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Antecedentes De La Conciliciacion


Enviado por   •  24 de Octubre de 2013  •  3.555 Palabras (15 Páginas)  •  276 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

ALDEA UNIVERSITARIA “HILARIO PIZANNI ANSELMI”

BOCONÓ- ESTADO TRUJILLO

LOS MEDIOS DE CONCILIACIÓN DE CONFLICTOS

Abg.: Triunfadores:

Alexandra Vetancourt Azuaje Zuleyma

David Benito

Boconó, Octubre de 2013.

INTRODUCCIÓN

Los cambios surgidos como consecuencia de la promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999, obliga no solo a los jueces, sino a los profesionales del derecho, como auxiliares del sistema de justicia, a revisar las diversas instituciones integradoras del ordenamiento jurídico y colocarlas con la Carta Magna. Entre las instituciones se encuentra la Conciliación, como alternativa de resolución de conflictos en forma pacífica, que junto al arbitraje y a la mediación, adquirieron rango Constitucional

El Estado natural del individuo en la sociedad es la armonía y la paz lograda con la convivencia, lo que indica la buena marcha de las cosas, pero al producirse tensiones motivada a presiones de diferentes índoles, surgen los conflictos llevando a los individuos a buscar la forma de resolverlo, creando al hacerlo por la vía contenciosa, la incertidumbre en el proceso no manejada por las partes, sino factores relacionados con la persona del juez, el criterio de interpretación de las normas y su aplicación a los hechos.

Para el momento de aprobar la Constitución de 1999, la situación era bastante crítica, según denunciaban voceros de la opinión pública, tanto los individuales como los masivos, y fue materia de un ineludible debate. Seriamente implicados todos los estamentos institucionales, lo cual le dio la crisis un carácter global, que comprendió a la administración de justicia, donde se decía que la justicia estaba en tela de juicio, hasta el punto de que en el año 1998, la televisora venezolana tomo imágenes donde una Juez corrompida por el sistema, recibía un dinero sucio, y cuando se dio cuenta que la habían descubierto, lanzó el dinero por la ventana del edificio. Pensando ello, fue que todos los venezolanos, decidimos apoyar el referéndum, y logramos una Constitución nueva.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

En los últimos años del siglo2 20 y 21 se ha incorporado a la práctica del derecho “ los medios alternativos para resolver conflictos,” lo que ha permitido tomar conciencia que los litigios no surgen porque las partes no se hayan de acuerdo acerca del significado de la ley, sino por las distintas percepciones que los protagonistas tienen sobre los hechos.

Los MASC, estamos ante el redescubrimiento de los medios de solución de conflicto- MASC; pues en sus diversas instituciones estos han existido desde épocas antiguas. La conciliación por Ej. Como señala un conocido autor Gozaini, se halla en las formas tribales, para avanzar históricamente afincándose en los consejos de familia, clanes o reunión de vecinos caracterizados. Los MASC, motivas como reflexión la polémica moderna acerca de los límites de la acción del estado. En particular de quien debe administrar justicia. Al respecto en un intento de sistematización puede hablarse de tres posiciones, dos radicales y una intermedia.

1.- La teoría del monopolio estatal judicial, sostiene que la administración de justicia es un servicio publico que de manera exclusivo brinda el estado, por tanto, de forma irremediable los particulares deben someter a ella todas sus controversias.

2.- La teoría de la judicatura como actividad únicamente privada, considera que la justicia debe ser administrada por particulares y no por el estado, de modo que los particulares deben arreglar sus conflictos de acuerdo a su propia necesidad y criterio por ellos mismos, o acudiendo a la intervención de un tercero (que en este caso puede ser también un órgano estatal pero que actúa como una posibilidad privada más dentro de las existentes en el mercado).

3.- La teoría de la alternativa jurídica-estatal y privada, estima que es posible la existencia paralela tanto de la administración de justicia por parte del estado, así como justicia privada a través de los medios alternativos de solución de conflictos-MASC.

Es de señalarse que nuestro país ha optado por esta posibilidad, haciendo factible que las personas podamos recurrir de modo alternativo a la negociación a la mediación y al arbitraje, a la conciliación extrajudicial como vía previa al proceso judicial y a la conciliación aun en el mismo proceso judicial.

Definición de los MASC:

Los medios alternativos de solución de conflictos-MASC, pueden definirse todo en sentido amplio como en sentido restringido. En sentido amplio, los MASC, son aquellas atribuciones, alternativas al sistema judicial oficial, que permite la solución privada de los conflictos.En sentido restringido, los MASC, son aquellos procedimientos que buscan la solución a los conflictos entre las partes, ya sea de manera directa entre ellas (o con el nombramiento de agentes negociadores, como es el caso de la negociación) o mediante la intervención de un tercero imparcial (como son los casos de la mediación, la conciliación y el arbitraje).

Los principales MASC:

* La negociación, * La mediación, * La conciliación, * El arbitraje, * La evaluación neutral

LA NEGOCIACIÓN

Según el diccionario de la lengua española, la palabra negociación proviene del latín negotiatio que significa acción y efecto de negociar.

A juicio de Pinkas Flint Blank, la negociación es un proceso de comunicación dinámico, en merito del cual dos o mas parte tratan de resolver sus diferencias e intereses en forma directa

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