ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Apuntes Determinación de la Pena


Enviado por   •  16 de Abril de 2022  •  Apuntes  •  940 Palabras (4 Páginas)  •  37 Visitas

Página 1 de 4

[pic 1]                                                                                                         Álvaro Ordóñez González – 2º Derecho y ADE

Determinación de la pena:

  • Importancia y Necesidad de MOTIVACIÓN (cuanta más pena, más justificación se exige)
  • Pena proporcional a la gravedad del hecho y circunstancias del sujeto

  • Reglas Aritméticas Comunes:
  1. Pena superior en grado: (si sube otro se calcula respecto al ya calculado)

[pic 2]

  1. Pena inferior en grado: (si baja otro se calcula respecto al ya calculado)

[pic 3]

  1. Mitad superior e inferior: (CC. Atenuantes y Agravantes)

[pic 4]

* Si la pena de prisión es inferior a 3 meses, será automáticamente sustituida por: multa,

   trabajos en Bº de la comunidad, o localización permanente.

  • Reglas Materiales Generales: (ORDEN SÍ IMPORTA)

  1. Pena Tipo (art. 61 CP) 🡪 En ocasiones hay que calcularla respecto a una pena base de referencia. (Tener en cuenta si es delito continuado, o si la pena está agravada)
  1. Grado de Ejecución:
  1. Consumado
  2. Tentativa (art. 62 CP)
  • Acabada (-1 grado)
  • Inacabada (-2 grados)
  1. Actos Preparatorios (Conspiración, Proposición, Provocación) 🡪 Al menos -1 grado; la ley lo indica en cada caso.
  1. Formas de Participación:
  1. Autoría: Autor, Coautor, Autor MEDIATO.
  2. Participación: Cooperador Necesario, Cómplice, Inductor.

-  Solo al Cómplice se le baja -1 grado. El resto mantienen la pena tipo (Salvo excepción 65.3 CP: “Cuando en el inductor o en el cooperador necesario no concurran las condiciones, cualidades o relaciones personales que fundamentan la culpabilidad del autor, los jueces o tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a la señalada por la ley para la infracción de que se trate”).

* Autor: Dominio del hecho (¿Cómo? ¿Cuándo?)

  1. Circunstancias Especiales / Privilegiadas:

[pic 5]

  1. Error de prohibición (el sujeto no sabía que estaba prohibido)
  • Evitable: -1 o -2 grados
  • Inevitable: Excluye de responsabilidad penal.
  1. Eximente incompleta 🡪 Eximentes (art. 20 CP) - Incompletas (art. 21.1): -1 o -2 grados
  • -1 grado (hay que tener en cuenta atenuantes y agravantes, MS o MI) // -2 grados (se puede recorrer todo el grado)
  • -1 grado + 1 agravante 🡪 se puede aplicar mitad inferior del grado
  • 2 eximentes incompletas + 2 atenuantes = -2 grados (no -3)
  1. 2 o + Atenuantes Ordinarias (1 o + Atenuantes Muy Cualificadas) sin Agravantes = -1 o -2 grados.

  1. Circunstancias Ordinarias:
  1. 1 Atenuante sin Agravantes 🡪 Mitad inferior
  2. 1  o 2 Agravantes sin Atenuantes 🡪 Mitad superior
  3. +2 Agravantes sin Atenuantes 🡪 Podrá  subir +1 grado en su mitad inferior, teniendo como mínimo obligatorio, la mitad superior de la pena tipo.
  4. Agravante de Multirreincidencia (3 o + veces condenado ejecutoriamente por delitos de la misma especie en antecedentes no cancelados) 🡪 Se podrá subir +1 grado (obviamente como mínimo se tendrá que mover en la Mitad Superior de la pena tipo)
  5. Concurrencia de Atenuantes y Agravantes:
  • Prevalecen los Atenuantes: -1 grado
  • Prevalecen los Agravantes: mitad superior (Los tipos del Derecho penal ya son suficientemente elevados)
  • Reglas Materiales Específicas:
  1. Delito Continuado (art. 74 CP): Pluralidad de hechos con unidad de sentido ti.pico (Delitos similares, aprovechando idéntica situación, mismo sujeto activo y pasivo; p.e: pequeños hurtos del cajero del supermercado). Está pensada más bien para delitos patrimoniales. No cabe para los bienes personalísimos (salvo libertad sexual)
  • La pena del delito más grave exasperada (desde la mitad superior, obligatoriamente, hasta la mitad inferior de la pena superior en grado, facultativamente. (Excepción Delito Masa:  delito patrimonial que cause gran perjuicio a varias personas; +1 o 2 grados)
  • Reemplaza a la Pena Tipo. Se determinan las 2 posibilidades y luego se van calculando las demás circunstancias respecto a las 2 posibilidades.
  1. Concurso ideal: Una misma conducta genera 2 o + riesgos típicamente relevantes (delitos, tentativas); atenta contra 2 o + bienes jurídicos diferentes.
  • Pena de la infracción más grave en su mitad superior, sin que pueda rebasarse el límite de la suma de las penas por separado. (Se calculan por separado las penas y al final se aplica esto).
  1. Concurso Medial (no suele caer): Un delito es necesario para la comisión del otro (falsificación documental para cometer estafa)
  • Pena superior a la máxima delito más grave, pero inferior a la suma de la pena de los 2 delitos. (Se calculan por separado las penas y al final se aplica esto). ¿?
  • Concurso Real: Cuando hay 2 o + delitos
  • Acumulación material (pena impuesta en sentencia): cumplimiento de la suma aritmética de las diferentes penas, en orden de mayor a menor.
  • Límites 🡪 Acumulación Jurídica: el máximo de cumplimiento efectivo será el triple de la pena más grave o 20 años (cumplimiento efectivo; distinto del cumplimiento íntegro, que es el tiempo que pasará íntegramente en prisión)
  • Excepciones:
  • 25 años: 2 o + delitos, alguno con pena de hasta 20 años.
  • 30 años: 2 o + delitos, alguno con pena máxima superior a 20 años.
  • 40 años: 2 o + delitos con pena máxima superior a 20 años // 2 o + delitos de terrorismo, alguno con pena máxima superior a 20 años.

* Problema Parot: ¿Qué pena utilizamos para calcular los Bº penitenciarios?

Art. 78 CP 🡪 FACULTATIVO: “Si el cumplimiento efectivo en prisión es menor a la mitad de la pena impuesta en sentencia, no se tiene en cuenta el tiempo del cumplimiento efectivo sino el puesto en sentencia para acceder a Bº penitenciarios”.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.6 Kb)   pdf (126.6 Kb)   docx (40.8 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com