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Art 371 código procesal civil venezolano acorde a la Constitución


Enviado por   •  28 de Enero de 2016  •  Tesis  •  15.335 Palabras (62 Páginas)  •  328 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El presente trabajo tiene por finalidad desarrollar una figura del Derecho Procesal Civil, como es el Juicio de Tercería, modalidad que pese a pertenecer a las formas de intervención voluntaria de Terceros, figuras que se caracterizan por tratarse de una herramienta para que un tercero ajeno a las partes originarias de un juicio se involucre, para hacer valer sus derechos y pretensiones.

Las formas de intervención mencionadas anteriormente, en su mayoría se sustancian mediante un escrito o una diligencia ante el tribunal que lleva la causa y éste decidirá si le corresponde o no derecho para participar, la Tercería es la excepción, en el sentido de que se debe realizar mediante cuaderno aparte como un juicio ordinario, ante el mismo tribunal de primera instancia, teniendo en consideración que las causas son acumulables y que las resultas de este juicio pueden afectar la causa ajena donde surgió el juicio que dio motivo a la Tercería

Es aquí de donde surge el primer capítulo planteando el problema, el mundo avanza, con el la sociedad, sus costumbres y necesidades, cada vez somos más personas para menos recursos, menos espacio y todo aquello que pueda ser positivo para ahorrar tiempo y dinero es valioso. En el Derecho Procesal se establecen normas que regulan la actividad de manera que se garantice el derecho a una tutela judicial efectiva, a los que acudan por la vía jurisdiccional en concordancia con los principios constitucionales y tratados internacionales.

Posteriormente en el segundo capítulo se trata de la naturaleza jurídica de esta figura procesal, señalando algunos de los autores que la han mencionado o estudiado, adoptando las ideas de trabajos que realizaron y analizándolas, además de las correspondientes leyes que las contenga o esté relacionado al tema. Es aquí donde se desarrollan también preceptos constitucionales y se hace la comparación para demostrar que el Juicio de Tercería incurre en excesivos formalismos acorde a los principios procesales y constitucionales de eficacia, celeridad y economía procesal, conjuntamente con la prohibición de formalismos inútiles.

En el Capítulo III contiene las conclusiones y recomendaciones, en el que se realiza una conclusión exhaustiva de toda la investigación, y en cuanto a las recomendaciones, van dirigidas básicamente a la Asamblea Nacional para que realice una simplificación al Juicio de Tercería para que en este caso el mismo logre ser breve en cuanto a la administración de justicia para los ciudadanos.

Y por último las referencias bibliográficas que fueron consultadas y señaladas a lo largo de toda la investigación, bibliografía esta denominada activa, por cuanto solo se señalaron las que fueron contenidas en la misma.

CAPÍTULO I

EL PROBLEMA

Planteamiento del Problema

Dentro de las sociedades los conflictos constituyen un elemento común en todas ellas como resultado de las distintas posturas que se asumen en relación a un tópico en particular, de allí la importancia de que sea manejado adecuadamente para que constituya una oportunidad de conocer otro punto de vista y aceptar las diferencias.

En este contexto explica Valdés (2010) que: “la convivencia del ser humano no ha sido del todo fácil, como resultado de la falta de tolerancia, la incapacidad de resolver los problemas adecuada y respetuosamente y la disminución o carencia de valores humanos” (p. 23). Resulta de vital importancia que se establezcan parámetros que permita a los miembros de la sociedad vivir de forma pacífica, minimizando los conflictos y solucionando éstos de manera beneficiosa para la mayoría.

Adicionalmente a las normas jurídicas, religiosas y sociales impuestas, se deben disponer de mecanismos legales para la solución de los conflictos, entre los cuales se encuentran los adversariales y no adversariales, para el logro de una mayor armonía y bienestar para todos. Sin embargo, en ocasiones los mismos sujetos en conflictos no están en capacidad de solventar el inconveniente y acuden a un tercero para que logre la solución del problema por medio de la instauración de un proceso de tipo judicial.

En este contexto se puede señalar que a través de los procesos judiciales establecidos en el ordenamiento jurídico interno, se puede llegar a solventar un inconveniente o disputa que exista entre varias personas por medio de la administración de justicia. El proceso representa eentonces el conjunto de actos dirigidos a la resolución del conflicto, que en el caso civil, busca la satisfacción de alguna pretensión, concretamente lo que se reclama y se materializa con la demanda.

Al respecto, Sánchez (2003), explica que el proceso es:

En el plano jurídico es la serie de actos encaminados a obtener un fin jurídico y en el plano procesal, es el ordenamiento progresivo de actos relacionados entre sí y regulados por la Jurisdicción, para obtener una Sentencia, así como resolver las pretensiones que las partes someten a consideración del Estado por medio de la Acción, por lo que es la forma como se desarrollan las etapas de un proceso. Es la serie de pasos en los que se surte el proceso. (p. 23)

Del mismo modo, según Carnelutti (1998), el concepto de proceso denota “la suma de los actos que se realizan para la composición del litigio” (p. 34). El proceso se puede definir como el conjunto de actos mediante los cuales se constituye, desarrolla y termina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas que en ella intervienen y que tiene como finalidad dar solución al litigio planteado por las partes, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados y en el derecho aplicable.

En relación a la regulación del proceso, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en su artículo 257 dispone que:

El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.

Es por ello que cuando se hace uso o instaura un proceso de tipo judicial lo que se busca es la aplicación de la justicia para lograr solventar el conflicto que es puesto en conocimiento ante los operadores de justicia, de allí que el proceso está constituido por una serie de actos con

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