ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ANTOLOGIA LEGISLACION FAMILIAR

joseg40Apuntes13 de Junio de 2020

2.756 Palabras (12 Páginas)202 Visitas

Página 1 de 12

LEGISLACIÓN FAMILIAR

ANTOLOGÍA MÓDULO 2

ELABORADA POR LA; MTRA. JULIETA DE M. PÉREZ HERRERA 

II. RELACIONES JURÍDICAS FAMILIARES.

II.1.        Origen de las relaciones jurídicas.

Todos percibimos, por una parte, la existencia individual de los seres, lo que significa que cada uno existe con una autonomía propia que le distingue de los demás. También se percibe la vinculación de unos seres con otros, porque ninguno se desarrolla sino en relación con otros.

El hombre es un ser sociable por naturaleza, de donde se desprende la idea de relación, como una necesaria vinculación ya intelectual, ya emocional, volitiva o legal entre personas y entre el individuo y la sociedad.[1]

II.2.        Relaciones jurídicas familiares.

[R]elación significa conexión, correspondencia, trato, comunicación de una persona con otra. Puede haber relaciones de parentesco, de amistad, amorosas, comerciales, etc. Estos conceptos dan base para poder elaborar el de relación jurídica. Esta relación la podemos entender como la vinculación jurídica dinámica que entre dos o más personas se establece, para regular sus conductas o diversos intereses, que se manifiestan como deberes, obligaciones y derechos, que constituyen el objeto de la relación.

El vínculo jurídico que se contiene en la definición puede ser originado por el matrimonio, el divorcio, el parentesco, la patria potestad o tutela como instituciones jurídicas previstas en el Derecho, o bien por situaciones de hecho, como son el concubinato y la madre soltera, previstas directa o indirectamente en la norma.[2]

II.2.1.        Elementos que intervienen.

De acuerdo con Manuel F. Chávez Asencio,[3] los elementos que intervienen en las relaciones jurídicas son:

  1. El hecho humano. Un hecho puede ser "de orden físico (grado de parentesco entre ascendiente y un descendiente), de orden económico (apropiación de una riqueza o aprovechamiento de un servicio), de orden moral (respeto debido por el hijo a sus padres), o de orden meramente social (obediencia debida por un funcionario a su superior jerárquico).

  1. La norma jurídica.
  1. La capacidad de las partes (para obligarse).
  1. La libertad (por ser necesaria en cualquier relación entre personas).
  1. La legitimidad (que la relación jurídica esté apegada a Derecho).

II.3.        Sujetos del Derecho de Familia.

"Las relaciones jurídicas familiares se establecen entre personas físicas",[4] por lo que son sujetos del Derecho de Familia:

  • Los parientes por consanguinidad, afinidad y adopción.
  • Los cónyuges (quienes al contraer matrimonio no adquieren ningún parentesco entre sí)
  • La concubina y el concubinario.
  • La madre o padre solteros
  • Los padres
  • Los hijos
  • El tutor
  • El pupilo

II.4.        Efectos de las Relaciones de Familia.

Los cónyuges tienen una calidad importantísima dentro del Derecho de familia. No sólo se generan relaciones entre ellos, sino que son el origen de la familia y de las relaciones parentales entre ascendientes y descendientes de ellos.

Del concubinato también se derivan relaciones y parentesco de consanguinidad y afinidad. ...

También, debido a las lamentables circunstancias que generan la existencia de múltiples madres solteras, debemos reconocer que estas situaciones generan relaciones de parentesco consanguíneo o natural.

Entre los padres que ejercen la patria potestad y los menores sujetos a la misma se generan relaciones familiares originales. Son relaciones distintas a las que encontramos entre los parientes en general, pues los derechos, obligaciones y deberes que se originan por la patria potestad no son los mismos que de una manera general determinan el parentesco. Oportunamente se tratarán estas relaciones.

La incapacidad de ciertas personas, como pueden ser los menores no sujetos a patria potestad y los mayores de edad privados de inteligencia o afectados en sus facultades mentales, originan que el Derecho familiar regule relaciones específicas mediante la tutela, creándose nuevos sujetos de la relación familiar, originando un conjunto de derechos, obligaciones y deberes que en su oportunidad estudiaremos.

En relación a la tutela se hace necesaria la intervención de otros sujetos que cumplen funciones especiales. Estos son los Curadores, los Consejeros Locales de Tutela y los Jueces Familiares, a través de los cuales existe una intervención del Estado en las relaciones familiares.[5]

III.        PARENTESCO.

El parentesco significa un vínculo jurídico entre personas dentro de la familia. La naturaleza varía según sea el parentesco por consanguinidad, por afinidad o el civil (adopción). El parentesco se genera por hechos humanos que tienen consecuencias jurídicas, como acontece en el parentesco consanguíneo; pero también se genera por actos jurídicos, como sucede con el parentesco por afinidad que nace del matrimonio y del parentesco civil que se genera por la adopción como acto jurídico.

La categoría de pariente es esencial en el Derecho familiar por la diversidad de consecuencias jurídicas que de él se derivan.[6]

III.1.        Formas de parentesco.

En nuestro derecho el concepto jurídico de parentesco comprende ...:

a) A las personas unidas entre sí, por lazos de sangre (parentesco consanguíneo).

b) A los sujetos que, por ser parientes de uno de los cónyuges, son también parientes en el mismo grado, del otro cónyuge (parentesco por afinidad), y

c) A quienes une el acto de declaración de voluntad denominado adopción (parentesco civil).[7]

"Aunque los cónyuges no son parientes entre sí, el nexo jurídico del matrimonio identifica a los consortes y los une en forma mucho más vigorosa que lo puedan estar quienes son parientes entre sí.".[8]

III.1.A. Parentesco Consanguíneo.

"Las personas que descienden de un tronco común, reconocen y se identifican entre sí a través de la identidad de la sangre. De allí el parentesco consanguíneo.

Este parentesco nace de un hecho natural: la paternidad y la maternidad. A la relación de parentesco entre padres e hijos, se le denomina filiación.

... el parentesco se origina tanto por la línea paterna como por la línea materna".[9]

El parentesco será directo, o en línea recta, si se refiere a la relación que existe entre ascendientes y descendientes. Será transversal o colateral si se refiere al nexo que liga a las personas que sin descender de unas de otras, provienen de un progenitor común.[10]

"La calidad de pariente consanguíneo existe, tanto en la familia que se origina por el matrimonio, como la que se origina por el concubinato, con la madre soltera, con la adopción plena o con la inseminación heteróloga.".[11]

III.1.B. Parentesco por Afinidad.

El matrimonio es la fuente del parentesco por afinidad. Este llamado parentesco por afinidad (en el lenguaje corriente "parentesco político"), imita al parentesco consanguíneo, existe un vínculo de parentesco entre cada uno de los cónyuges y los parientes del otro (yerno, nuera, cuñado, cuñada). Pero este vínculo de parentesco entre afines, no es tan extenso como en el parentesco por consanguinidad. No establece una relación entre los afines de la mujer y los afines del marido de ésta, ni ente los afines del marido y los de la mujer. Así no existe en el derecho civil moderno, relación jurídica entre los maridos de dos hermanas, ni entre las esposas de dos hermanos. Sólo los consanguíneos de cada cónyuge adquieren parentesco con el consorte de éste.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (18 Kb) pdf (171 Kb) docx (34 Kb)
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com