ARBITRAJE EN MÉXICO
JOCKIS15 de Marzo de 2012
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INTRODUCCIÓN
El siglo XXI se caracteriza por el desarrollo de la información global, informática, la reingeniería de servicios, y el conocimiento, estos forman parte de los nuevos recursos estratégicos utilizados por las empresas de hoy en día. Las comunicaciones y los avances tecnológicos permiten que la interacción entre pueblos de diferentes civilizaciones sea cada día más vasta, dinámica en donde las comunicaciones se han agilizado rápidamente y ello presenta un nuevo escenario más actualizado al avance de las ciencias, tecnología.
Las Relaciones Humanas son las enderezadas a crear y mantener entre los individuos relaciones cordiales, vínculos amistosos, basados en ciertas reglas aceptadas por todos y, fundamentalmente, en el reconocimiento y respeto de la personalidad humana.
Las Relaciones Públicas por su parte, buscan insertar a la organización dentro de la comunidad, haciéndose comprender, tanto por sus públicos internos como externos, de sus objetivos y procedimientos a fin de crear vinculaciones provechosas para ambas partes mediante la concordancia de sus respectivos intereses.
Pero, ¿existen realmente las relaciones cordiales entre los seres humanos? Esa cordialidad aparente está condicionada a la satisfacción de sus intereses, por ello existen los conflictos, y para ellos, diferentes formas de solucionarlos.
El presente trabajo tiene como objeto principal analizar la institución jurídica del Arbitraje como medio alternativo de solución extrajudicial de controversias, para así tener una visión más amplia y apuntar las ventajas y desventajas que conllevan dicho procedimiento.
En la última década esta figura jurídica ha tomado un importante auge entre las soluciones alternativas, pienso que esto se presenta debido a los factores de rapidez y eficacia, debemos tomar en cuenta que aún permanece rezagada, muchas veces por falta de información y por la aplicación de métodos tradicionales que encabezan la impartición de justicia en nuestro sistema jurídico mexicano.
DESARROLLO
El arbitraje en México, tiene su principal antecedente en las Siete Partidas de Alfonso X, el cual es el ordenamiento que influyó en gran medida en el derecho mexicano, y por su puesto en el arbitraje.
Las Partidas datan del año 1265, sin embargo se considera que no fue sino hasta 1348 cuando alcanzaron la fuerza legal para ser aplicadas al derecho castellano.
Las Siete Partidas están formadas por siete apartados, de ahí nace su nombre. La tercera partida es la que regula específicamente al arbitraje, en los títulos IV y XVIII; en este último se estipula el compromiso arbitral y el reconocimiento del laudo en las leyes. Las Partidas regulaban la sentencia y su fuerza de ejecución, destacándose que para cumplir la sentencia.
Esta partida reconoce en forma expresa la igualdad absoluta en el árbitro escogido por las partes y el juez ordinario en cuanto a la fuerza de ejecución y de cosa juzgada del laudo.
La aportación de éstas Ordenanzas al arbitraje, es la rapidez del procedimiento, considerándose un procedimiento sumario. También se obliga a los comerciantes y mercaderes a insertar en sus contratos cláusulas compromisorias, mientras que en la actualidad esta inserción es voluntaria. De igual forma se reconocía fuerza ejecutiva a la sentencia y se renunciaba expresamente a invocar o promover cualquier tipo de recurso.
La diferencia entre el arbitraje antiguo y el actual, estriba en que el consulado tenía poder coactivo para poder ejecutar sus sentencias, cosa que en la actualidad no tiene.
PROCEDIMIENTO
El arbitraje es un procedimiento extra - judicial donde una persona le otorga a una tercera persona para decidir un asunto en disputa. Es un proceso conducido por uno o varios especialistas en solucionar disputas, intentando un proceso preliminar de acercamiento
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