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Normas De La Unsr


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2012  •  1.519 Palabras (7 Páginas)  •  294 Visitas

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NORMAS DE EVALUACIÓN DE LOS

APRENDIZAJES

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º El rendimiento de los participantes en el aprendizaje se evaluará mediante un proceso que permitirá.

a) Apreciar en que medida fueron alcanzados por los participantes los objetivos propuestos.

b) Registrar las informaciones relativas a los participantes que sean útiles para estimular sus aptitudes y orientar el desarrollo de sus potencialidades.

c) Precisar el rendimiento en los aprendizajes dentro de una escala valorativa.

d) Realizar el seguimiento de los factores que afectan el rendimiento de los participantes y el grado de eficiencia de los planes, programas y técnicas empleadas en el proceso de aprendizaje.

Artículo 2º El proceso de evaluación de los aprendizajes, cuya modalidad se establece en las presentes normas, se desarrollará como una actividad acumulativa, integral, cooperativa y científica. Incluirá apreciaciones cuantitativas y cualitativas y se basará en un sistema de medida y registro permanente.

Artículo 3º Mediante la evaluación de los aprendizajes se apreciará el rendimiento académico y otras manifestaciones de conducta de los participantes.

Artículo 4º El rendimiento académico se expresará en una escala de calificaciones numéricas y se hará a través de juicios de los facilitadores, los cuales describirán los aspectos resaltantes de dicho rendimiento.

Artículo 5º Los Vicerrectorados establecerán los procedimientos que permitan ubicar a cada uno de los participantes dentro de su población.

CAPÍTULO II

DE LOS ESTUDIOS

SECCION PRIMERA

Artículo 6º Los planes de estudio de las menciones se organizarán bajo el régimen de períodos, sistemas de unidades de crédito y el proceso de prelaciones justificado por la secuencia curricular.

Artículo 7º El año lectivo se organizará en no menos de tres períodos cada uno u otra modalidad justificada dentro del experimento educacional.

Artículo 8º Los organismos competentes de cada Vicerrectorado quedan facultados para introducir modificaciones en los períodos del año lectivo, cuando las circunstancias así lo requieran, previa autorización del Consejo Rector de acuerdo al artículo anterior.

Artículo 9º La unidad crédito es el valor que se asigna para apreciar el progreso académico del participante, cuantitativamente se valora por índice, académico y cualitativamente por la categoría de su clasificación.

Artículo 10º La unidad de crédito equivale a una hora de trabajo semanal durante un período del participante por auto-dirección o bajo la tutoría del facilitador.

Artículo 11º La concepción de la unidad de crédito, significa la fracción del 1/N de todo el perfil cuantitativo estimado para cada Licenciatura, donde “N” equivale al número total de créditos del perfil curricular. Para egresar de la institución se requiere haber cubierto la totalidad de los créditos correspondientes, que representan todos los objetivos y actividades programados para la culminación de la carrera.

Artículo 12º Las estrategias metodológicas como: Asignaturas, Seminarios y Proyectos por períodos, representan créditos dentro de la carga académica, de acuerdo a la planificación del perfil curricular.

Artículo 13º Las pasantías serán estimadas en un período y estarán valoradas en créditos de acuerdo a lo establecido en el perfil curricular.

Artículo 14º El trabajo de grado es un requisito con o sin créditos, necesario para optar al título respectivo sujeto a las normas generales que dicte la Universidad y las particulares que establezcan los Vicerrectorados. En todo caso, su contenido versará sobre problemas reales del país.

Artículo 15º El índice se calculará multiplicando la calificación dada en la asignatura, seminario, proyecto, pasantía u otra actividad, por el número de créditos que le corresponde; se sumarán los productos obtenidos y este resultado se dividirá entre la suma de los créditos computados.

Artículo 16º Las actividades que permiten apreciar el grado de progreso alcanzado por los participantes en el proceso de aprendizaje, serán constituidas por las siguientes técnicas de evaluación: informes escritos, orales o prácticos; pruebas escritas, (objetivas o de ensayo) interrogatorios orales, escritos o por lista de cotejo, investigaciones, experimentos, exposiciones, demostraciones, trabajo de equipo, trabajo de aplicación, observaciones, entrevistas, debates y cualesquiera otras actividades de evaluación que puedan realizarse.

Artículo 17º Las técnicas de evaluación se harán en base a la naturaleza de cada estrategia metodológica, los objetivos propuestos y otros factores del currículum.

Artículo 18º Las oportunidades de aplicación de las técnicas utilizadas para evaluar, serán establecidas en el programa de evaluación de cada estrategia metodológica.

Artículo 19º Cada facilitador estará en la obligación de llevar un registro permanente de las evaluaciones obtenidas en las estrategias metodológicas bajo su responsabilidad, y deberá consignarlo en los sitios y en los plazos que el vicerrectorado establezca en común acuerdo con el Proyecto Control de Estudios.

SECCIÓN SEGUNDA

DE LAS CALIFICACIONES Y NIVELES DE APROBACION

Artículo 20º El resultado del proceso de aprendizaje será evaluado independientemente en cada estrategia metodológica, con la escala de calificaciones del 1 al 5, amabas inclusive referidas al porcentaje de objetivos logrados. Sin embargo, podrán ser utilizadas otras escalas aprobadas

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