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La empresa Nayar S.A. de C.V


Enviado por   •  11 de Julio de 2012  •  Informes  •  996 Palabras (4 Páginas)  •  303 Visitas

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relaxCaso 7

La empresa Nayar S.A. de C.V, pretende importar materia prima para la elaboración de sus productos, a consultado a una agente aduanal para tal efecto, el cual le recomienda obtener su registro certificado para agilizar el trámite de dicha importación.

¿Mencionar cual es el procedimiento del registro de empresas certificadas?

De acuerdo al Artículo 100-A de la Ley Aduanera el SAT podrá autorizar la inscripción en el registro de empresas certificadas, a las personas morales que cumplan con los siguientes requisitos:

Personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, hayan dictaminado sus estados financieros en los últimos cinco años, o por los ejercicios transcurridos desde su constitución, demuestren el nivel de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras, designen a los agentes o apoderados aduanales autorizados para promover sus operaciones de comercio exterior designación y, en su caso, revocación deberán efectuarse en los términos del artículo 59 de esta Ley y a las empresas transportistas autorizadas.

Para obtener la autorización prevista en el párrafo anterior, los interesados deberán presentar solicitud ante el Servicio de Administración Tributaria, acompañando la documentación que se establezca en reglas, con la cual se acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios para su obtención.

La inscripción en el registro de empresas certificadas deberá ser renovada anualmente por las empresas, dentro de los 30 días anteriores a que venza el plazo de vigencia de su registro, mediante la presentación de una solicitud, siempre que se acredite que continúan cumpliendo con los requisitos señalados para su inscripción. La resolución deberá emitirse en un plazo no mayor a 30 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución que corresponda, se entenderá que la misma es favorable.

En ningún caso procederá la renovación de la inscripción o la autorización de una nueva inscripción, cuando a la empresa le hubiera sido cancelada su autorización para estar inscrita en el registro de empresas certificadas, dentro de los cinco años anteriores

AUTORIZACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE EMPRESAS CERTIFICADAS

1. Nombre del trámite

1.1. Inscripción en el registro de empresas certificadas.

2. Fundamentación jurídica y fecha de publicación de cada ordenamiento

2.1. Artículo 100-A de la Ley Aduanera (DOF 30/XII/2002).

2.2. Regla 3.8.1. de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 (DOF 29/07/2011) y su modificación (14/12/2011).

2.3. Código Fiscal de la Federación: Artículo 18 (DOF 31/12/1981; 31/12/1982; 01/10/2007), Artículo 18-A (DOF 31/12/98; 31/12/2000; 28/06/2006), Artículo 19 (DOF 31/12/1981; 15/12/95; 28/06/2006; 01/10/2007).

3. Casos en los que debe o puede realizarse

3.1. Sólo personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, hayan dictaminado sus estados financieros en los últimos cinco años, o por los ejercicios transcurridos desde su constitución, demuestren el nivel de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras, designen a los agentes o apoderados aduanales autorizados para promover sus operaciones de comercio exterior y a las empresas transportistas autorizadas.

4. Manera de presentar el trámite

4.1. Escrito libre.

5. Formato correspondiente al trámite, en su caso, y fecha de

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