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CASO DE "FLORENCE CASSEZ"


Enviado por   •  25 de Enero de 2014  •  825 Palabras (4 Páginas)  •  446 Visitas

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Nombre: Jose Mendoza Cahuantzi Matrícula: al02519912

Nombre del curso:

Derecho Constitucional Nombre del profesor:

Módulo:

1 Actividad:

Fecha: 25 de enero de 2014

Bibliografía:

La constitución es el instumento que contiene normas fundamentales y supremas que regulan las funciones del estado y a sus ciudadanos, es de jerarquía mayor, permanente, general, escrita y reformable; gobierna a todos y a todo dentro del territorio de Mexico

Florence Cassez fue detenida el pasado 9 de diciembre de 2005 por ser integrante de una banda de secuestradores, se dice que durante una supuesta transmisión televisiva en vivo después se supo que la ciudadana francesa realmente había sido detenida un dia antes, el jueves 8 de diciembre y lo que vimos horas antes en televisión fue un montaje acordado entre la Agencia Federal de Investigaciones y las televisoras.

Es por eso que en este hecho se basó la defensa y las apelaciones que dieron lugar a dos sentencias, la primera que era de 93 años de cárcel, dictada el 27 de abril de 2008 y la segunda de 60 años, dada a conocer en 2009 tras la apelación de la primera; ya que la Florece Cassez no gozo de asistencia consular durante las horas en las que fue trasladada al racho “Las Chinitas. Esta violación de derechos fundamentales a la asistencia consular y a la puesta a disposición del ministerio público sin demora produjo una indefensión total contraviniendo no solo contra los derechos humanos, sino contra la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos que fija el debido proceso que en el territorio nacional se le negó a Florence Cassez, mas sin embargo Francia alego que México violo la Convención de Viena sobre las Relaciones Consulares en el caso Florence Cassez, establecidos en el ariculo 36 que en sus incisos:

b) garantiza el derecho a la información sobre la asistencia consular, el nacional Estado que envía, que es arrestado, detenido o puesto en prisión preventiva, debe de ser informado, sin dilación, los siguientes derechos: el derecho a la notificación consular; y II el derecho a cualquier comunicación que dirija a la oficina consular sea transmitida sin demora. Sin embargo el Ministerio Público de la Federación se comunicó con la embajada francesa 32 horas después de la detención de Cassez. ¿Por qué Florence Cassez no podía ser juzgada por el mismo delito? En al artículo 118 de la Código Penal Federal se establece que nadie pude ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se la absuelva o se le condene. Cuando se hubiese dictado sentencia en un proceso y acrezca que existe otro en relación con la misma persona y por los mismos hechos considerados en aquel, concluirá el segundo proceso mediante resolución que dictará de oficio sobre los mismos hechos, se extinguirán los efectos de la dictada

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