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ASPECTOS GENERALES AL DERECHO


Enviado por   •  5 de Mayo de 2014  •  2.589 Palabras (11 Páginas)  •  203 Visitas

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ASPECTOS GENERALES AL DERECHO

DERECHO

Para concluir con una definición de Derecho, conceptuemos el significado y alcance de lo que es una Norma.

“Toda conducta humana trata de ser regida por diferentes tipos de reglas de comportamiento a las que llamamos comúnmente Normas”, y así encontramos Normas Morales, Normas Religiosas, Normas Sociales y Normas Jurídicas.

Normas Morales. Son “reglas de conducta derivadas de nuestra concepción del bien y del mal y que, por tanto, sólo nuestra conciencia será la que nos exige su cumplimiento.

Normas Religiosas. “Provienen de los dogmas religiosos producto de las creencias divinas, y cuya observancia o desobediencia nos será premiada o castigada por el ser divino en el que creamos”.

Normas Sociales. Son formas o “cánones de comportamiento que el grupo social al que pertenecemos nos impone como requisito para ser bien recibido en su seno, y que si no son observadas traen como consecuencia el menosprecio o repudio de dicho grupo social”.

Normas Jurídicas. “Son reglas de conducta creadas por un poder legítimo para regular la convivencia pacífica de los seres humanos de una comunidad, y cuya observancia no está sujeta a la aceptación o no por parte del destinatario, ya que si éste no las cumple puede verse compelido a hacerlo por medio de la coacción, haciendo uso de la fuerza que tiene el Estado”.

Son características de la Norma jurídica:

• Son bilaterales, ya que a la vez que imponen obligaciones conceden derechos que pueden ser exigidos por otra persona, la cual puede apoyarse en el poder público para su cumplimiento.

• La exterioridad. Regula resultados externos de la conducta humana, y solo en algunas ocasiones se atiende a la intención del sujeto, es decir, a su aspecto interno, pero siempre en relación con el resultado producido.

• La coercibilidad, porque el mandato contenido en ellas debe ser cumplido efectivamente por el destinatario.

Las indicaciones anteriores, propias de la norma jurídica, no son para las normas morales, religiosas o sociales, pues en estas:

• No se conceden derechos; simplemente existen obligaciones que hay que cumplir sin que les corresponda un derecho determinado, es decir, son unilaterales.

• Son incoercibles, lo que significa que su cumplimiento no es obligatorio.

• Las normas morales son autónomas, ya que cada individuo puede tener una concepción de lo que es moral o inmoral, y crear así sus propias normas de acuerdo con sus principios, su criterio o su particular punto de vista.

Con el conocimiento, de lo que entendemos por Norma, definamos lo que es Derecho.

Connotados doctrinantes del Derecho, lo definen así:

PLANIOL. Para Planiol, es “el conjunto de reglas a las cuales, bajo la sanción del poder social, está sometido el uso que el hombre hace de su libertad, en sus relaciones con sus semejantes”.

ULPIANO. “Es el arte de lo bueno y lo equitativo”.

Para SANTO TOMÁS DE AQUINO es “Una ordenación de la razón para el bienestar común, promulgada por quien tiene a su cargo el gobierno de la comunidad”.

Según el MARXISMO, derecho es “La voluntad de la clase dirigente erigida ante la ley”.

LUÍS JOSÉ ERAND. Este autor francés, señala que la vida en sociedad implica por su definición misma, la existencia entre los que viven de las relaciones sociales, relaciones que si fueran abandonadas a la arbitrariedad, sino fueran objeto de una reglamentación, no podrían ser realizadas sino por el juego de las fuerzas individuales, por la astucia o por la violencia de sus componentes.

“Tan pronto como los hombres entran en sociedad, la igualdad que está en ellos cesa y el estado de guerra comienza”. Felizmente este estado no es definitivo ni irremediable y en él mismo se encuentran los gérmenes de la redención.

Progresivamente en toda agrupación humana se perfila un modus viven di (modos de vida).

IHERIN

Jurista alemán refiere que “La vida del derecho es una lucha, lucha de los pueblos, del Estado, de las clases, de los individuos” y es preciso reconocer que el derecho implica la injusticia, como la luz se opone a las sombras. Pero al menos el derecho permite resolver pacíficamente los inevitables conflictos, dando al individuo lesionado en su persona o en sus bienes la posibilidad de dirigirse ante los jueces para obtener por medio de ellos sin necedad de hacer justicia por sus propias manos y hallar la reparación de la justicia sufrida”.

Se puede afirmar que casi en todos los países se descubre en el idioma la raíz regere – dirigere

Rigth en Ingles

Recht en Alemán

Diritto en Italiano

Dereito en Portugués

Dept en Rumano

Igualmente, en todas las palabras la expresión está ligada o emparentada con las ideas de dirección, de rectitud, de disciplina.

Como puede verse, la palabra derecho sirve para designar una forma de disciplina social. Por ello, podemos definir DERECHO como “CONJUNTO DE NORMAS, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES CREADAS Y TUTELADAS POR EL PODER PÚBLICO, PARA REGULAR LA CONVIVENCIA ENTRE LOS HOMBRES”.

¿CÓMO SE CLASIFICA EL DERECHO?

Se clasifica, en:

• DERECHO PÚBLICO y DERECHO PRIVADO

• DERECHO NATURAL y DERECHO POSITIVO

DERECHO PUBLICO. Es el que regula el orden general del Estado y sus relaciones con los ciudadanos y los demás Estados. Es el que atañe a la organización de la cosa pública (Organización de la República o del Estado).

En consecuencia, el derecho público comprende un conjunto de normas jurídicas que se ocupan de los gobernantes,

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