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AUDIENCIA DE EVALUACION Y PREPARATORIA DE JUICIO


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2019  •  Trabajos  •  1.744 Palabras (7 Páginas)  •  247 Visitas

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES

EXTENSIÓN IBARRA CARRERA: DERECHO

[pic 1]

ESTUDIANTE FRANCIS MAIGUA

TEMA

AUDIENCIA DE EVALUACION Y PREPARATORIA DE JUICIO

ASIGNATURA PRÁCTICA PROCESAL PENAL I

NIVEL SEPTIMO B

PERIODO ACAMICO OCTUBRE 2019 – FEBRERO 2020

TENENCIA DE ARMA

[pic 2]

CASO:

Mario que esta guardan prisión preventiva en el centro de rehabilitación social de ciudad de Quito, solicita la sustitución de la prisión preventiva por la presentación periódica ante el juez de Garantías Penales de la ciudad de Ibarra. Mario háyase involucrado en el delito de tenencia ilegal de arma de fuego.

ART 360 INCISO PRIMERO CODIGO ORGANICO INTETEGRAL PENAL

La tenencia consiste en el derecho a la propiedad legal de un arma que puede estar en determinado lugar, dirección particular, domiciliaria o lugar de trabajo, para lo cual se requiere autorización de la autoridad competente del Estado. La persona que tenga armas de fuego sin autorización, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año.

ALEGATO

ALEGATO

Señor juez de conformidad con el Art 604 del Código Orgánico Integral Penal, se ha escuchado la intervención el señor fiscal y del acusador particular y este punto de mi intervención en calidad de Abogado Patrocinador del procesado, me referiré a la orden de prisión preventiva ordenada en contra del señor Mario Armando Chávez Tinajero, Sargento Segundo de la Policía Nacional, debo indicar que a fecha la orden de prisión preventiva no cumple con el requisito tercero del Art 534 del Código Orgánico Integral Penal, esto es: Indicios de los cuales se desprenda que las medidas cautelares no privativas de la libertad son insuficientes y que es necesaria la prisión preventiva para asegurar su presencia en el juicio o el cumplimiento de la pena.

En tal virtud en amparo de lo que dispone el Art. 536 solicito sea sustituida la medida de prisión preventiva por las medidas cautelares previstas en el Art 522 numeral 1 y 2, esto es Prohibición de ausentarse del país. Y Obligación de presentarse periódicamente ante la o el juzgador que conoce el proceso o ante la autoridad o institución que designe, puesto que esta defensa cuenta con los documentos que justifican arraigo social económico y domiciliario, elementos de convicción que acreditan a mi defendido como una persona honrable, Policía Nacional en servicio activo, que por descuido olvido devolver el arma de fogueo de entrenamiento policial, dada la caducidad de su permiso para tenencia de arma, no obstante, no representa riesgo para la sociedad o peligro de fuga, ya que al cargo que ocupa justifica bastamente arraigo laboral, social y domiciliario; dicho esto su autoridad por intermedio de fiscalía se servirá constatar en el expediente:

  1. Certificación emitida por la Oficina de Talento Humano de la Policía Nacional, con el cual se justifica la calidad que ostenta dentro de la institución mi defendido.
  2. Certificado emitido por la Oficina de Armas de la Policía Nacional, con el cual se justifica la asignación del arma de fogueo.
  3. Certificado emitido por la Oficina de Armas de la Policía Nacional, con el cual se justifica la fecha de entrenamiento policial y no devolución del arma de fogueo asignada a mi defendido.

  1. Certificado del AFIS (Automatizados de Identificación de Huellas Dactilares) para portar armas, con el cual se justifica que el señor posee un permiso de tenencia de armas caducado, por lo tanto, la tenencia de la misma no tenía por objeto cometer un delito, puesto que al ser es Policía Nacional en servicio activo este constituye una herramienta de entrenamiento policial y trabajo.
  2. Certificado de antecedentes no poseer antecedentes penales emitido Coordinador De La Unidad Judicial De Garantías Penales De Ibarra, con el cual se justifica que mi defendido jamás ha cometido un delito de esta naturaleza u otra.
  3. Certificado de no poseer antecedes en violencia intrafamiliar emitido por la Señora Jueza De La Unidad Judicial De Violencia Contra La Mujer o Miembros Del Núcleo Familiar Con Sede en el Cantón Ibarra, lo cual acredita una vez mas que, no nos encontramos frente a una persona peligrosa.
  4. Certificado de no poseer antecedes en violencia intrafamiliar, con el cual se justifica que mi defendido no es una persona violenta, sino al contrario tiene un buen comportamiento con los miembros de sus núcleo familiar.

CERTIFICADO DEL CARGO QUE OSTENTA

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Ibarra, 29 de Noviembre del 2019

El suscrito señor Capitán de Policía Miguel Ángel Chávez Cruz, Jefe de Talento Humano del Distrito Ibarra de la Subzona Imbabura No. 10, a petición verbal del interesado

CERTIFICA

Que conoce al señor MARIO ARMANDO CHÁVEZ TINAJERO, con cédula de identidad No. 100267895.9, puesto que Labora en la institución de la Policía Nacional del Ecuador, en el Destacamento del Distrito Ciudad Blanca de la Subzona Imbabura No. 10, en calidad de SARGENTO SEGUNDO, el cual ingreso a partir del día 16 de agosto del 2010 hasta la presente fecha, percibiendo una remuneración mensual unificada de $ 1.500 dólares de los Estados Unidos de América

Es todo cuarto puedo comunicar en honor verdad pudiendo el interesado hacer uso del presente documento para los fines legales que estime conveniente.

Atentamente,

DIOS, PARTRIA Y LIBERTAD

POLICÍA MIGUEL ÁNGEL CHÁVEZ CRUZ

JEFE DE TALENTO HUMANO DEL DISTRITO IBARRA DE LA SUBZONA IMBABURA NO. 10

CERTIFICADO DE ASIGNACION DE ARMA DE FOGUEO

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Ibarra, 29 de Marzo del 2019

El suscrito señor Capitán de Policía Antonio David Salazar Días, Jefe de Talento Armas del Distrito Ibarra de la Subzona Imbabura No. 10, a petición verbal del interesado

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