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COMO SE DA EL DELITO DE CONTRABANDO EN MÉXICO


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2015  •  Ensayos  •  2.713 Palabras (11 Páginas)  •  236 Visitas

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COLEGIO MEXIQUENSE UNIVERSITARIO,

CAMPUS LICENCIATURAS

LICENCIATURA EN

DERECHO

EL DELITO DE CONTRABANDO EN MÉXICO

ALUMNO:

 JONATHAN JORDAN SALVADOR

PROFESOR (A):

M. EN C. E. IVONNE ALICIA GÓMEZ PÉREZ.

MATERIA:

DERECHO FISCAL II

INTRODUCCIÓN

En el presente ensayo, se hablara del CONTRABANDO EN MÉXICO, a lo cual me base principalmente a lo dispuesto por el artículo 102 de nuestro ordenamiento jurídico que lleva como nombre CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, el código anteriormente mencionado nos define lo que es el contrabando, y en su párrafo nos reza lo siguiente:

Comete el delito de contrabando quien introduzca al país o extraiga de él mercancías, realizando lo siguiente:

En otras palabras e interpretando lo que nos establece dicho ordenamiento jurídico en su artículo, quiere decir que si algún sujeto que introduzca o extraiga al país en este caso México mercancía que esta deba de pagar sus respectivas contribuciones, que se ha prohibido dentro de él o que dicha mercancía no cuente con el permiso de las autoridades correspondientes para su debida introducción o extraer de dicho país.

También en el presente, se hablara con más profundidad de lo que es el contrabando en México, como lo son los sujetos que realizan este acto delictuoso, las autoridades que participan en este, y todos los generales sobre este delito, que es muy evidente en México y que según doctrinarios mencionan que es un acto en donde se está llevando a México al fracaso y otros mencionan que es el acto en donde México está en muy buena economía por la realización de este por las personas viviente en este país y así como también en el presente se hablara de los tipos de sanciones que este delito trae con su realización.

DESARROLLO DEL TEMA

El Contrabando en México está tipificado actualmente por nuestro ordenamiento que es el CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN en lo dispuesto por su artículo 102, el cual nos menciona que comete este delito quien introduzca o extraiga del país mercancías, cuando este omita el pago total o parcial de las contribuciones o cuotas compensatorias que deban cubrirse al momento de introducir o extraer mercancías al país Mexicano, así como también cuando la persona que trate de realizar dicho acto no cuente con el permiso de la autoridad correspondiente para poder realizarlo, y también este delito se da cuando se trate de introducir o extraer mercancía que sea prohibida dentro del país mexicano, y analizando todo lo dispuesto por nuestro ordenamiento jurídico es entendible que cualquier persona que trate de introducir o extraer del país mexicano mercancía omitiendo pagar sus respectivas contribuciones a esta persona se le puede tipificar o imputar el delito de contrabando, pero es el caso que no solo con ese elemento jurídico se tipifica el delito de contrabando sino que también dentro de la ley como se había mencionado anteriormente existen diferentes supuestos o elementos que pueden llegar a tipificar el delito de contrabando en México, como es el caso de la introducción o extradición de mercancía prohibida dentro de nuestro país que un ejemplo de este elemento son las diferentes mercancías que no están permitidas en nuestro país como los son las mercancías chinas, el cual en nuestro país es una mercancía prohibida y el cual se paga con cárcel este es un ejemplo de contrabando, pero también existen otros supuestos como lo es cuando una persona trate de extraer o introducir a nuestro país mexicano sin permisos de las autoridades correspondientes como lo es la ADUANA el cual es el encargado de verificar todo lo relacionado con este tema, esto es porque muchas personas han pasado mercancía falsificando documentos el cual les otorgan dicho permiso para poder realizar el acto de mercancía un ejemplo de este supuesto es cuando tratan de introducir un automóvil de otro país sin permiso alguno y estas personas falsifican dichos documentos tal y como lo es predecible en las afueras de las adunas en México, existen oficinas que supuestamente realizan todo ese tipo de procedimientos, pero eso es mentira ellos solo se encargar de falsificar dichos documentos para realizar dicho acto, así como ya se mencionaron los elementos básicos para que se pueda acreditar el contrabando dentro de nuestro país, no solo existen ese tipo de supuestos que nos marca el artículo 102 del CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, sino que también existe un supuesto en materia Fiscal tal y como lo marca el artículo 103 del mismo ordenamiento jurídico que se ha estado hablando con anterioridad, esto es que dicho supuesto es nombrado como LOS SUPUESTOS CASOS CUANDO SE PRESUME QUE SE REALIZA EL DELITO DE CONTRABANDO, este supuesto en materia Fiscal y de acuerdo al artículo ya antes citado nos mencionan veinte posibles casos en los cuales los señalare en términos generales, es así que cuando por las autoridades aduaneras encuentren mercancía extranjera y esta no cuente con la documentación respectiva que establecen las Leyes Aduaneras, este es un supuesto que la ley determina que es un supuesto de contrabando toda vez que tratan de introducir mercancía extranjera violentando u omitiendo los reglamentos para su introducción a nuestro país, otro posible supuesto que nos marca nuestro ordenamiento jurídico es cuando se encuentren vehículos extranjeros fuera de zona autorizada y que esta no cuente con los documentos que la Ley Aduanera establezca es claro en este supuesto toda vez que esta es una forma de introducir automóviles extranjeros a nuestro país y claro como no cuentan con la documentación correcta o en especie estos tipos de vehículos son robados del país extranjero que provienen es por lo cual los tratan de introducir de esa manera a nuestro país, pero nuestras leyes u ordenamientos jurídicos lo toman como otro supuesto más para acreditar el Contrabando en nuestro país, otro supuesto que nos marcan nuestras leyes son cuando se encuentra mercancía extranjera dentro de una embarcación en aguas territoriales claro sin la documentación correspondiente a la que debe de regirse dicho supuesto es por lo cual también nuestras leyes la consideran como supuesto de Contrabando, toda vez que este tipo de supuestos es el más usual por los sujetos ejecutores de dicho delito, así también otro supuesto es cuando se trata de pilotos aviadores y estos omitan presentar las aeronaves al lugar designado por las autoridades aduaneras, para su respectiva inspección, esto es por el motivo de que si un piloto omite realizar la inspección por las autoridades aduaneras, esto nos quiere dar a entender que existe un posible contrabando es por el motivo de que el piloto no se dejó realizar las respectiva inspección, esto es primordialmente porque anteriormente y claro en la actualidad muchos pilotos se prestan o trabajan para personas que se dedican a realizar el delito de contrabando, así como estos supuesto que para mi punto de vista son los más vistos en la actualidad, existen otros que nos marcan nuestros ordenamiento jurídicos, pero de acuerdo a mi criterio son los más importantes, así como nuestros ordenamientos nos estipulan cuales son los supuesto para que se acredite o tipifique el delito de contrabando también nos estipulan las sanciones que estos deben de pagar por la realización de este acto ilícito, como lo son los marcados o estipulados por el artículo 104 del CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN tan es así que este nos menciona que es delito de contrabando tiene como consecuencia las pena de prisión, es así que cada acto de contrabando es diferente es por lo cual no se sancionaran de la misma manera, esto quiere decir que así como nuestro ordenamiento nos menciona los diferentes supuestos para la acreditación del delito de contrabando, asimismo este nos menciona los diferentes supuestos para sancionar este delito de acuerdo al tipo de gravedad que origina este acto ilícito, es así que ya citado artículo con anterioridad nos menciona que se pagara con tres meses a cinco años de prisión cuando el monto de las contribuciones que se omitieron es por la cantidad de $1,104,530.00 o también se le aplicara esta pena cuando se sumen todas las contribuciones sobre la mercancía introducida o extraída de nuestro país es el equivalente a la cantidad de $1,656,780.00, esta pena que nos dispone dicho artículo es el más bajo, toda vez que es por una cantidad mínima en cuanto al tipo de delito que estamos hablando, esto quiere decir que el delito de contrabando se caracteriza por las fuertes cantidades que se manejan al momento de realizarse, así también nos dispone que se le aplicara la pena tres meses a nueve años cuando el monto de las contribuciones omitidas exceda de la cantidad de $1,656,780.00 o claro que con la suma de todas las contribuciones de la mercancía introducida o extraída de nuestro país exceda de la cantidad de  $1,656,780.00, esta pena que nos dispone el artículo es más severa y más sancionadora toda que esta es difícil que el sujeto que se le trate de imponer esta pena será muy difícil desacreditada toda vez que el delito es más agravado, así también el artículo en cita nos establece que se le impondrá la pena de prisión de tres a nueve años aquel que trate de introducir o extraer mercancía en nuestro país, que esta sea considerada como prohibida por nuestros ordenamientos jurídicos o por nuestra autoridad Ejecutiva Federal, esto quiere decir que si se trata de mercancías prohibidas dentro de nuestro país como los es la mercancía china, esta tendrá la sanción antes ya mencionada, y por último sobre lo dispuesto en el artículo en cita, nos menciona que se le aplicara de tres a seis años de prisión cuando no sea posible determinar el monto de las contribuciones omitidas por los que ejercen este acto ilícito, tan es así que esta pena también será aplicada cuando se introduzca o extraiga mercancía del país y que no cuente con sus respectivos permisos o documentos emitidos por las autoridades correspondientes que en el caso de nuestro país es la ADUANA, lo anteriormente mencionado son los tipos de pena que se le puede aplicar a los que cometan el delito de contrabando en nuestro país, pero es así que existen otros supuesto que también se les aplicara las mismas penas o sanciones antes mencionadas, estos supuestos nos lo establece el artículo 105 del CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, el cual nos menciona a grandes rasgos que los sujetos del delito de contrabando son aquellos que enajenen, comercialicen, tengan en su poder mercancía extranjera o prohibida en nuestro país, adquiera, introduzca, presente documentos falsos ante las autoridades y falsifique algún gafete de identificación para su propio beneficio, lo anteriormente citado es referente a las mercancías extranjeras tan ese así que todos los sujetos que realicen lo anteriormente citado recibirán las mismas penas o sanciones que nos dispone el artículo 104 del ordenamiento ya anteriormente mencionado, y por lo cual esos actos no se sancionarán de la misma manera sino que también se realizaran conforme a las sumas que nos dispone el artículo anteriormente citado que nos habla sobre las penas del acto ilícito del contrabando, apartado me base primordialmente en nuestros ordenamientos jurídicos, pero ahora este me basare en la doctrina sobre el delito de contrabando, tan es así que nos mencionan que el delito de contrabando se efectúa principalmente por las zonas fronterizas de los Estados de Baja California, Sonora, las portuarias en el Golfo de México, Océano Pacifico y las zonas de tránsito aéreo internacional, tan es así que también el delito de contrabando es considerado como un delito patrimonial toda vez que afecta el interés del Fisco Federal, lo afecta indirectamente, toda vez que ya no recibe impuestos por parte de las empresas por los productos que crean y llevan la venta mercado, esto quiere decir que como el Fisco Federal no recibe dinero o impuestos por las empresas porque estas ya no tienen ventas y estas ya no general dinero, es por lo cual estas empresas por la falta de ventas ya no proporcionan sus respectivos impuestos al Fisco Federal, es por tal motivo que es considerado un delito patrimonial, es por lo cual se menciona que para el combate en contra de este acto ilícito no solo se requiere la participación de las autoridades que regulan este tipo de situaciones, sino que también se requiere del apoyo de las autoridades locales, municipales y federales, todas estas autoridades mencionadas anteriormente deben participar en el combate a este acto ilícito, toda vez que es considerado como un asunto de seguridad social, esto quiere decir que este delito ha venido creciendo o transcendiendo de forma negativa y afectando totalmente la economía del país Mexicano, tan es así que como el contrabando se persigue por querella no se le da seguimiento alguno para su resolución, es por lo cual ahora ya se sigue de oficio toda vez que ya es considerado como un asunto de seguridad nacional toda vez que afecta directamente la economía nacional, también para que se persiga y se le dé seguimiento como delito ante el Ministerio Público se le tiene que dar cumplimiento a los requisitos establecidos por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

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