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ARTICULOS REFORMADOS DE LA LEY FEDERAL DE TRABAJO


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2014  •  1.339 Palabras (6 Páginas)  •  380 Visitas

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ARTÍCULOS REFORMADOS DE LA

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Artículo 2° En el trabajo no debe de existir la discriminación y siempre se debe de respetar la dignidad humana, así como la igualdad entre hombres y mujeres, se debe contar con seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo y recibiendo un salario.

Artículo 3° El trabajo es un derecho no negociable, no debe de darse la discriminación hacia ningún género o cualquier tipo de discriminación.

Artículo 4 Los derechos de terceros son atacados cuando un trabajador reclame la reinstalación en su empleo y lo traten de sustituir o lo sustituyan definitivamente.

Artículo 5° No se impedirá el goce y ejercicio de sus derechos cuando exista un plazo mayor de una semana para el pago de los salarios a los obreros y a los trabajadores del campo.

Artículo 25° El escrito de las condiciones de trabajo también tendrá que contener CURP(Clave Única de Registro de Población),RFC (Registro Federal de Contribuyentes). La relación de trabajo puede ser por temporada, capacitación inicial o a un periodo de prueba. Debe dejarse claro los lugares donde se prestará el trabajo

Artículo 28° Trata de los derechos que tienen los trabajadores mexicanos fuera de la República, que han sido contratados dentro del territorio nacional por las empresas para trabajar en el extranjero.

Artículo 35° El tipo de relación de trabajo puede ser por temporada, a prueba y a capacitación inicial.

Artículo 43° En caso de que el trabajador haya sido detenido por las autoridades judiciales o administrativas, y en caso de obtener su libertad provisional, deberá presentarse a trabajar en un plazo de quince días siguientes a su liberación, a menos que siga el proceso por delitos intencionales en contra del patrón o de sus compañeros de trabajo.

Artículo 47° Son causas de rescisión de relación de trabajo cometer el trabajador, durante sus labores en faltas de probidad u honradez y en contra de clientes y proveedores del patrón, cometer el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo, en caso de eso no procede la responsabilidad para el patrón.

Artículo 48° El trabajador podrá solicitar que se le reinstale en el trabajo y puesto que desempeñaba, o que se le indemnice con el pago de tres meses de salario, y el pago de los salarios vencidos e intereses, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

Artículo 50° Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en el artículo 48 de esta Ley.

Artículo 51° No habrá responsabilidad para el trabajador y son causas de rescisión en la relación de trabajo que el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes cometa actos de hostigamiento y/o acoso sexual y/o exija la realización de actos, conductas o comportamientos que atenten contra la dignidad del trabajador

Artículo 56° En ningún caso y por ningún motivo podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley, las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad entre mujeres y hombres, sin que puedan establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, sexo, género, religión, preferencias sexuales, preferencias políticas edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, embarazo o estado civil.

Artículo 97° Los salarios mínimos no podrán ser descontados o reducidos, únicamente podrán serlo por pago de abonos para cubrir créditos otorgados o garantizados y previamente acordados entre el patrón y trabajador en lo dispuesto a la ley

Artículo 103° Establece las condiciones para, otorgar crédito a los trabajadores por el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, con las mejores condiciones de mercado, y facilitar el acceso de los trabajadores a los servicios financieros que promuevan su ahorro y la consolidación de su patrimonio.

Artículo 110° Están prohibidos los descuentos en los salarios de los trabajadores, exceptuando que el trabajador deje de prestar sus servicios en el centro de trabajo, el patrón deberá

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