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Enviado por   •  22 de Mayo de 2014  •  1.113 Palabras (5 Páginas)  •  191 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

(FILIAL PARAGUARI)

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

TRABAJO PRÁCTICO DE RÉGIMEN LEGAL

• EL COMERCIO

• COMERCIANTE EN PARTICULAR Y AUXILIARESDEL COMERCIANTE

ANA MARÍA BOGADO PICCO

PROF. ABOG.: VIDAL SÁNCHEZ

SEGUNDO AÑO – TERCER SEMESTRE

AÑO 2014

UNIDAD I

EL COMERCIO

Concepto: Es actividad socio económica consistente en el intercambio de algunos materiales que sean libres en al mercado de compra y venta de bienes y servicios, ya sea para su uso, venta o transformación.

Definición del comercio desde el punto de vista económico: Es la actividad de intermediación entre productores y consumidores, con vistas a la realización lucrativa del cambio.

Definición del comercio desde el punto de vista jurídico: Es aquella actividad que el legislador reconoce como mercantil.

Fines: Es obtener “lucro o ganancia” en la intermediación habitual entre las ofertas de quienes puedan proporcionar “bienes y servicios”, y quienes precisan de adquirir los mismos, pero no pueden o quieren negociar directamente con los proveedores de ellos.

Importancia: Ésta radica en permitir la circulación de “bienes y servicios” dejándolos a disposición de los interesados en adquirirlos o contratarlos, permitiendo que en ésta operación fluctúen las leyes de la oferta y demanda, generando, en consecuencia, una serie de actividades comerciales menores y relacionadas.

De los actos de comercio: El “Acto de Comercio” es ante todo, un “Acto Jurídico”, que se define como la acción humana, consciente, licita, destinada a crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones.

EL COMERCIANTE

Definición: Es la persona física o jurídica quien ejerce en forma “habitual y profesional” cualquiera de las actividades consideradas “comerciales”. Las personas que realizan profesionalmente actos de comercio; las sociedades que tengan por objeto principal la realización de actos de comercio.

Importancia de la distinción entre el comerciante y no comerciante: Conforme la definición de Comerciante, se puede deducir que existen personas físicas y jurídicas que en forma eventual efectúan actos de comercio y no por ello adquieren el carácter de Comerciantes conforme nuestra legislación.

CLASIFICACIÓN DE LOS COMERCIANTES: INDIVIDUAL Y SOCIAL.

Comerciante Individual: Son las personas naturales, titulares de una empresa mercantil.

Comerciantes Sociales: Que son las sociedades de personas.

El Comerciante Individual: Son las personas naturales, titulares de una empresa mercantil. Este concepto identifica al titular de la empresa mercantil con los términos de comerciante y empresario; sin embargo, la misma ley por medio de las disposiciones concretas va limitando poco a poco su comprensión. Por ejemplo, según algunos códigos de comercio no son comerciantes individuales los agricultores ni los artesanos que no tienen almacén o tienda para el expendio de sus productos ni las personas naturales incapaces o inhábiles.

La calidad del comerciante: Los que tienen la calidad de comerciantes según la ley, están sujetos a la legislación comercial en los actos que realicen como tales.

Emancipación: Es el medio a través del cual los menores se sustraen a la patria potestad de los padres, o a la autorización del tutor, y adquieren capacidad de ejercer los actos de la vida civil.

Prohibiciones para ejercer el comercio:

• El ejercicio profesional de otros actos de comercio, sea por sí o bajo nombre de terceros.

• Hacer descuentos, bonificaciones o reducción de comisiones arancelaria o exigir del comprador mayores beneficios por la venta.

• Tener participación en el precio que se obtenga en el remate a su caro, no pudiendo convenir sobre diferencias a su favor o de terceras personas.

• Ser partícipe o tener interés directo o indirecto en los bienes cuya venta se le encomienda.

• Comprar por cuenta de terceros, directa o indirectamente, dichos bienes.

• Suscribir boletos de compraventa sin la autorización expresa del comitente.

• Aceptar ofertas que no sean hechas de viva voz.

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