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jenifertobar16 de Abril de 2014

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PLANES DE BENEFICIOS

En desarrollo de los artículos 48 y 49 de la constitución política, el Estado debe garantizar el derecho a la salud de cada ciudadano y regular el conjunto de beneficios en esta área a que tiene derecho, como servicio publico esencial que es ella.

PLANES DE BENEFICIO SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD:

Conjunto de actividades, procedimientos, suministros y reconocimientos que se brinda a las personas, con el propósito de mantener o recuperar la salud y evitar el menoscabo de su capacidad económica derivada de la incapacidad temporal por enfermedad general, maternidad y la incapacidad, discapacidad o invalidez derivada de los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Son siete los planes de beneficios.

Cada individuo se relaciona con en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, según una de las siguientes categorías: cotizante (trabajador que paga al sistema un porcentaje de su salario para la atención en salud), beneficiario (miembro del grupo familiar beneficiario del cotizante), subsidiado o vinculado.

* Plan de atención básica en salud. PAB.

* Plan obligatorio de salud del régimen contributivo. POS.

* Plan obligatorio de salud del régimen subsidiado. POS-S.

* Atención en accidentes de tránsito y eventos catastróficos. SOAT.

* Atención inicial de urgencias.

* Planes Complementarios En Salud (Pacs)

* Atención Materno-Infantil

PLAN DE ATENCION BASICA (PAB)

Es el plan es brindado por el Estado, contiene acciones individuales y colectivas de información, educación para salud, prevención primaria y diagnóstico precoz de enfermedades con gran influencia en la salud colectiva (es decir, que tiene altas externalidades).. Con este plan se pretende el beneficio de todas las personas del territorio nacional. Es obligatorio para todas las entidades territoriales (Departamentos, municipios y Distritos). Los criterios básicos de este plan son: focalización de personas con más alto riesgo; atención a las enfermedades de más alto costo-efectividad en su manejo; atención a aquellas que representen el mayor número de años de vida saludable perdidos (AVISA) y a las que generen alto compromiso comunitario, así como, actividades de promoción de la salud.

Este plan tiene acciones de prevención como tamizaje en salud visual en niños menores de 12 años, vacunación a grupos poblacionales específicos, vacunación antirrábica a los perros y gatos, control de la calidad sanitaria de agua y alimentos, control de vectores, entre otros; también, actividades de control de factores de riesgo, de enfermedades sujetas a vigilancia epidemiológica; diagnostico y detección precoz de enfermedades que alteren la reproducción o morbilidad perinatal y acciones de promoción con educación masiva que ayuden aumentar la demanda a los servicios de salud. También, incluye actividades tales como educación al público en salud, control del consumo de tabaco y alcohol, la complementación nutricional y la planificación familiar, la desparasitación escolar y las campañas de prevención, detección precoz y control de enfermedades transmisibles como el SIDA, la tuberculosis y la lepra, y enfermedades tropicales como la malaria.

Sus contenidos son definidos por el ministerio de salud, es de carácter obligatorio y gratuito, dirigido a todos los habitantes del territorio nacional, prestado directamente por el Estado y sus entidades territoriales (departamentos, distritos, municipios) o por particulares contratados. El Estado mediante el Ministerio de la Protección Social y todos los entes territoriales son responsables de la planeación, financiación, ejecución y control del PAB, adoptándolo como parte del plan territorial de desarrollo. Para su ejecución podrán contratar, entre otras, con las Empresas Promotoras de Salud (EPS), Cajas de Compensación Familiar (CCF); Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), las comunidades y las Empresas Solidarias de Salud (ESS).

El PAB es financiado con recursos del situado fiscal destinados al fomento de la salud y prevención de la enfermedad, con dineros procedentes del Fondo de Solidaridad y garantías (FOSYGA, subcuenta de Promoción y Prevención);recursos procedentes de los impuestos a las apuestas, licores y a las armas; recursos fiscales derivados de los programas nacionales del Ministerio y con recursos que para efecto destinen los entes territoriales.

Además de lo anterior, este plan maneja el modelo de campañas de promoción y prevención por grupos de edad, es decir, campañas dirigidas a las enfermedades de más impacto social en determinada etapa de la vida, como por ejemplo el control de Enfermedad Diarreica aguda (EDA) en menores de 5 años, la mamografía cada 2 años a partir de cierta edad y otros.

Cada entidad territorial organizará el pab local de salud. La financiación está a cargo de recursos fiscales, el fosyga y los recursos departamentales y municipales.

PAB: responsables los entes territoriales

Contenido:

1.acciones de promoción de conformidad con las competencias del sector salud

salud integral de niños, niñas y adolescentes, en la tercera edad, en personas con deficiencias, discapacitadas, minusválidas y de la población del sector informal de la economía

salud sexual y reproductiva

prevención de violencia intrafamiliar

exposición al tabaco y alcohol

condiciones sanitarias del ambiente

información acerca de los derechos de la población en el SGSSS

acción comunitaria y participación social

2. acciones de prevención

tamizaje en salud visual en niños y niñas escolares

vacunación antirrábica a perros y gatos

3. acciones conducentes a orientar a la población hacia la prevención y la detección precoz

identificar a la población que no haya sido cubierta por la prevención

orientar a la población identificada en riesgo para que accedan a los servicios

seguimiento de poblaciones que son atendidas en servicios de detección precoz hasta lograr Dx definitivo y tto oportuno

4. los siguientes servicios y beneficios estarán incorporados a los planes de salud del régimen contributivo y subsidiado y serán a cargo del subsidio a la oferta para la población vinculada

vacunación según el PAI

control de crecimiento y desarrollo en niños(a) < de 12 años

fluorización y detartraje en 5-14 años

planificación

control prenatal

parto limpio y seguro

citología cervico uterina en mujeres de 25 – 65 años

examen de mama en mujeres > de 35 años

5. acciones de vigilancia en salud publica y control de factores de riesgo

calidad del agua para consumo humano, de procesos de producción, transporte y expendio de alimentos para consumo humano

los vectores que generan riesgo para la salud publica

recolección y análisis de las enfermedades o eventos sujetos a control

factores de riesgo a que esta expuesta la población

Prevención de las siguientes enfermedades: inmunoprevenibles, TBC, meningitis bacteriana, fiebre reumática, lepra, ETS, HIV/sida, cólera, rabia, hepatitis B;C y delta

investigación y control de brotes y epidemias

6. otras acciones de prevención, promoción y vigilancia según las necesidades de la población

PLAN OBLIGATORIO EN SALUD (POS):

Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho todo afiliado el régimen contributivo, y sus beneficiarios, que cumplan con las obligaciones establecidas para el efecto. Tales servicios los prestan las Empresas Promotoras de Salud (EPS’s) y las entidades adaptadas. También, incluye los reconocimientos económicos a que tiene derecho todo cotizante, en determinadas circunstancias (licencia de maternidad, incapacidad laboral, invalidez).

Los contenidos del POS son definidos por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS) e incluyen educación, información y fomento de la salud y, la prevención, diagnóstico y rehabilitación de la enfermedad así como el suministro de los medicamentos esenciales. Para la familia del cotizante el plan es similar pero en su financiación concurrirán los pagos moderadores, especialmente en el primer nivel de atención. La atención esta regulada a través del Manual de Procedimientos e Intervenciones (MAPIPOS).

A través de este plan se debe responder a todos los problemas de salud conforme lo disponga el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS). Se financia con las contribuciones de afiliados y empleadores a este sistema. Las EPS se financian con los recursos que les reconoce el Sistema General de Seguridad Social en Salud por concepto de las Unidades de Pago por Capitación (UPC), las cuotas moderadoras y los copagos; definidos por el CNSSS.

La atención es prestada por las IPS mediante contratación con las EPS, las cuales son las que administran y garantizan dicho régimen. Esta reglamentada por el Manual de Procedimientos e intervenciones del Plan Obligatorio de Salud (MAPIPOS), el cual determina los medicamentos, procedimientos y demás apartes a los que tienen derecho los afiliados a este sistema.

PLAN OBLIGATORIO DE SALUD SUBSIDIADO (POS-S)

El Plan Obligatorio de Salud para el régimen Subsidiado es aquel que cubre a la población más pobre y vulnerable que haya sido identificada y focalizada (clasificadas

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