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ANTOLOGÍA DE DERECHO ROMANO

taco_politica23Síntesis17 de Enero de 2022

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DERECHO ROMANO

ENRIQUE PÉREZ SÁNCHEZ

--Concepto de Derecho romano.- Conjunto de normas jurídicas que rigieron a la sociedad romana en sus diferentes épocas, hasta la caída del imperio.

Etimologicamente-  directum- recto, no tiene desviación

Concepto de Derecho.- Conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta de las personas dentro de una sociedad.

Norma- enunciado imperativo de conducta

Etruscos, latinos y sabinos

Remo y Romulo[pic 1]

                                                        Derecho Público

Clasificación del derecho  

                                                         Derecho Privado

Acepciones del derecho:

Derecho natural---- ius naturale, normas que provienen de  la naturaleza del hombre y la relación con Dios

Derecho de gentes---- ius Gentium.  Las normas que rigen a todos los pueblos de la antigüedad en el aspecto externo.

Derecho civil---- ius civile     ----civitas son las normas que se aplicaban en la ciudad de Roma y a los ciudadanos romanos

Derecho honorario---- ius honorarium  son las normas creadas por el pretor peregrino para regular las relaciones entre un ciudadano romano y un peregrino o entre peregrinos, pero dentro de la ciudad de Roma.

Derecho objetivo. Son todos los lineamientos generalmente escritos que nos otorgan derechos y obligaciones.

Derecho subjetivo. Se refiere a la facultad de la persona en decidir si se aplica o no el derecho objetivo.

MAGISTRADOS—Eran los encargados de administrar la justicia en Roma

[pic 2]

                          -Urbano—resolvía controversias  entre los ciudadanos romanos

- Pretores 

                          - Peregrino—resolvía controversias  entre un ciudadano y un peregrino

- Ediles Curules- aplicaban la justicia en los mercados

- Funcionarios municipales. Administraban la justicia en las provincias, es decir los pueblos conquistados por Roma

- Gobernador de provincia.

- Tribunos plebis

- Cónsules

Fas- Derecho que provenía de la divinidad.

Ius- Derecho que provenía del hombre.

LAS PERSONAS

     La palabra persona proviene del vocablo personae- máscara y también proviene del verbo personare- producir sonido.

     Persona- sujeto capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones.

CLASIFICACIÓN DE PERSONAS

        FISICAS Y MORALES:

P. FISICA- Sujeto considerado individualmente

P. MORAL- Conjunto de individuos que se reúnen para formar una persona independiente de ellos.

PERSONALIDAD JURÍDICA. Atributos o características que tiene una persona para poder ejercer todos sus derechos y cumplir con sus obligaciones.

     La personalidad jurídica se adquiere con el nacimiento y se pierde con la muerte.

     El nacimiento de una persona moral se conoce como “constitución”, y su muerte se conoce como “disolución”.

     La personalidad jurídica son aquellos rasgos o características que distinguen a las personas unas de otras.

ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD:

                       PERSONA FISICA                                                P. MORAL

[pic 3]

                                                                         Goce

                      1. Capacidad  Aptitud…                                         Capacidad

                      2. Nombre                                  Ejercicio              Razón social o denominación

                      3. Domicilio                                                            Domicilio legal

                      4. Patrimonio                                                         Capital social

                      5 Estado civil                                                                   X

                      6 Nacionalidad                                                       Nacionalidad

Marcus Tullius Cicero  Marci fillius Cornelia tribu→ Ingenuo

Marcus Tulius Marci libertus Hermes → Liberto o libertino

Domicilio: hay tres tipos: el domicilio voluntario, el legal y el convencional:

Voluntario es aquél que la persona elije libremente para vivir y radicar ahí.

Legal es el que la ley le señala a la persona, para el cumplimiento de sus obligaciones.

Convencional es el que la persona elije libremente para cumplir determinadas obligaciones.

Patrimonio.- Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que pertenecen a una persona y que son susceptibles de apreciación económica.

     Para tener una personalidad completa en Roma se requería tener tres estatus:

     Status libertatis------------   Ser libre y no esclavo    C.D. máxima

     Status civitatis  -------------  Ser ciudadano romano y no peregrino    C.D. media

     Status familiae -------------  Ser jefe de familia y no estar sometido a ninguna potestad   C.d. mínima

     En caso de no tener alguno de los status, se decía que se tenía una disminución de la personalidad, la cual se denomina, capitis deminutio

STATUS LIBERTATIS

     Desde este punto de vista las personas se clasifican en libres y esclavo.

     Las personas libres se dividen en Ingenuos y libertinos: ingenuo es el que nació libre y siempre ha sido libre; y el libertino o liberto es aquél que fue esclavo y obtuvo su libertad.

     Servitus (esclavitud) Es la condición de un individuo, donde no se considera persona, sino un objeto que pertenece a una persona, la cual tiene un poder ilimitado sobre aquél, incluso de vida y muerte.

    La esclavitud tiene su origen en las guerras según el ius Gentium, quien era tomado como prisionero, sería vendido como esclavo.

      Se puede establecer su origen en causas de nacimiento y posteriores al nacimiento.

     Según el derecho civil el nacer de una esclava sería causa de nacer esclavo.

     Según el derecho civil las cusas posteriores al nacimiento se dividen en tres etapas:

1.- Época antigua- según el derecho  antiguo (XII tablas)

  a) No haberse inscrito en el censo.

  b) Desertar del ejército.

  c) Por delito.

  d) Por no pagar a los acreedores.

     En la época clásica del derecho son cuatro cusas principales por las cuales se cae en esclavitud:

  a) Aquéllos casos en que un hombre libre, en complicidad con otro hombre libre, se hacía vender     como esclavo para luego reclamar su libertad, obteniendo así un cantidad de dinero a través de éste engaño.

  b) Por cometer delito donde se sentenciara a ser condenado a las bestias, al circo o a las minas, a éstos esclavos se les llamaba servi poenae que significa esclavos de su propio delito.

  c) Por aplicación del Senadoconsulto Claudiano del año 52, el cual establecía que si una mujer libre tenía relaciones sexuales con un esclavo ajeno y mediara la prohibición del dueño del esclavo, caería en esclavitud.

  d) El liberto que cometía ingratitud hacía su antiguo amo.

En la época de Justiniano y como consecuencia del cristianismo fue suprimida la condena de la esclavitud por cometer delito, así como la que resultaba de la aplicación del senadoconsulto Claudiano.

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