATISTA                 :         CUMMINS DE LOS ANDES S.A.        

REP. LEGAL                :        LUZ PATRICIA OCHOA PACHECO        

NIT                         :        800.071.617-1

DIRECCIÓN                 :        CRA 52 No 10-184 Medellin

TELÉFONO                 :        2554200 ext 145

Entre los suscritos a saber JUAN MAURICIO JIMENEZ GOMEZ, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.661.172 de Medellín, actuando en nombre y representación de la sociedad ARQUITECTURA Y CONCRETO S.A.S., empresa colombiana legalmente constituida e identificada con el NIT 800.093.117-3, y que para efectos de este contrato se llamará CONTRATANTE, de una parte, y de la otra LUZ PATRICIA OCHOA PACHECO,  mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 43.720.584, quien actúa en nombre y representación de la sociedad CUMMINS DE LOS ANDES S.A., con Nit. 800.071.617-1, que para efectos de este contrato se denominará CONTRATISTA, se ha celebrado un CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN regido por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El CONTRATISTA se obliga con el CONTRATANTE a  realizar el suministro y ejecutar las obras de instalación de PLANTAS ELÉCTRICAS PARA EL CENTRO COMERCIAL VIVA BARRANQUILLA INCLUYE GARANTIA y cuyas especificaciones se describen en el anexo No. 1 del  presente contrato, bajo su entera responsabilidad y dirección. La instalación se llevará a cabo de acuerdo con los planos y especificaciones suministrados por el CONTRATANTE.

PARÁGRAFO PRIMERO: Las obras adicionales serán autorizadas por el COMITÉ DE OBRA o quien haga sus veces, a falta de ésta por el CONTRATANTE, y serán cobradas conforme a los precios unitarios pactados previamente. Las obras extras serán acordadas con el COMITÉ DE OBRA o con el contratante y sus precios serán definidos de mutuo acuerdo antes de que sean ejecutadas. En caso contrario el CONTRATISTA no tendrá derecho a facturarlas o reclamarlas.

PARÁGRAFO SEGUNDO: HERRAMIENTAS Y MATERIALES: El CONTRATISTA suministrará los materiales, herramientas y elementos necesarios para la ejecución de este contrato.

SEGUNDA: INTERVENTORIA O SUPERVISIÓN TÉCNICA. EL CONTRATANTE podrá designar un interventor para que se encargue del control técnico y administrativo de la obra, aprobar las cuentas, aprobar y rechazar los productos que no cumplan con las especificaciones acordadas en el contrato, y todas aquellas que sean inherentes a su función, por lo tanto velara por el correcto cumplimiento del contrato.

TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA.

GENERALES:

  1. Realizar las actividades necesarias y en los plazos establecidos, para el adecuado cumplimiento del objeto del presente contrato, teniendo en cuenta las actividades expresamente pactadas y las demás que le sean asignadas.
  2. Ejecutar bajo su responsabilidad técnica y administrativa las actividades pactadas en el contrato y las necesarias para el cumplimiento de su objeto. EL CONTRATISTA es autónomo y no depende del CONTRATANTE.
  3. El contratista se obliga para con el contratante a contar con los recursos propios suficientes humanos y técnicos para el cabal cumplimiento del objeto.
  4. El contratista mantendrá indemne al contratante de cualquier reclamación que presente un trabajador suyo, autoriza al contratante a descontar de los saldos o de sus valores retenidos, cualquier pago que deba hacer en consideración a las reclamaciones laborales que hagan sus trabajadores.
  5. Entregar a satisfacción del contratante las pólizas exigidas en el contrato, las que deben ser aceptadas por el CONTRATANTE previo al Acta de inicio del presente contrato.
  6. El contratista es el responsable del pago de los impuestos y de las primas de las pólizas correspondientes al presente contrato, cuando se requieran.
  7. Informar inmediatamente al CONTRATANTE sobre cualquier  acontecimiento o situación que pueda afectar la ejecución del contrato, para lo cual deberá presentar un informe detallado por escrito. EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar retardos o cambios en la ejecución del contrato.
  8. Prestar toda su colaboración a la interventoría o supervisión para que ésta pueda cumplir con sus funciones.
  9. Devolver al final toda la información que se produzca como consecuencia o con ocasión del presente contrato.
  10. Las demás que sean de la naturaleza del presente contrato.

ESPECIALES

  1. Ejercer la vigilancia técnica y administrativa tanto de los materiales como de los procesos de instalación objeto de este contrato con el fin de obtener la correcta realización de la obra de acuerdo con las especificaciones, cotizaciones, que se anexan al presente contrato y forman parte del mismo. El CONTRATANTE se reserva el derecho de rechazar cualquier parte de los productos que no estén acordes con las especificaciones del contrato.
  2. Cumplir en forma eficiente y oportuna la labor contratada y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo a la naturaleza de la misma.
  3. El contratista entregará el suministro e instalación al contratante en la fecha señalada en el presente contrato y/o sus anexos.
  4. Entregar los manuales de funcionamiento o mantenimiento, fichas técnicas de los  producto y materiales, según el caso.
  5. Si para el cumplimiento del suministro e instalación requiere contratar por su cuenta personal, el contratista se obliga a  mantenerlo afiliado a la seguridad social a todos los trabajadores que estén bajo su dirección y cumplir con estas obligaciones oportunamente. Solo se permitirá  el ingreso al proyecto de terceros trabajadores del contratista cuando demuestren su afiliación al sistema de seguridad social.
  6. Presentar de forma mensual al CONTRATANTE, constancias de pago de aportes al sistema de seguridad social, para todos los empleados vinculados a la ejecución del presente contrato y que dependen del CONTRATISTA.
  7. Otorgar garantía de calidad, idoneidad y buen funcionamiento de los productos y bienes suministrados e incorporados a la obra, hasta por el término descrito el presente contrato y responder frente al consumidor del bien por ellas.
  8. Invertir correctamente y/o garantizar el buen manejo del anticipo.
  9. El CONTRATISTA será responsable de su equipo y material que tenga en la obra; deberá tener las pólizas necesarias para asegurarlas contra todo riesgo, por lo tanto el CONTRATANTE no será responsable por las pérdidas o deterioro de los equipos y materiales del CONTRATISTA, salvo dolo o culpa grave del CONTRATANTE.
  10. El CONTRATISTA será responsable de la seguridad industrial de su personal, siguiendo las normas adecuadas para este tipo de obra, de acuerdo a los procedimientos y políticas definidos por el CONTRATANTE, especialmente el  cumplimiento del manual No. PSG-009 “Manual de programas de seguridad, salud en el trabajo y gestión ambiental para contratistas” de Arquitectura y Concreto.
  11. el contratista deberá construir un campamento provisional para sus trabajadores(a su Costo) y estará en la disposición de traslado cuando la obra lo requiera.
  12. EL CONTRATISTA  se compromete en caso de que el contrato involucre mano de obra a asignar un radio de comunicación Motorolla EP150 tanto a su encargado como a su vigía SISO.
  13. Se debe contar con la presencia parcial de un SISO certificado y con licencia, para el control de las actividades correspondientes acordes al número de trabajadores presentes en la obra teniendo en cuenta la siguiente escala

Personal de obra

N° SISO A cargo

1-10

1

11-30

2

31-60

3

61-100

4

Se deben generar reportes de las actividades ejecutadas, permisos de trabajos y demás soportes que se requieran por parte del SISO del proyecto. El personal a cargo se debe acoger al plan de emergencia aprobado para el proyecto.

CUARTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. Son obligaciones del CONTRATANTE.

  1. Pagar oportunamente y en la forma establecida el valor del presente contrato.
  2. Facilitar el acceso y entregar toda la información requerida por EL CONTRATISTA y disponer el apoyo logístico necesario para el cumplimiento del objeto del presente contrato.
  3. Verificar el cabal cumplimiento del objeto y las obligaciones del presente contrato a través de la interventoría, si la hubiere.

QUINTA: DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo para la ejecución del presente contrato será de 23 DE JULIO DE 2015 AL 28 DE FEBRERO DE 2016, previa presentación de las pólizas y garantías exigidas en el mismo.

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