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REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES DE PREVENCIÓN


Enviado por   •  27 de Enero de 2013  •  Tesis  •  1.022 Palabras (5 Páginas)  •  369 Visitas

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Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Comités de Prevención y Atención de Emergencias

Acuerdo de Junta Directiva  Nº 058‐2004.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES DE PREVENCIÓN

Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

ACUERDO Nº  058‐2004

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CNE

En ejercicio de las facultades y prerrogativas conferidas en la Ley Nacional de Emergencia, Nº 7914

del 13 de octubre de 1999, Reglamento a la  Ley  Nacional  de  Emergencia, Decreto Ejecutivo Nº

28445‐MP y la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

CONSIDERANDO:

1‐Que la finalidad de la Ley Nacional de Emergencia Nº 7914 del 13 de octubre de 1999, es conferir

un marco jurídico ágil y eficaz para enfrentar situaciones de emergencia o prevenirlas y que

garantice el manejo oportuno, coordinado y eficiente de todos los recursos humanos y materiales,

técnicos, administrativos y económicos a fin de resguardar la vida, la integridad física, el

patrimonio de los habitantes y, en general, la conservación del orden jurídico y social.

2‐  Que la Ley Nacional de Emergencia, define las responsabilidades y funciones de todos los

organismos, las entidades públicas, privadas y organizaciones comunitarias, que participen en las

atención situaciones de riesgo inminente de emergencias y atención de las mismas.

3‐ Que la Ley Nacional de Emergencia,  dispone que la Junta Directiva de la Comisión Nacional de

Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias reglamentará el funcionamiento de los Comités

de Prevención y Atención de Emergencias, y les brindará el asesoramiento técnico necesario. Por

tanto,

SE APRUEBA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS  COMITÉS DE

PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS   

CAPITULO I:

Disposiciones Generales.

Artículo 1: El presente Reglamento regula el nombramiento,    coordinación, organización y

funcionamiento de los  Comités de Prevención y Atención de Emergencias en el territorio nacional,

según lo establecido en la Ley Nacional de Emergencias y su Reglamento.   Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Comités de Prevención y Atención de Emergencias

Acuerdo de Junta Directiva  Nº 058‐2004.

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Artículo 2: Definiciones.   Para la aplicación del presente Reglamento se tendrán en cuenta las

siguientes definiciones:

Amenaza: Factor físico de origen hidrometeorológico, geológico, antropológico, tecnológico y

político, determinado en un tiempo y espacio específico, que por su potencial destructivo pone

en peligro a los seres vivos, a los bienes y al medio natural.

Área Administrativa: Área de gestión interna de la CNE, responsable de los procesos

administrativos y financieros.

Área Técnica: Comprende los componentes de prevención, mitigación y operaciones,

asesora en forma directa a los comités.

Atención de Emergencia: Conjunto de acciones que se desarrollan con el objetivo de reducir

los daños humanos, ambientales y materiales ocasionados por un evento causante de una

emergencia sea esta declarada o no.

CRE: Siglas para identificar al Comité de Prevención y Atención de Emergencias  de nivel

regional  

CLE: Siglas para identificar al Comité de Prevención y Atención de Emergencias  de nivel

local.

CCE: Siglas para identificar al Comité de Prevención y Atención de Emergencias  de nivel

comunal.

CNE:    Siglas para identificar a la   Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de

Emergencias.

COE: Siglas para identificar al Centro de Operaciones de Emergencia

Comité (s): Comités de Prevención y Atención de Emergencias    del nivel regional, local o

comunal.

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