Administraciòn pùblica
lilita041 de Mayo de 2013
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GUIA DE ESTUDIOS
ASIGNATURA: ADMINISTRACION PÚBLICA
Objetivo: Conocer e interpretar los principios constitucionales y legales que rigen al Estado Democrático y Social de Derecho en Venezuela, identificando los fundamentos jurídicos del Estado regulador, proveedor de bienes y prestador de servicios.
EL ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA EN VENEZUELA
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en su articulo 2 consagra ” Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”.
Mediante esta disposición constitucional el Estado Venezolano compromete su existencia al el privilegio que le asigna a los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados por la universalidad de sus titulares y desarrolla en forma precisa lo previsto en su preámbulo, cuyo texto señala:
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático… Omissis… (Énfasis añadido)
El espíritu, propósito y razón de este planteamiento radica, no sólo en el hecho de que en adelante la acción del Estado debe obedecer a la voluntad del pueblo en su rol de verdadero propietario del Poder Público, sino que, al mismo tiempo, permite comprender cómo esa idea del Estado va a estar sujeta y condicionada por la evolución de la mentalidad humana, organizada en la sociedad. De esta manera, la idea del Estado se va a enriquecer y a perfeccionar hasta alcanzar elevados grados de complejidad, acordes con el grado de evolución y de complejidad de la sociedad que la crea y la pone en funcionamiento. Así, se observa que la mentalidad humana, al comprender que era necesario dar fin a la apropiación individual del Poder Público, no sólo lo va a depositar en esa entidad llamada Estado, sino que organiza su ejercicio y su funcionamiento mediante la creación de reglas jurídicas, dando origen al nacimiento del Estado de Derecho. Esta importante evolución trae como consecuencia la necesidad de buscar fórmulas para designar y revocar a quienes debían ejercer el poder público en nombre del Estado, surgiendo así el Estado Democrático.
Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios suscritos por Venezuela. Su finalidad radica en crear, conservar y comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar general. Por ello, la justicia, la educación, la salud, la seguridad social, el propender a un desarrollo integral de la sociedad y del individuo, el establecimiento y la protección de los derechos humanos, siendo funciones indelegables del Estado. Aquellas que pueden acometer con mayor eficacia y eficiencia en la medida en que sea inherentes a la persona humana, es decir funciones que cuadran al estado en virtud de los fines y medios que estén a su alcance, así como la mejor preparación de sus actores gubernamentales para ejecutar las tareas que la Constitución y las leyes de la República le emanan.
Por lo tanto, la CRBV en tiempos de la modernidad, estimula a sus ciudadanos a fomentar el espíritu de solidaridad, responsabilidad y ponderación en sus acciones ante otros organismos que no se inscriben en la función social. En este sentido, el cumplimiento de su función debe avocarse a orientar y apuntalar a la sociedad hacia la protección de los derechos humanos. No basta establecer bases teóricas y leyes para el entendimiento de estos derechos, sino que debe ir más allá, hasta llegar a la función de educar, proteger, asistir y colaborar con aquellos ciudadanos y ciudadanas a quienes les han sido vulnerados sus derechos humanos.
No obstante a lo expresado, es propicio a los efectos de interpretar la letra constitucional, esbozar algunos los conceptos de los términos que abarcan esta definición en un Estado moderno.
Estado: Algunos intelectuales lo definen:
- Max Weber: Señala que es una organización respaldada por el denominado monopolio de la violencia legítima. Por eso está integrada por organismos poderosos como lo son las fuerzas armadas, la policía y los tribunales, ya que él se encarga, entre otras cosas, de garantizar las funciones y obligaciones de gobierno, defensa, seguridad y justicia en un espacio específico.
- Méndez y Molinero: Expresaron que para que exista un Estado deben cumplirse dos componentes fundamentales, el territorio o el control de un espacio determinado y la sociedad, una comunidad políticamente organizada.
- Ignacio Molina: Expresó que el concepto de Estado es central en la ciencia política y designa la manera de organización jurídico-política por antonomasia (por excelencia). Surge al mismo tiempo que la idea de soberanía y es la plasmación estática de esta. En definitiva se trata de la formalización de una determinada autoridad pública permanente con poder sobre el territorio que gobierna y los individuos que en él residen.
En función de los conceptos señalados, el concepto de Estado se refiere a la estructura y organización de un poder “soberano” y coercitivo, que se asienta de manera permanente sobre un territorio determinado, y se ejerce con poder de mando sobre su población. Esto significa que Estado no es la forma de cómo se gobierna un país, sino la estructura básica con la cual el gobierno puede ejercer su acción. De dicha estructura, asociada al devenir histórico y a la cultura específica de cada país, dependerán sus instituciones, su división administrativa y su forma de gobierno.
En Venezuela el concepto que se maneja es el de Estado-Nación esbozado por Weber, que señala que se trata de un tipo de organización donde el estado posee el monopolio absoluta de la fuerza dentro del territorio siempre y cuando sus objetivos sean de integración y homogeneización de la población. Este Estado exige elementos como una organización política, un ordenamiento jurídico, el territorio delimitado, un aparato de gobierno y una población que resida en los límites establecidos.
Es oportuno aclarar que el Estado es una noción con valor político que sirve para presentar una organización social soberana y coercitiva con alcance social, inclusive económico. De esta forma, el Estado agrupa a ciertas instituciones con un alto grado de autoridad y potestad para regular y controlar el funcionamiento de la comunidad dentro una superficie concreta a través de leyes que dictan dichas instituciones y responden a una determinada ideología política. Es por ello que se señala que el Estado requiere de tres elementos básicos: Un territorio, una población y un sistema jurídico de regulación y control.
En otras palabras, el Estado, es la forma de organización social que se asume en un territorio determinado, tiene una estructura propia y ejerce el control del mismo a través de los órganos creados para tales fines. De este modo, el Estado se forma cuando la sociedad organizada decide darle forma jurídica a lo que ya existe, por medio de la creación de las leyes y las instituciones que se encargan de aplicarlas, para de esa manera, regular la conducta de sus ciudadanos.
Territorio: Es la delimitación geográfica donde un Estado ejerce y dispone su autoridad mediante una autoridad legítima. Este término se refiere ante todo al país como tal, por cuanto, hace relación a su espacio físico en un territorio o región determinada. El territorio venezolano es, como lo establece el artículo 10 de la Constitución "los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbítrales no viciados de nulidad..."
Características:
- Constituye una unidad jurídica, puesto que todo el territorio forma parte de lo que se conoce como República Bolivariana de Venezuela.
- Desde el punto de vista geográfico:
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