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Contrato De Suministro

vaticano6 de Julio de 2013

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CONTRATO DE SUMINISTRO Y SERVICIO RELATIVOS AL GAS PARA USO

DOMÉSTICO Y COMERCIAL

OBJETO

El presente contrato tiene por objeto establecer las condiciones que rigen el suministro y prestación del

servicio relativos al Gas suministrado por PDVSA GAS, S.A., a sus Clientes para uso doméstico y comercial.

DEFINICIONES

Usuario: Toda persona natural o jurídica que adquiere, utiliza o disfrute servicios de cualquier naturaleza

como destinatario final.

Cliente: Toda persona natural o jurídica que utiliza los servicios a que se refiere este contrato.

Proveedor: Toda persona natural o jurídica, de carácter público o privado, que desarrolle actividades de

distribución o comercialización de prestación de servicios a usuarios.

Centro de Medición: Significa la caseta donde la Empresa regula y hace mediciones del Gas suministrado al

Cliente.

Centro de Regulación Primaria: Significa la instalación que permite reducir la presión de salida del Gas que

viene desde la Red de Distribución o Recipiente (Tanque Estacionario).

Cliente: Toda persona natural o jurídica que suscribe con la Empresa el contrato de suministro y prestación

de servicio de Gas. Estos pueden ser unifamiliares, multifamiliares, comerciales y asociaciones sin fines de

lucro.

Empresa: Significa PDVSA GAS, S.A., sociedad mercantil, proveedora del Gas para uso doméstico y

comercial.

Ensayos de Hermeticidad: Significa la prueba que se realiza al Sistema de Tuberías, a través de una prueba

de hermeticidad con el objeto de garantizar que este no presenta fuga o escape.

Gas: Término genérico que se utiliza para referirse al gas natural, al gas de refinería y al gas metano.

Gas Metano: Mezcla de hidrocarburos gaseosos que contiene principalmente metano (CH4) y cumple a su

vez, con las especificaciones de las normas técnicas aplicables para su transporte y comercialización, que

puede ser obtenido a través de tratamiento, procesamiento o mezcla del gas, como resultado de la refinación

del petróleo o de la explotación directa de hidrocarburos naturales.

Gas Licuado de Petróleo (GLP): Mezcla de hidrocarburos gaseosos obtenida del procesamiento del gas

natural o de la refinación del petróleo, que a condiciones determinadas de presión y temperatura se mantiene

en estado liquido, compuesta principalmente de propano, pudiendo contener otros hidrocarburos en menores

proporciones.

Gas Doméstico: Gas metano utilizado como combustible en artefactos y equipos de uso doméstico,

instalados en viviendas unifamiliares o multifamiliares, el cual es entregado a través de una acometida

conectada a una red de tuberías de una región de distribución.

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Gas Comercial: Gas metano utilizado como combustible en artefactos y equipos instalados en

establecimientos, donde se comercializan productos, artículos y servicios al público, el cual es entregado a

través de una acometida conectada a una red de tuberías de una región de distribución.

Gastos de Reinstalación: Significa el pago que hace el Cliente para cubrir a la Empresa, los Gastos por

Reinstalar la disponibilidad del suministro del servicio de Gas, suspendido por causas imputables a este

Inmueble: Significa la edificación del cliente donde se utilizará el gas, bien para uso doméstico o comercial.

Intereses Moratorios: Significa la indemnización como pena por el atraso o tardanza del Cliente en el pago

de la deuda. El monto se calculará a la tasa de interés anual nominal promedio ponderada de los seis (6)

principales bancos comerciales y universales con cobertura nacional, más el 6% anual por gastos de

administración y el 3% anual por mora, ó los porcentajes máximos permitidos por las disposiciones legales

vigentes sobre la materia.

Punto de Entrega: Significa el lugar donde se entrega el Gas al Cliente, ubicado a la salida de la válvula de

acometida que se encuentra dentro de la tanquilla instalada frente al inmueble o parcela del Cliente. A partir

del Punto de Entrega, el Gas suministrado pasará en propiedad y para uso exclusivo del Cliente.

Punto(s) de Consumo: Significa él ó los Sitio(s) donde el Gas se utilizará como combustible.

Red de Distribución: Significa el conjunto de tuberías interconectadas o ramificadas, que surten Gas en el

área urbana de la ciudad.

Sistemas de Tuberías: Significa los tramos de tuberías comprendidos desde la salida de la válvula de

acometida, ubicada dentro de la tanquilla instalada frente al inmueble o parcela del Cliente, hasta el Centro de

Regulación Primaria y/o Centro de Medición, así como desde este lugar hasta el Punto de Consumo. La

referida infraestructura se conoce también como instalaciones internas, propiedad del cliente.

RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA

1. Suministrar el Gas para uso doméstico y comercial al Cliente en el Punto de Entrega. Es entendido y

convenido que a partir de este punto, cesarán todas las obligaciones y responsabilidades de la Empresa

como consecuencia del manejo y uso del Gas, y que desde allí en adelante el manejo y uso del Gas, así

como toda responsabilidad, daños y perjuicios que se realicen con el Gas, serán íntegramente por

cuenta del Cliente. En consecuencia, la Empresa no será en modo alguno responsable por cualesquiera

reclamos o acciones judiciales o extrajudiciales que puedan ser intentadas por el Cliente o terceros, una

vez suministrado el Gas en el Punto de Entrega.

2. Efectuar mantenimiento al regulador e instrumento de medida o aparato de medida instalados en el

Centro de Medición, así como a las tuberías instaladas hasta la válvula de acometida ubicada dentro de

la tanquilla, la cual se encuentra frente al inmueble o parcela del ó los Clientes.

3. Realizar los Ensayos de Hermeticidad a los Sistemas de Tuberías, con el propósito de determinar que,

para el momento de su verificación y/o inicio del suministro, las mismas se encuentran aptas para recibir

el Gas, sin cuya verificación no se suministrará el Gas al Cliente.

4. Construir y/o reparar por cuenta y a costo del Cliente, previo acuerdo entre las partes, la acometida de

servicio y/o Centro de Medición que a juicio de la Empresa requieran una construcción y/o reparación.

5. Suministrar el instrumento de medida o aparato de medida a instalar en el Centro de Medición, en el

caso que la Empresa por razones de índole técnica y económica estime conveniente su instalación.

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RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE

1. Preservar y resguardar el Sistema de Tuberías y la caseta que protege el Centro de Medición, instaladas

después de la salida de la válvula de acometida que se encuentra ubicada dentro de la tanquilla instalada

frente al inmueble o parcela del ó los Clientes.

2. Construir, reparar o acondicionar los Sistemas de Tuberías de acuerdo con la Norma Covenin 928-78, o

la norma que la sustituya; contratando la ejecución de éstos trabajos a personas naturales o jurídicas

especializadas en el ramo.

3. Realizar los Ensayos de Hermeticidad a los Sistemas de Tuberías de acuerdo con la Norma Covenin 928-

78, a los diez (10) años de ser instalados por primera vez y, las subsiguientes revisiones cada cinco (5)

años. Los Sistemas de Tuberías que no fueron construidos según dicha Norma, deberán ser revisados

por lo menos una vez cada cinco (5) años.

4. Sí el Cliente construye a sus expensas la Red de Distribución que permitirá el suministro de Gas a su

inmueble, este se obliga por razones técnicas, operacionales y de seguridad a ceder y/o traspasar en

forma gratuita a la Empresa, la propiedad de dicha Red de Distribución, la cual podrá utilizarse para servir

a otros Clientes o áreas, siempre y cuando no se afecte el compromiso de volumen de Gas entregado al

Cliente.

PAGO DEL SERVICIO

1. El Cliente pagará por el Gas suministrado en el Punto de Entrega la tarifa que establezca la Resolución

publicada en Gaceta Oficial vigente a la fecha de suministro, dentro del plazo establecido, condiciones y

modalidades que establezca la Empresa o la autoridad competente, conforme al aviso de cobro, el cual

podrá estar contenido en facturas mensuales o en las notas de débito de otros servicios.

2. Cuando el Cliente no reciba la factura por consumo de Gas, debe obtener la información acerca de su

saldo pendiente a través de los centros de atención comercial de la Empresa, en todo caso esta situación

no lo exime de efectuar el pago correspondiente. El comprobante de pago de una factura por suministro

de Gas, no constituye para la Empresa el pago de los períodos anteriores. El Cliente deberá conservar

las facturas

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