ASPECTOS GENERALES SOBRE CRIMINALÍSTICA
JOEL97010 de Julio de 2014
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1. La Criminalística
1.1. Concepto.
Disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, métodos y técnicas de investigación de las ciencias naturales en el examen del material sensible significativo relacionado con un hecho presuntamente delictuoso, con el fin de determinar, en auxilio de los órganos encargados de administrar justicia, su existencia, o bien reconstruirlo, o bien señalar y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo.
1.2. Terminología.
Desafortunadamente, constantemente existe la confusión de los términos -Criminalística, Criminología, Policía científica, Policía técnica, Policiología, etc., los cuales tienen significados diferentes, aun cuando hacen alusión a disciplinas relacionadas entre sí.
La confusión se da constantemente entre Criminalística y Criminología debido a la ausencia de información o a información equívoca. Dicha situación en gran parte se atribuye a los traductores, quienes traducen Criminología por Criminalística, tal vez, debido a que hasta hace poco en el diccionario de la real Academia Española no existía la palabra Criminalística. Por lo anterior, es necesario aclarar los términos ¬Criminalística, Criminología, Policía científica, Policía técnica, Policiología.
1.3. Criminología y criminalística.
La Criminología es la disciplina que se ocupa del estudio del fenómeno criminal, con el fin de conocer sus causas y formas de manifestación. Es decir, se plantea la interrogante del porqué del delito.
Mientras que la Criminalística se ocupa esencialmente del cómo y quién.
1.4. Policiología o policía técnica.
Ésta diciplina, mal llamada Policía científica, consta de reglas prácticas encaminadas a la adecuada realización de las funciones propias de la policía, tales como la persecución y la aprehensión del delincuente.
1.5. Medicina forense y criminalística.
La Medicina Forense, también llamada Medicina Legal, Jurisprudencia Médica o Medicina Judicial, es una rama de la Medicina que determina el origen de las lesiones sufridas por un herido o, especialmente, la causa de la muerte mediante el examen de un cuerpo sin vida.
La Medicina Forense al igual que la criminalística es coadyuvante en la construcción del conocimiento técnico sobre el análisis material del crimen y la conducta de quienes lo comenten, según lo señaló el Mtro. Quiroz Cuarón.
1.6. Psiquiatría forense y criminalística.
Ciencia auxiliar del Derecho Penal, que estudia las enfermedades mentales de los delincuentes, a fin de determinar su responsabilidad atenuada o nula, dentro de los principios criminales clásicos o la necesidad de uno u otro de los tratamientos que por conveniencia individual y medidas de seguridad deba adoptarse.
Tanto la Psiquiatría forense como la criminalística, son auxiliares del Derecho Penal y tienen como objetivo coadyuvar con la impartición de justicia ante el órgano jurisdiccional.
1.7. Ciencia teórica y ciencia aplicada o técnica.
La Criminalística es una ciencia teórica, ya que consta de un conjunto de conocimientos verdaderos o probables, metódicamente obtenidos y sistemáticamente organizados, respecto a una determinada esfera de objetos, relacionados con presuntos hechos delictuosos.
Asimismo, es una técnica o ciencia aplicada, pues para la resolución de los casos concretos, el experto en Criminalística aplica los principios generales o leyes de esta disciplina.
2. La Ciencia criminalística.
2.1. El método.
Método es el camino o procedimiento general que se debe seguir para llegar a resultados verdaderos o útiles en la investigación científica. La ordenación del método no se puede invertir arbitrariamente, como tampoco la de un itinerario, sin riesgo de no llegar a su debido término.
2.2. Las Técnicas.
Son los procedimientos particulares que se aplican en auxilio del método general de trabajo establecido. Por ejemplo, ante el estudio de un objeto-problema se establece como parte del método de trabajo su observación. Ahora bien, en virtud de su escaso tamaño, es necesario realizarla mediante el auxilio de técnicas microscópicas específicas.
Por ende, podemos decir que la principal diferencia entre método y técnica consiste en el carácter general del primero y el carácter particular de la segunda.
2.3. La Investigación.
Es el estudio, búsqueda o indagación que se realiza con el fin de encontrar algo. En nuestro caso, ese algo es un conocimiento verdadero o cuando menos útil para los fines que perseguimos.
2.4. Las ciencias naturales.
Estudian los entes y fenómenos del mundo real, en tanto no dependen de la acción directa y principal del hombre. Se oponen a las llamadas ciencias culturales, ciencias de la cultura o ciencias del espíritu, que se ocupan del estudio de las cosas y fenómenos producidos por el hombre en cuanto tal, es decir, en cuanto ser pensante o racional. De estas ciencias, por ejemplo, la Sociología estudia las estructuras sociales creadas por el hombre para vivir comunitariamente; el Derecho estudia las instituciones jurídicas creadas por el hombre para vivir ordenada, justa y pacíficamente en sociedad; la Economía se ocupa de las formas y sistemas ideados por el hombre para resolver el problema de su subsistencia y comodidad.
Las ciencias naturales en que más se apoya la Criminalística son la Física, la Química y la Biología.
2.4.1. La Física.
De la Física aplica: a) los principios de la mecánica, para resolver, entre otros, los problemas que plantea el estudio técnico de los hechos de transito; b) los principios de la óptica, base de la microscopía y la fotografía, para observar el material sensible microscópico y para fijar fotográficamente todo lo observado; c) los principios del espectro electromagnético, fundamento del espectrofotómetro ultravioleta e infrarrojo, para el examen del material sensible microscópico de naturaleza orgánica e inorgánica utilizando el primer instrumento, y de naturaleza orgánica con el segundo; dichos principios son, a su vez, fundamento de los rayos X para descubrir la falsificación de obras de arte de naturaleza pictórica; d) los principios de la Física Atómica, fundamento del espectrógrafo de masas, para el análisis de micro material sensible; e) los principios de la Física nuclear, fundamento del análisis por activación de neutrones, para el examen del material sensible microscópico, permitiendo entre otras cosas, presumir cual fue la mano que hizo un disparo con arma de fuego; etc.
2.4.2. La Química.
De la Química esencialmente la Analítica, aplica sus principios con el fin de identificar drogas, pinturas, polvos, pólvoras, sangre, semen, tintas, etc.; además de aplicar métodos físico-químicos que son, ante todo, cromatográficos ( cromatografía en papel, en capa fina y de gases), para identificar drogas.
2.4.3. La Biología.
De la Biología aplica las siguientes técnicas: reacción de sueros precipitantes, reacción de desviación del complemento y reacción de Pfeiffer (anafilaxix), como parte del estudio de las manchas de sangre, semen y saliva; y los conocimientos histológicos en el estudio de pelos, sangre y semen.
2.5. El examen.
Es el análisis que se hace de una cosa o fenómeno, con el fin de conocer sus principales características, su forma de ser, sus relaciones con otras cosas o fenómenos, etc.
2.6. El material sensible.
Está constituido por todos aquellos elementos (objetos, huellas, etc.) que son aprehendidos o percibidos mediante la aplicación de nuestros órganos de los sentidos (vista, oído, tacto, olfato y gusto). A fin de lograr una adecuada captación del material sensible, nuestros sentidos deben estar debidamente ejercitados para esos menesteres, y de preferencia deben ser aplicados conjuntamente al mismo objeto, para evitar toda clase de errores y distorsiones.
2.7. El material significativo.
Es el material sensible que se selecciona para ser sometido a estudio, debe estar íntimamente relacionado con el hecho que se investiga.
2.8. El presunto hecho delictuoso.
Cuando el experto en Criminalística interviene en la investigación de un hecho determinado, no puede saber de antemano si se trata o no de un verdadero delito. Si se solicita su intervención es porque se cree se presume que se ha cometido un delito, pero la verdad sólo se sabrá después de concluidos los estudios e investigaciones.
3. El lugar de los hechos.
3.1. Protección y conservación.
Según el diccionario de la Real Academia Española en su vigésima tercera edición, protección es la acción y efecto de proteger. Y proteger, en su segunda acepción, es resguardar a una persona, animal o cosa de un perjuicio o peligro, poniéndole algo encima, rodeándole, etc.
En cuanto a la palabra conservación, el mismo diccionario de la Real Academia Española establece que es la acción y efecto de conservar.
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