Adiestramiento basico. Seguridad privada en los bienes
joseluislarios3 de Agosto de 2014
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MANUAL DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO BASICO
MODALIDAD II:
“SEGURIDAD PRIVADA EN LOS BIENES”
INDICE
I.- MARCO JURÍDICO DE LA SEGURIDAD PRIVADA
I.1.- Definición de seguridad privada
I.2.- Inducción a la empresa
I.3.- Derechos y deberes del guardia de Seguridad Privada
I.5.- Limites de actuación, normas y leyes que regulan las actividades del personal de Seguridad Privada
I.6.- Limites de acción de la Seguridad Privada en Monterrey, Nuevo León.
I.7.- Auxilio y Colaboración con Autoridades
II.- PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN
II.1.- Principios de Actuación durante el servicio.
II.2.- Persuasión Verbal y Psicológica
II.3. Desempeño y acciones básicas a desarrollar por el personal de Seguridad Privada.
III. TÉCNICAS OPERATIVAS
III.1.- Uso del Equipo disponible para la prestación del servicio (Instrumentos no letales).
IV. ACONDICIONAMIENTO FÍSICO Y DEFENSA PERSONAL
IV.1.- Acondicionamiento Físico
IV.2.- Defensa Personal
V. CONTROL DE SITUACIONES DE EMERGENCIA
V.1.- Control de Situaciones de Emergencia
IV.2.- Primeros Auxilios
VI. DERECHOS HUMANOS
VI.1.- Los Derechos Humanos en México
VII. CONSIGNAS A SEGUIR PARA LA SEGURIDAD PRIVADA EN LOS BIENES
VII.1. Procedimientos y acciones básicas a realizar durante la Prestación del servicio
I. MARCO JURÍDICO DE LA SEGURIDAD PRIVADA
I.1. Definición de Seguridad Privada
SEGURIDAD PRIVADA: La actividad o servicio que conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas vigentes, realizan o prestan para sí o para terceros, los prestadores, los autorizados, los permisionarios y las Instituciones Oficiales debidamente registrados por la Secretaría, que tiene por objeto proteger la integridad física de personas específicamente determinados y/o de su patrimonio; prevenir la comisión de delitos e infracciones en perjuicio de éstos; auxiliarlos en caso de siniestros y desastres, y colaborar en la aportación de datos o elementos para la investigación y persecución de delitos, en forma auxiliar y complementaria a la seguridad pública y previa autorización, licencia, permiso o aviso de registro expedido por las autoridades competentes.
Esta empresa SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE PERDIDAS S.A DE C.V. de Seguridad Privada tiene la cualidad de ser una empresa intramuros.
Buscando soluciones a cada evento de la vida cotidiana y a la problemática delictiva que cada uno nos enfrentamos día con día, la seguridad privada tiene como objetivo primordial, la prestación de servicios de vigilancia y protección a particulares en su propio entorno.
Nuestra empresa, experta en la materia está plenamente capacitada en los siguientes rubros, seguridad patrimonial, seguridad industrial, primeros auxilios y control y prevención de incendios. Nuestro objetivo va mas allá de ofrecer un servicio de Seguridad Privada tal como empresas o negocios, nuestro objetivo es garantizar la seguridad y el bienestar de nuestros usuarios.
Somos una empresa que brinda ven tajas para la protección de los particulares, con responsabilidad absoluta de personal a nuestro cargo, además se cuenta con supervisión de mandos de manera continua.
Tratamos de brindar una amplia respuesta en respuesta inmediata ante cualquier acto que cause un detrimento en el patrimonio. La empresa cuenta con apoyo jurídico al servicio prestado.
Esta empresa está constituida apegada a todas las normas y registro que las autoridades competentes requieren para ostentarse como una verdadera empresa de Seguridad Privada, que nos permite dar la confianza de ofrecer un servicio de calidad y sobre todo con la capacidad necesaria para responder a esta problemática que al día de hoy nos lacera de manera abrumada e indiscriminadamente.
Por su parte cabe señalar la importancia que tiene la Seguridad Privada y que este reglamentada ya que la Ley Federal de Seguridad Privada en su artículo 2 señala lo siguiente.
Artículo 2.- Actividad a cargo de los particulares, autorizada por el órgano competente, con el objeto de desempeñar acciones relacionadas con la seguridad en materia de protección, vigilancia, custodia de personas, información, bienes inmuebles, muebles o valores, incluidos su traslado; instalación, operación de sistemas y equipos de seguridad; aportar datos para la investigación de delitos y apoyar en caso de siniestros o desastres, en su carácter de auxiliares a la función de Seguridad Pública.
Faltas Administrativas
Una falta administrativa es una conducta que altera el orden público sin dañar gravemente las propiedades o la salud de las personas, por ejemplo: tomar bebidas alcohólicas y orinar en la vía pública.
Estas faltas están contenidas en reglamentos, ordenanzas o bandos de policía y buen gobierno de los municipios. Pueden ser castigados con arrestos que no deben de exceder de 36 horas, o con una multa cuyo monto debe basarse al salario mínimo vigente.
Delitos
A diferencia de las Faltas Administrativas, un delito es una conducta típica que se adecua al tipo, que si daña gravemente la propiedad, la salud o la integridad de las personas o de la comunidad, existen delitos más graves que otros, pero en todos persiste el daño.
Los delitos se describen en los códigos penales y se castigan con multa o cárcel la cual no podrá exceder de 50 años.
El Ministerio Público y los Jueces tienen la obligación de investigar los delitos, al Poder Judicial le toca juzgar los mismos, los juicios y la sanción deben ser respetuosos de la dignidad de toda persona.
I.2. Inducción a la empresa
En cualquier sociedad existen problemáticas de índole económica y cultural, que como consecuencia tiene altos índices de eventos delictivos, y nuestro país no es la excepción, para ello contamos con leyes que establecen con claridad la competencia de las autoridades en materia de Seguridad Pública y derecho de los particulares a desempeñar labores de Seguridad Privada. Bajo tales principios un grupo de profesionales decidió unificar esfuerzos y experiencia constituyéndose como SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE PERDIDAS S.A DE C.V., teniendo como objetivo principal la prestación de servicios de vigilancia y protección para los particulares en su propio entorno.
Una de las tareas iníciales de la empresa, consistió, en una búsqueda de soluciones aplicadas en este país, en el análisis riguroso de la problemática y un diagnostico de las empresas o corporaciones que ya prestaban el servicio de protección, encontrándonos con un panorama confuso y poco satisfactorio para los usuarios como lo es la prepotencia, falta de pericia, de experiencia, escasa educación, nivel cultural muy bajo, nula capacitación entre otros como la ausencia de límites entre la actuación como guardia de Seguridad Privada y Servidor Público.
Nuestra empresa trata de conformarse en un organismo que lucha por prevenir futuras consecuencias, además ofrecemos elementos preparados con alto nivel de capacidad pero accesibles a nuestros usuarios y apegados a la ética empresarial moderna e innovadora que busca continuamente la excelencia y satisfacción total.
I.3. Derechos y deberes de los elementos de seguridad privada
Hablar de los derechos y de los deberes del personal de Seguridad Privada es una situación compleja, para la cual se tiene que desentrañar el concepto de derecho para poder explicarlo, un derecho es la facultad que tiene un ser humano de ejecutar, hacer y exigir todo aquello que la ley o la autoridad no prohíbe o bien que se tengan ciertos privilegios sobre algo.
La Constitución de 1917 consigno un capitulo de garantías sociales, y quedo plasmado en el artículo 123, sentando las bases fundamentales que habrían de seguirse para regular las relaciones obrero- patrón dentro del marco de justicia social.
Hoy en día los derechos de los trabajadores se encuentran regulados en la Ley Federal del Trabajo, por lo que es importante para nuestra empresa que nuestros colaboradores conozcan ampliamente sus derechos como trabajadores, que como ya se menciono están regulados en la Constitución y en la Ley, tales como las jornadas, salarios, vacaciones, etc., pero obviamente se tiene que acreditar obligaciones para poder ejercer dichos derechos.
Los elementos de Seguridad Privada tendrán derecho a:
• Recibir capacitación que les permita desempeñar eficazmente su trabajo
• Disponer de los recursos materiales y técnicos que cuente la empresa de seguridad y que garanticen su seguridad.
• Recibir sueldo integro y puntual. No se permitirán las cuotas y prestaciones al margen de la ley con el fin de conservar el empleo u obtener favores, beneficios, etc., de carácter personal
• Recibir un trato respetuoso de sus superiores y a un uniforme por lo menos cada año.
• No ser ridiculizado, discriminado o relegado en cualquier forma por favoritismos o preferencias
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