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Apelación Electoral


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2018  •  Tareas  •  1.821 Palabras (8 Páginas)  •  133 Visitas

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RECURSO DE APELACIÓN

RECURSO DE APELACIÓN

DOCTRINA  JURÍDICA

     El  medio  que  la  ley  concede a  los  particulares  para  obtener  que  una   instancia judicial sea modificada o dejada sin efecto (Hugo  Alsina).

     

     Es  un medio de impugnación  jurídico procesal dirigido a combatir resoluciones judiciales y que se conceden a las partes en litigio ( Carlos Arellano Gancía).

RECURSO DE APELACIÓN

    RECURSO  JURISDICCIONAL                  Artículo 4 y 44 de  la  ley  de  medios  de   impugnación, 189 I.C y  195  de  la  Ley  Organica  del  Poder  Judicial  de  la  Federación.

RECURSO DE  APELACIÓN

PROCEDENCIA

( Art.40)

I.- En  el  periodo  Interproceso

Para  impugnar

  • Las  resoluciones  que  recaigan  a  los recursos de revisión y,

  • Los actos o resoluciones de cualquier órgano del IFE que no sea impugnable a través de un Recurso de Revisión y que causen un perjuicio al partido político o agrupación política con registro, que teniendo interés jurídico los promueva.

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PROCEDENCIA

II.-  En el periodo del Proceso Electoral, en la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones, para impugnar

  • Las  resoluciones que  recaigan a   los recursos de revisión  promovidos para combatir actos o resoluciones de los órganos del IFE y que no  pueden  impugnarse  con  un  recurso de  inconformidad  o  de  reconsideración  y que no guarden relación con el proceso electoral.

RECURSO DE APELACIÓN

PROCEDENCIA

III.- Para  impugnar   el informe que rinda la Dirección Ejecutiva  del Registro Federal  de  Electores a la Comisión de Vigilancia y al Consejo General del IFE, respecto a las  observaciones realizados por los partidos políticos en lo tocante a los listados nominales de electores.(art.41.1)

IV.- Para impugnar la determinación y aplicación de sanciones que realice el Consejo General del IFE

    ( art.42.1).

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COMPETENCIA

I.- En  el  proceso Interproceso

     Sala  Superior

II.- En  el  tiempo  del  Proceso  Electoral Federal

     Sala  Superior

  •    Si  se   impugnan actos o resoluciones del Consejero Presidente, del Consejo General del IFE,de la Junta General Ejecutiva, o el informe referente al listado nominal de electores.

    Salas  regionales  respectivas

  • En  los  demás  casos

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REGLAS  COMUNES

  • Debe  presentarse  por  escrito

  • Ante  la  a utoridad señalada como responsable del acto o resolución impugnado.

EN EL ESCRITO SE DEBE:

  • Hacer  constar  el nombre del actor

  • Señalar  domicilio para oir notificaciones y, en su caso, a quien en su nombre los pueda oir y recibir.

  • Acompañar el o los documentos necesarios para acreditar la personería del promovente

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REGLAS  COMUNES

4. Identificar:

  • El  acto o resolución impugnados

  • La autoridad responsable

5. Mencionar de manera expresa y clara:

  • Los hechos en que se basa la impugnación

  • Losagravios que cause el acto o resolución impugnado, y

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REGLAS COMUNES

6. Ofrecer y aportar pruebas  dentro de los plazos para la interposición; mencionar, si es del caso , las que se habrán de  aportar dentro de dichos plazos: y las que deberán requerirse, cuando se justifique que oportunamente se solicitarón por escrito al órgano competente y aún no han sido entregadas; y

7. Hacer constar nombre y firma aútografa del promovente

NOTA:Si la violación reclamada versa exclusivamente sobre puntos de  derecho, no será necesario ofrecer y aportar pruebas( art.9 párrafo2).

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LEGITIMACIÓN Y PERSONERÍA

LEGITIMACIÓN.-Lo pueden interponer

  • Los Partidos Políticos

  • Las  Agrupaciones Políticas

Ambor  con Registro

PERSONERÍA.- Lo pueden interponer sus representantes legítimos.

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LEGITIMACIÓN Y PERSONERÍA

Representantes Legitimos 1° son:

  • Los  registrados  formalmente ante los órganos del IFE, quienes solamente actuarán ante el órgano en que se encuentren debidamente acreditados.

  • Los miembros de los cómites nacionales, estatales o municipales correspondientes a la cabecera distrital deben acreditarse con el nombramiento hecho de acuerdo a los estatutos de su partido.

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LEGITIMACIÓN Y PERSONERÍA

c) Los que estén autorizados para representar a su partido o agrupación mediante  poder  otorgado en escritura pública por los funcionarios del partido facultado estatutariamente para ello.

Para el caso especifico de interposición de sanciones, el recurso de apelación lo pueden interponer:

  • Los partidos políticos, a través  de  sus  representantes legítimos.

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LEGITIMACIÓN Y PERSONERÍA

  • Los  ciudadanos por su propio derecho, sin que sea admisible representación alguna

  • Las organizaciones o agrupaciones políticas, a través de  sus  representantes legítimos

  • Las  personas  físicas  o  morales por su propio derecho a través de  sus  representantes legítimos  según  corresponda.

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LEGITIMACIÓN  Y  PERSONERÍA

    Interpocisión  del  Recurso.- Por  escrito  ante  el  órgano  

    del  IFE que  realizó  el  acto  o  dictó  la  resolución que  

    se  impugna.

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PLAZO

  • Dentro de los cuatro días contados a partir del día siguientes al que se tenga conocimiento o se hubiese modificado el acto o resolución que se impugna.

  • Si s e  impugna el informe de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores a la Comisión  de  Vigilancia y al Consejo General del IFE respecto a las observaciones de los partidos políticos en lo que toca a los listados nominales de electores, se observará lo siguiente:

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  • Se interpondrá  el  recurso ante el Consejo  General  del  IFE  dentro  de  los  tres  días  siguientes  a  aquel  en  que  se  dé  a  conocer el informe a los partidos pol´ticos.

  • Se debe hacer  valer  que  se  hicieron  en  tiempo y  forma  las  observaciones a  las  listas nominales de electores y

  • Si no se observan los puntos anteriores, el recurso será desechado por notoriamente improcedente( art. 43.1).

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TRAMITE

  • Al  recibir  el  recurso la  autoridad  dará aviso de su presentación a la Sala  Competente del Tribunal Electoral, por la vía  más  expedita y señalará:

  • Actor

  • Acto  o  resolución  impugnado

  • Fecha y  hora  de  su  presentación

  • De inmediato lo publicará mediante cédula  colocada  en  estrados, para que dentro de las 72 horas  siguientes puedan comparecer

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TRAMITE

  • Si  recibe  un  recurso que  no le  es propio , lo remitirá de inmediato  y  sin  más  trámite  a  la  autoridad  competente.

  • Vencido  el  plazo  de  su  publicación, el  recurso será enviado dentro  de  las  24  horas  suguientes  a  la  Sala  competente  del  Tribunal  Electoral.

  • El  presidente  de  la  Sala  lo  turnará  a   un  magistrado  electoral   para  que  revise  si  reune  los  requisitos  del  caso, en  la  posibilidad  de  que  se  subsane  alguna  omisión, se  formulará  un  requerimiento  para

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TRAMITE

   que  en  un  plazo  de  24   horas  contados a  partir  de  la  notificación  se   corrija  la  omisión  si  esto  no  sucede  se  tendrá  por  no  interpuesto  el  recurso.

  • La  sentencia  deberá  e mitirse  dentro de los seis días siguientes a aquél en que se admitió.

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SENTENCIA

Efectos de la Sentencia

  • Confirmar

  • Modificar

  • Revocar

        El acto  o  resolución  impugnado

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SENTENCIA

NOTIFICACIÓN

I.- Al  actor  por:

  • Correo  Certificado

  • Telegrama, o

  • Personalmente

  • Por  oficio, acompañando  copia  de  la  resolución, y

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SENTENCIA

III.- a los terceros interesados, si los hay por:

  • Correo  Certificado

  • Telegrama

  • Personalmente

RECURSO  DE  APELACIÓN

  • Si  el  recurso  impugna  al  informe  referente  al  listado  nominal  de  electores, en  la  sentencia  se  concederá  un  informe  del  cumplimiento  de  la  misma  antes  que  el  Consejo  General  sesione  para  declarar  la  validez   y  definitividad  del  Padrón  Electoral  y  de  los  listados   nominales  de  electores.

RECURSO  DE  APELACIÓN

  • Si  el  recurso  se  refiere  a  la  impugnación  de  sanciones, puede  darse  la   comparecencia  de  las  partes, si  así  lo   considera   la  Sala  Superior, cuando  la   naturaleza  de  las  pruebas  ofrecidas  y  recabadas haga  indispensable  desahogarlas  ante  ellos,quienes  pueden  acudir  por  si mismos  o a través de representante debidamente autorizado la audiencia se llevará a cabo con o sin la asistencia de las partes.

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  • Estas  notificaciones  se  harán  a  mas  tardar al  día  siguiente  del  que  se   pronuncie la sentencia.

  • Las sentencias en este recurso son definitivas e inacatables.

  • Los  recursos interpuestos  dentro de los cinco días anteriores al de la elección sean  resueltos  junto  con  los  juicios de inconformidad con los que guarden relación, el recurrente deberá señalar  la  conexidad de la causa.Si no guardan  tal  relación  deberán  ser  archivados   como  asuntos  definitivamente  concluidos.

RECURSO DE APELACIÓN

      LEY  GENERAL DEL  SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL  

Clasificación  del  Recurso  de  Apelación es:

  • Ordinario

  • Vertical

  • Terminal

  • Jurisdiccional 

OBJETO:Garantizar  la  constitucionalidad y legalidad de actos y resoluciones de la autoridad electoral federal.

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SUPUESTOS

     

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