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COMENTARIO FINAL TEMA 1 ALCANCES RESPECTO DEL CONCEPTO DE LEY


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2017  •  Apuntes  •  3.412 Palabras (14 Páginas)  •  190 Visitas

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COMENTARIO FINAL TEMA 1

ALCANCES RESPECTO DEL CONCEPTO DE LEY

En primer lugar, diremos que la ley es una regla o norma. Se puede aplicar a determinados elementos o cosas (como por ejemplo la ley de los metales), al ámbito de la naturaleza, de las creencias o al ámbito del derecho, entre otros. Evidentemente nos referiremos a este último.

En el ámbito del Derecho, la ley es un precepto dictado por una autoridad competente que representa la voluntad soberana, es decir la voluntad de las personas que han depositado en ellas su representación. La ley se materializa en un texto que manda, prohíbe o permite algo, en consonancia con la justicia y se enfoca hacia el bien de la sociedad en su conjunto. Por ej: la ley obliga a la policía a detener una persona que ha cometido un delito flagrante. Es un mandato. Asimismo, prohíbe a una persona ejecutar determinados actos, como, por ejemplo, sufragar dos veces en una elección. Constituye una prohibición. Finalmente, permite realizar cualquier acto que no sea contrario al orden jurídico. Es decir, garantiza la condición de libertad.

Diremos entonces que las leyes limitan el libre albedrío de los seres humanos que conviven dentro de una sociedad; que funcionan como un control externo al cual se somete la conducta de las personas para asegurar que se cumplan las normas de convivencia social. Si una persona considera que realizar una acción que está penada en la ley, lo normal es que se abstenga de hacerlo, dejando de lado su criterio o creencia individual.

La Ley, (como norma jurídica), debe cumplir con diversos principios, como son la generalidad (alcanza a todos los individuos), la obligatoriedad (es imperativa) y la permanencia (es dictada con carácter indefinido).

Lamentablemente no todos los seres humanos están llanos a acatar y respetar la Ley o la ausencia de las mismas y por consiguiente respetar a sus pares. Tal es el caso por ej. del narcotráfico y otros delitos, donde un número importantes de personas no están dispuestas a someterse a determinados regímenes jurídicos y optan sencillamente, con conocimiento de sus limitantes, por involucrarse en el ilícito.

Finalmente, y como conclusión, diremos que las normas jurídicas (leyes) que intervienen en la Seguridad Privada, tienen el carácter de imperativas y no interpretativas. Lo veremos en su momento.

Con esta reflexión, cerramos nuestra primera sesión. En el chat, plantearemos algunas consideraciones.

COMENTARIO FINAL TEMA 2

SEGURIDAD PRIVADA

Una primera aproximación al tema, lleva a precisar que el ordenamiento jurídico persigue la concreción de ideales éticos o valores que la sociedad decide concretar a través del Estado. Uno de esos valores lo constituye la Seguridad, y específicamente como ya lo hemos señalado, la Seguridad Pública, entendida esta como “conjunto de condiciones que permiten a las personas su normal desarrollo material y espiritual”.

Esta Seguridad Publica guarda directa relación con el bien común, objetivo final que persigue el Estado, por lo que dicha obligación recae precisamente en él, y más específicamente en el Poder Ejecutivo.

Se dice que la Seguridad es la “confianza basada en el curso regular de las cosas”, definiéndose en consecuencia este concepto como “cualidad de seguro”. En este pequeño resumen, considerando vuestras opiniones, podemos concluir que la seguridad publica constituye un particular estado social, que se verifica en términos que la propia sociedad organizada como Estado, dicta leyes, reglamentos y ordenanzas que estima convenientes para proteger la vida, la propiedad, la seguridad y la moral, y entrega su control, entre otros, a las instituciones policiales, las que por mandato constitucional están llamadas a mantener o restablecer las condiciones de orden y seguridad públicos, aun usando la fuerza si fuese necesario.

Entonces es dable preguntarse: ¿por qué si es el Estado el encargado de entregar esta seguridad, a través de las instituciones que señala la propia Constitución, consideró que en este ámbito de exclusividad se integraran particulares?

Una primera aproximación a la respuesta radica en un principio económico de basto conocimiento: “las necesidades son muchas y los recursos escasos”. En efecto, las necesidades de seguridad son cada día más crecientes y complejas, superando la capacidad del Estado para enfrentarla: (aumento poblacional y vehicular, redes sociales, tecnologías de la información sofisticadas, aumento organizaciones criminales, etc.). Es por ello que, en un análisis profundo y amplio, se estimó necesario incorporar a particulares, para involucrarse en este ámbito, bajo determinadas circunstancias, debidamente cauteladas y normadas.

Pero existe un hecho curioso. No obstante, las distintas normas que regulan la actividad privada en materias inherentes a la seguridad, esta no ha sido definida ni en la Ley ni en los Reglamentos complementarios. Es por ello que, revisando a los distintos autores que han escrito sobre este tema, se puede concluir que la Seguridad Privada puede definirse como “conjunto de acciones protectoras de personas y/o bienes, expresamente estipuladas en la normativa vigente, la que permite u obliga a los particulares a ejecutarlas”

Como se podrá apreciar, esta definición no dista mucho del concepto de Seguridad Pública. Cual entonces sería el elemento diferenciador.

En lo sustantivo, dicho elemento dice relación con el ámbito físico de la actividad. En efecto, es la propia Ley la que define que este ámbito es preciso y delimitado, pudiendo en consecuencia solo ser desarrollado por particulares en lugares privados (lo estudiaremos con mayor profundidad más adelante).

Esta limitación emana de la evaluación hecha por el legislador acerca de lo inconveniente e inconstitucional que será aceptar la acción de estas personas o entidades en lugares públicos o bienes nacionales de uso público.

Finalmente, cabe destacar que la Seguridad Privada no suple las falencias de la Seguridad Pública, por ende, no se puede aceptar que sea el sector privado quien financie una obligación exclusiva del estado. La Seguridad Privada, en consecuencia, constituye un complemento de la Seguridad Pública.

COMENTARIO FINAL TEMA 3

ANALISIS DE UNA PERSPECTIVA CONSTITUCIONAL

Habiendo examinado los trabajos materializados por Uds., podemos señalar que existen, en su mayoría, coincidencias respecto de la definición de conceptos, por lo que resulta innecesario comentarlos.

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