CONTRATO DE LEASING
Rebeca_Abigail14 de Abril de 2015
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CONTRATO ADMINISTRATIVO DE ARRENDAMIENTO FORZOSO CON OPCION A COMPRA NÚMERO-_____. En la ciudad de Guatemala, el día _____ de ____ del año dos mil ___, comparecemos por una parte,; señalo para recibir citaciones o notificaciones la
. Y por la otra parte
; señalo como lugar para recibir citaciones y/o notificaciones la Diagonal seis, diez guión cero uno, zona diez, Centro Gerencial Las Margaritas, Torre dos, quinto nivel, oficina quinientos dos “B”. Ambos comparecientes manifiestamos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y ser de los datos de identificación personal indicados así como de actuar de conformidad con las representaciones antes descritas. En lo sucesivo ambos otorgantes en su orden nos denominaremos: como “el arrendante” y
como el arrendatario respectivamente y convenimos a suscribir CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FORZOSO CON OPCIÓN A COMPRA de equipo para automatización de gasolinera y control de flotillas, en adelante denominado como “el equipo” conforme a las cláusulas siguientes: PRIMERA. BASE LEGAL: El presente contrato tiene como base legal los artículos uno (1), nueve (9), cuarenta y ocho (48) y cuarenta y nueve (49), de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92), del Congreso de la República y el artículo veintiuno (21) del Acuerdo Gubernativo número mil cincuenta y seis guión noventa y dos (1056-92) de fecha veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y dos. SEGUNDA. ANTECEDENTES: El arrendante manifiesta que está en capacidad de dar en arrendamiento con opción a compra los siguientes bienes: A) un (1) sistema de automatización para gasolinera RFC dos mil quinientos (2500); B) cinco (5) unidades para cinco (5) bombas de gasolina Pulsar VR setecientos setenta y tres mil trescientos ochenta y uno guión cero cero uno (773381-001); C) cinco (5) unidades para cinco (5) pistolas Nozzles Transponer Kit; D) una (1) unidad de control RVB WAF Dual Input; E) trescientas (300) unidades RVB WAF, con Anillo Kit de odómetro; y un (1) kit de instalación con antena radial para trescientos (300) vehículos. El equipo previamente descrito que fue escogido y aceptado a su cabalidad y en su totalidad por el arrendatario. TERCERA. OBJETO DEL CONTRATO: El arrendante procederá a dar en arrendamiento el equipo de la siguiente manera: El equipo en su totalidad, será arrendado por doce (12) pagos trimestrales y queda en propiedad del contratante al concluir el período de treinta y seis (36) meses, a partir de la aprobación del presente contrato por parte de. El mismo conforme a los compromisos de pago, se hará por medio de la empresa quién será la responsable del financiamiento respectivo. CUARTA. IDONEIDAD DEL EQUIPO ARRENDADO: En virtud del presente contrato queda convenido que el equipo cumplirá fielmente con todas las estipulaciones descritas con anterioridad, también convienen las partes que durante el plazo de este mismo, los reclamos o cuestiones relativas a calidad, capacidad, operación, programación o desperfectos de el equipo, serán canalizados a través de una fianza a favor de la MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA emitida por FLEETECH, SOCIEDAD ANÓNIMA. QUINTA. VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. El arrendatario se compromete a pagar a el arrendante por el servicio de arrendamiento de el equipo descrito, incluye depreciación, el valor de la renta, la cuota del seguro mensual y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de la manera siguiente: I) Un pago inicial de veintinueve mil novecientos setenta y seis quetzales con cuarenta y seis centavos (Q. 29,976.46), el cual se hará efectivo dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del presente contrato. II) Doce (12) cuotas trimestrales con seguro e Impuesto del Valor Agregado (IVA), consecutivas y forzosas de noventa y tres mil trescientos ochenta y cuatro quetzales con cincuenta y cuatro centavos (Q. 93,384.54). Todas las cuotas se cancelarán mediante tranferencia de depósto que deberá realizarse en el Banco G&T Continental, Sociedad Anónima, en la cuenta de depósitos monetarios número cero cero uno, guión cinco millones ochocientos un mil cuatrocientos ochenta y ocho, guión uno (001-5801488-1); a nombre de FIDEICOMISO GLOBAL LEASING. Todas las cuotas se deberán cancelar a más tardar el día dieciocho de cada trimestre. SEXTA. PLAZO: El presente contrato tendrá un plazo de treinta y seis (36) meses comprendidos a partir de su fecha de aprobación por parte de . SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL ARRENDANTE: El arrendante se obliga a: I) Montar el equipo e instalar el sistema en la estación gasolinera al término de quince días hábiles y en los vehículos acordados a razón de cinco por día hábil, a partir de que a el equipo se le haya emitido el egreso efectivo, por parte de la Intendencia de Aduanas de la Superintendencia de Administración Tributaria simpre que: A) El arrendatario cumpla con presentar los bienes en el lugar, hora y fecha establecidos previamente por el común acuerdo entre las partes. B) El arrendatario facilite el cumplimiento de tal término con las autorizaciones que sean necesarias y; C) No se presenten complicaciones relevantes que impidan su cumplimiento. II) Capacitar en el área de software y hardaware al personal técnico y de sistemas de la Municipalidad de Guatemala. III) Apoyar en análisis e interpretación de los resultados y reportes del sistema. IV) Garantizar el suministro de repuestos en stock total. OCTAVA. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO: El arrendatario se obliga a: I) El pago en tiempo de la renta, sin necesidad de cobro o requerimiento alguno. II) Que cualquier riesgo a que estuviese sujeto el equipo o cualquier daño que sufra, será asumido totalmente por su parte, por cuya cuenta y cargo correrán absolutamente todo tipo de reparaciones. En consecuencia, en ningún caso en que el arrendatario se vea imposibilitado de usar el equipo, tendrá derecho a dejar de pagar la totalidad de la renta, ni rescindir el contrato. III) Corresponderá al arrendatario el proporcionar todos los insumos y bienes necesarios para operar correctamente el equipo como: A) Computadora Hewlett Packard exclusiva para el sistema, con sistema operativo Windows XP Profesional, IIS y dos (2) trajetas de red UPS, un disco duro de cuarenta (40) Gigabytes y con mínimo de quinientos doce (512) Megabytes de memoria RAM, así como con procesador Pentium cuatro (4) y; B) Conexión de internet con dirección de IP pública, para acceso remoto. IV) Será suya la obligación de reparar y mantener en buen estado el equipo, lo cual será por su cuenta y a su cargo incluyendo los repuestos y refacciones necesarias, debiendo en todo caso contratar los servicios de mantenimiento y reparaciones, mismos que deberán ser realizados exclusivamente en los lugares y vehículos debidamente autorizados por el arrendante de común acuerdo con el arrendatario. V) Cualquier daño o perjuicio que se causare a terceras personas por el manejo, movimiento, operación o de cualquier otra manera con el equipo objeto de este contrato, será responsabilidad exclusiva de el arrendatario, quien libera a el arrendante de cualquier responsabilidad y expresamente se obliga a pagar, en caso el arrendante fuere condenado o tuviese que pagar alguna suma por mal uso del bien o por accidentes ocasionados por el manejo del bien por parte de el arrendatario, sus dependientes o persona ajena a él. Cualquier pago o indemnización que el arrendante tuviere que efectuar por cualquier concepto en relación al bien, le será reembolsado dentro del quinto día hábil por el arrendatario y sin necesidad de cobro o requerimiento alguno. VI) cualquier multa sanción pecuniaria o de cualquier índole que se derive del uso y operación de el equipo por parte de el arrendatario, correrá por su cuenta y constituirá su responsabilidad exclusiva. VII) Queda convenido que serán por cuenta y a cargo de el arrendatario el pago de cualquier tasa, impuesto, derecho, contribución o arbitrio que se derive del bien, de su uso, o afecte al mismo. VIII) El arrendante podrá designar en cualquier tiempo personal propio o ajeno que realice inspecciones al equipo para cuyo efecto el arrendatario prestará toda la colaboración necesaria. IX) El arrendante queda fuera de cualquier relación laboral que se derive de la operación o funcionamiento del bien. NOVENA. OTRAS CONDICIONES: Que durante la vigencia del presente contrato, las partes convienen en lo siguiente: I) Cualquier clase de impuestos que afecten el equipo arrendado, serán asumidos en forma exclusiva por el arrendatario, así como los gastos, gestiones, trámites y autorizaciones que se hayan generado durante la vigencia del contrato y que sean exigidos por cualquier entidad gubernamental, estatal y municipal, por la operación, uso o traslado de el equipo arrendado; además las multas o penalidades que recaigan sobre los mismos, correrán por cuenta de el arrendatario. II) El arrendatario utilizará el equipo arrendado única y exclusivamente para uso operacional y funcional del mismo, por lo que queda totalmente prohibido el traslado o movilización de los componentes tecnológicos que se implementen, así como la utilización del sistema automático de monitoreo por parte de personas ajenas al arrendatario. III) Para el uso de los bienes, el arrendatario deberá tomar en cuenta lo siguiente: A) La capacidad y descripciones técnicas del equipo. B) Para los servicios de reparación y mantenimiento deberá utilizar mano de obra técnica y capacitada; siendo bajo su responsabilidad los gastos que los mismos ocasionen; IV) Debe mantener en perfecto estado de operación, conservación y mantenimiento el equipo objeto de arrendamiento, de acuerdo a las recomendaciones y regulaciones que el arrendante le indique, salvo el deterioro normal asociado al uso de los mismos.
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