AMPLIACION DE PLAZO
darwinnnnnn30 de Mayo de 2012
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SUSTENTO DOCUMENTADO DE LA SOLICITUD
DE AMPLIACION DE PLAZO Nº 11
1.- OBJETO:
Sustentar y justificar adecuadamente a la Supervisión, las razones que respaldan nuestra Solicitud de Ampliación de Plazo N° 11 solicitada mediante Asiento N° 519 del Cuaderno de Obra con fecha 13.07.10, por debido a los efectos producidos por las precipitaciones pluviales ocurridas en la Obra durante los días 09,10,11 y 12 de Julio de 2010.
2.- GENERALIDADES:
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través del Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Nacional (PROVIAS NACIONAL), convocó la Licitación Pública Nacional Nº 0008-2008-MTC/20, mediante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, para la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera: Dv. Yanacocha – Bambamarca, Tramo: Dv. Yanacocha – Hualgayoc, que se ejecutará con recursos Ordinarios, siendo el valor referencial la suma de S/. 74’613,672.80 incluido el IGV, con precios referidos al mes de Abril del 2008.
Como resultado de la Licitación Publica convocada, el Ministerio otorgó la Buena Pro al CONSORCIO ENERGOPROJEKT – JOHESA por el monto de su Propuesta Económica ascendente a S/. 81’571,090.85 incluido IGV, con precios referidos al mes de Abril del 2008, por un plazo de ejecución de 360 días naturales, suscribiéndose el Contrato de Ejecución de Obra Nº 021-2009-MTC/20 con fecha 04 de Marzo del 2009.
Por razones legales y climatológicas, se postergó el inicio del Contrato de Obra Nº 021-2008-MTC/20 al 27.04.2009, hasta que se cuente con el Supervisor de la Obra y disminuya la intensidad de las lluvias, suscribiéndose por tal motivo la Adenda N° 01 al Contrato, con fecha 19 de Marzo del 2009.
Por razones legales, se postergó el inicio del Contrato de Obra Nº 021-2008-MTC/20 al 20.05.2009 o hasta que se cuente con el Supervisor de la Obra, suscribiéndose por tal motivo la Adenda N° 02 al Contrato, con fecha 11 de Mayo del 2009.
El 23 de Mayo del 2009, se da por iniciado el plazo de obra, luego de que la Entidad realizara la entrega de terreno al Contratista el día 22.05.09.
Con Carta CEJ N° 005.2009.CN, de fecha 30.05.2009, presentamos el Calendario de Avance de Obra concordante con la fecha de inicio de la obra.
Con Carta CEJ N° 088.2009.CN, de fecha 17.08.2009, presentamos el Sustento Documentado de la Solicitud de Ampliación de Plazo N° 01 por cuarenta y siete (47) días calendarios, cuantificada en base a nuestro Calendario de Avance de Obra presentado el 30.05.2009.
Con Carta CEJ N° 0101.2009.CN, de fecha 31.08.2009, presentamos el Sustento Documentado de la Solicitud de Ampliación de Plazo N° 02 por sesenta y uno (61) días calendarios, cuantificada en base a nuestro Calendario de Avance de Obra presentado el 30.05.2009.
Con Carta CEJ N° 0106.2009.CN, de fecha 03.09.2009, presentamos el Sustento Documentado de la Solicitud de Ampliación de Plazo N° 03 por dos (02) días calendarios, cuantificada en base a nuestro Calendario de Avance de Obra presentado el 30.05.2009.
Mediante R.D. N° 1065-2009-MTC/20, de fecha 03.09.2009, se aprueba en parte nuestra solicitud de Ampliación de Plazo N° 01, otorgándonos solo doce (12) días naturales del los cuarenta y siete (47) solicitados.
Mediante R.D. N° 1136-2009-MTC/20, de fecha 17.09.2009, se aprueba en parte nuestra solicitud de Ampliación de Plazo N° 02, otorgándonos solo catorce (14) días naturales del los sesenta y uno (61) solicitados.
Mediante R.D. N° 1047-2009-MTC/20, de fecha 18.09.2009, se aprueba nuestra solicitud de Ampliación de Plazo N° 03, por dos (02) días naturales, trasladándose la fecha de término de la obra al 14.06.2010
Mediante R.D. N° 1325-2009-MTC/20, de fecha 23.10.2009, se aprueba nuestra solicitud de Ampliación de Plazo N° 04, por cuarenta y un (41) días naturales, trasladándose la fecha de término de la obra al 25.07.2010
Mediante R.D. N° 1444-2009-MTC/20, de fecha 13.11.2009, se aprueba nuestra solicitud de Ampliación de Plazo N° 05, por diez y seis (16) días naturales, trasladándose la fecha de término de la obra al 10.08.10.
Mediante R.D. N° 531-2010-MTC/20, de fecha 03.06.10, motivo de la Suspensión Temporal de Obra por 198 días calendario, la Entidad traslada el termino de obra al 24 de febrero del 2010.
Mediante R.D. N° 616-2010-MTC/20, de fecha 21.06.10, se aprueba en parte a nuestra solicitud de Ampliación de Plazo N° 07, por sesenta y dos (62) días naturales de los ochenta y dos (82) solicitados, trasladándose la fecha de término de la obra al 27.04.10.
Mediante R.D. N° 649-2010-MTC/20, de fecha 02.07.10, se declara improcedente nuestra solicitud de Ampliación de Plazo N° 08, por veintinueve (29) días naturales.
Mediante R.D. N° 651-2010-MTC/20, de fecha 02.07.10, se declarada improcedente nuestra solicitud de Ampliación de Plazo N° 09, por diecinueve (19) días naturales.
Se encuentra en trámite ante la entidad, la solicitud de Ampliación de plazo Nº10, por cuarenta y seis (46) días naturales.
3.- BASE LEGAL:
Según documentación Contractual, Adendas N° 01, 02 y 03 , Resoluciones Directorales y disposiciones complementarias de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se tiene:
DEL CONTRATO DE OBRA
• Cláusula Décimo Cuarta: Cláusula Arbitral
14.1 Las partes acuerdan que las controversias que surjan sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato, se resolverá mediante conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el Articulo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.
• Cláusula Vigésima Octava: Régimen Legal
28.1 El presente Contrato se regirá por las Bases de Licitación, las que EL CONTRATISTA acepta sin reservas.
28.2 El orden de prelación de documentos es el siguiente:
1. Contrato de Ejecución de Obra.
2. Bases Integradas de la Licitación Pública (Bases, Absolución de Consultas, Observaciones y Expediente Técnico)
3. Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA.
28.3 La relación jurídico contractual se sujeta a las disposiciones contenidas en LA LEY y EL REGLAMENTO, y supletoriamente por el Código Civil y demás Normas Conexas y/o Complementarias, por lo que es obligatorio remitirse a estas normas y a los Principios que los inspiran para la aplicación de las Cláusulas del Contrato, su correcta interpretación en caso de vacíos, discrepancia con las Bases Integradas de la Licitación Publica y/o la Propuesta Técnico-Económica de EL CONTRATISTA; o en casos en que el Contrato, las Bases Integradas de la Licitación Pública o las Propuestas contravengan LA LEY y EL REGLAMENTO.
DE LAS BASES INTEGRADAS
• Numeral 1.11.- Base Legal
- Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008
- Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y sus modificatorias.
- Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y sus modificatorias.
- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública
- Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo que Norma el Arbitraje
- Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295, en forma supletoria.
- Las demás normas vigentes, según corresponda.
• Numeral 4.10.- Ampliación de Plazo
El Contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por las siguientes causales, siempre que modifiquen el calendario de avance de obra vigente:
4.10.1 Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista.
4.10.2 Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.
4.10.3 Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados.
• Numeral 4.11.- Efectos de la Modificación del Plazo Contractual
Las ampliaciones de plazo en los contratos de obra darán lugar al pago de mayores gastos generales iguales al numero de días correspondientes a la ampliación multiplicados por el gasto general diario, salvo en los casos de obras adicionales que cuenten con presupuestos específicos. Serán de aplicación las disposiciones del Reglamento.
En el caso que la ampliación de plazo sea generada por paralización de la obra, por causas no atribuibles al contratista, solo dará lugar al pago de mayores gastos generales debidamente acreditados.
DEL TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
• Articulo 42.- Adicionales, reducciones y ampliaciones
La Entidad podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el quince por ciento de su monto, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad
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