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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDAD HORIZONTAL


Enviado por   •  11 de Enero de 2016  •  Apuntes  •  5.443 Palabras (22 Páginas)  •  997 Visitas

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Conste por el presente documento el Contrato privado de Locación de Servicios de Administración de Propiedad Horizontal, que celebran de una parte la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DEL CONDOMINIO LOS CIPRESES, bajo el Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común - Ley 27157, representada por el Señor RICHARD FLORENTINO PONCIANO ANCHANTE, con   DNI Nº 22485329, en su calidad de PRESIDENTE DE LA ASOCIACION DE PROPIETARIOS DEL CONDOMINIO LOS CIPRESES, debidamente constituida e inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima por Escritura Pública, inscrita en la Partida Nº 13448840, con RUC. N° 20600673557, con domicilio legal en AV. 10 DE JUNIO 1010, DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA, en adelante EL CONTRATANTE; y de la otra parte, la empresa XXXXXXXXXXXXXXXXXX., inscrita en Registros Públicos con Partida N° XXXXXXXX, con RUC. N° XXXXXXXXXXX, representada por su Gerente General el Señor XXXXXXXXXXXXXX, identificado con DNI N° XXXXXXXXXXX, con domicilio legal en XXXXXXXXXXXXXXXX, DISTRITO DE XXXXXXXXX, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA, a quien en adelante se le denominará LA CONTRATADA. Así mismo, cuando se haga referencia a LA CONTRATADA y EL CONTRATANTE en forma conjunta o individual se les podrá determinar cómo las partes, en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTES, NATURALEZA Y MODALIDAD DEL CONTRATO.

EL CONTRATANTE es el conjunto de propietarios de las áreas comunes, los departamentos y estacionamientos que conforman el CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES, representada para los fines del presente contrato, por la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DEL CONDOMINIO LOS CIPRESES, debidamente constituida e inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima por Escritura Pública, inscrita en la Partida Nº 13448840, con RUC. N° 20600673557, que tiene como principal actividad promover las relaciones entre sus propietarios y velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones legales correspondientes.

DECLARACIONES DE LA CONTRATADA

LA CONTRATADA es una Sociedad Anónima Cerrada, debidamente constituida e inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima por Escritura Pública, inscrita en la Partida Nº XXXXXXXX, con RUC. N° XXXXXXXXXXX.

LA CONTRATADA declara contar con la capacidad técnica, económica, financiera y moral para cumplir con el presente contrato, además de contar con los permisos que fueran necesarios para llevar a cabo el giro de su empresa. Asimismo, declara conocer todas las condiciones del servicio a prestar, incluyendo condiciones económicas, contractuales, financieras, sociales, entre otros, por tal razón, declara no tener nada que reclamar por este concepto, y, en caso  que surgieren deficiencias en relación a dicho servicio, LA CONTRATADA las corregirá de inmediato, sin costo para EL CONTRATANTE.

LA CONTRATADA tiene por objeto dedicarse a la Administración de Inmuebles

El presente contrato es uno de Servicios de Administración de Propiedad Horizontal, por lo que ambas partes declaran en forma expresa que el presente es un contrato de carácter civil regido exclusivamente por el Código Civil Peruano, que no genera vínculo laboral entre ambas partes, ni con el personal que LA CONTRATADA contrate para brindar el servicio. Por tanto no está sujeto a las leyes laborales, su único régimen legal es el establecido en el presente contrato y en el Código Civil Peruano (Art. 1764° y siguientes).

Será por cuenta, costo y riesgo de LA CONTRATADA, el pago de las remuneraciones, derechos, beneficios sociales, indemnizaciones, seguro, SCTR y demás que de acuerdo a ley le correspondan al personal que contrate para brindar el servicio materia de este contrato.

SEGUNDA: OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO

EL CONTRATANTE contrata a LA CONTRATADA para que en los términos y condiciones que se establezcan en el presente contrato, términos de referencia, propuesta técnica y económica que se adjunta y pasan a formar parte integrante del mismo, cumpla con brindar el servicio de administración del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES, por lo que ejecutará todas las gestiones y actividades propias del cargo.

Las partes dejan expresa constancia que los servicios indicados incluye la provisión de personal debidamente capacitados y uniformados para tal objeto.

TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

OBLIGACIONES DE LA CONTRATADA:

Para el cumplimiento del presente contrato, LA CONTRADADA se obliga a prestar el Servicio de Administración del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES entre otros, a los siguientes servicios:

  1. Brindar ininterrumpidamente los servicios de recepción, seguridad y vigilancia, las 24 horas del día los 365 días del año, cuyo perfil de sus trabajadores se ajuste a lo ofrecido en su propuesta técnica recibida.
  2. Brindar 01 Administrador por 48 horas semanales con un día libre en horario adaptable para la mejor atención a los propietarios.
  3. Brindar 08 personas de vigilancia (04 por turno diurno y 04 por turno nocturno) turnos de 12 horas, en cada turno dos para garita, un rondero y un rondero supervisor (tener en consideración los descanseros y vacacioneros).
  4. Brindar 07 personas de limpieza por los siete días de la semana con 48 horas semanales de trabajo efectivo (tener en consideración los descanseros y vacacioneros).
  5. Brindar 01 Jardinero por 48 horas semanales con un día libre.

  1. Brindar 01 persona de Mantenimiento por 48 horas semanales con un día libre, esta persona deberá tener conocimientos suficientes de carpintería, gasfitería, pintura, electricidad, etc.
  1. Presentar el último día de cada mes, el programa mensual de trabajo del mes siguiente, de todo el personal que incluye lista de personal por turno.
  2. Brindar la compra de útiles de Oficina y de Limpieza, con productos de marca y calidad, en empresas como MAKRO o similares.
  3. Brindar Uniformes y Sistemas de Comunicación a su personal, el mismo que portará Fotocheck para su fácil identificación.
  4. Contará con un programa de capacitación, simulacros de sismo, incendios, etc.
  5. Asumirá por cuenta propia el SCTR para sus trabajadores.
  6. Está obligada a tener a todos sus trabajadores en planilla y pagando todos sus beneficios sociales según ley. Alcanzando mensualmente el PLAME, y demás documentos que demuestren el cumplimiento de sus obligaciones legales.
  7. Está obligada a presentar su estructura de costos donde se detallen los costos parciales más el costo de ganancia de la empresa más el I.G.V. de acuerdo a las planillas.
  8. Velar por el adecuado manejo de los bienes y servicios comunes, tales como el mantenimiento, limpieza, desinfección de cisternas, tanques de agua y del sumidero, fumigaciones programadas de áreas comunes, etc.
  1. Se hace responsable por cualquier Robo o Hurto de los bienes comunes, tales como (bombas de agua, tableros electrónicos, gabinetes, las mangueras contra incendio, extintores, luces de emergencia, etc.), que se produzca como consecuencia de alguna deficiencia en la gestión de Seguridad y Vigilancia del Condominio. Para lo cual deberá lCde manera digital a la Junta DirectivaLA CONTRATADA, recibirá en la transferencia con la empresa anterior y en presencia del Fiscal de la Junta Directiva, .
  2. Asumir el proceso de Facturación de las cuotas de los gastos comunes: estimación de cálculos de cuotas mensuales, consumo de agua por departamento y área común, emisión y distribución de recibos, emisión de estado de cuenta de adeudos por departamento y reporte mensual, a través del SOFTWARE implementado para tal fin, así como procesos de cobranza de morosos vía INFOCORP, lo cual correrá por cuenta de LA CONTRATADA.
  3. Creación y actualización de la base de datos de los propietarios y habitantes del Condominio, comprometiéndose a reducir la morosidad de manera gradual y sustancial dentro de un porcentaje que establezcan las partes y este se mantenga hasta la finalización del contrato, empleando todos los procedimientos legales que sean necesarios, tales como confección de cepos para corte de Agua, etc.
  4. Cuidar que los pagos de los servicios comunes estén al día, es decir que sean pagados oportunamente.
  5. Llevar el control de la información de las cuentas de la Administración, para que mediante Informes Económicos mensuales como mínimo, en forma detallada y sustentada se precisen los ingresos y egresos de EL CONTRATANTE y/o libros contables cuando éstos sean exigibles por ley.
  6. Realizar, previo aviso y autorización, visitas periódicas a las secciones de propiedad exclusiva, con el objeto de verificar que no se realicen acciones contrarias a las establecidas en el Reglamento Interno que afecten los servicios comunes.
  7. Elaborar y proponer el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos, incluyendo el Presupuesto Anual de Mantenimiento, para ser presentado ante la Junta de Propietarios, para su aprobación.
  8. Propondrá la modificación del vigente Manual de Convivencia para adecuarlo a las actuales necesidades del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES, y en tanto se compromete a su fiel y estricto cumplimiento, llevando el registro de faltas por los propietarios infractores en files individuales.
  9. Presentar el Manual de Funciones y Procedimientos del personal a su cargo, para su desempeño en el CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES.
  10. Programar las actividades de Mantenimiento Anual del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES, para el normal funcionamiento del mismo.
  11. Deberá encontrarse en disposición de atender las emergencias los 365 días del año, incluido fuera del horario de atención del administrador, y que pudieran ocurrir en las áreas comunes, así como supervisar el funcionamiento de los bienes de dominio común, contando con las lista de contactos para alertar de manera inmediata a las autoridades policiales, serenazgo, etc. En caso de peligro inminente alrededor del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES (Av. 10 de Junio y Alberto Aberd), coordinar y programar un sistema de rondas de patrullaje a partir de las 18:00 horas con las autoridades policiales y serenazgo. Coordinar acciones con la Municipalidad y la Comisaria del sector, para el retiro de vehículos estacionados fuera del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES.
  12. Será de responsabilidad del PERSONAL DE RECEPCION EN GARITAS, confirmar con el propietario o inquilino la solicitud de algún servicio particular, tales como; instalación de cable, líneas telefónicas, delivery y comida u otras similares. El propietario deberá avisar a la portería cuando el personal que visita a la torre, finalice su labor para que pueda verificar su retiro del mismo, llevando un cuaderno de registro de ocurrencias que será circularizado por vía digital diariamente por la administración a la Junta Directiva.
  13. Colocación de señalizaciones, zona de evacuación, caballetes, hitos, colocación de láminas de seguridad en lunas de garitas, botón de pánico, Biométrico, espejos, gabinete de llaves, linterna, megáfono, pintado de líneas amarillas, retiro de vehículos abandonados, colocación y compra de botiquín de primeros auxilios.
  14. Colocar un Rompe muelle en ambos frontis del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES (Av. 10 de Junio y Alberto Aberd).
  15. Brindar un Análisis de Riesgo, Plan de Contingencias, Manual de Seguridad.
  16. Colaborar con el acervo documentario para los Libros de Actas, colaborando con el Secretario de la Junta, para lo cual se compromete a participar en todas las reuniones o sesiones de Junta de Propietarios, en caso requerirsele.
  17. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Junta de Propietarios y ejercer todas las funciones que la Junta le encargue o el Reglamento Interno le asignen. Las demás que establezca el Reglamento Interno y/o estén estipulados en los Términos de Referencia de EL CONTRATANTE.
  18. Los propietarios que alquilen departamentos están obligados a informar a la Administración de los datos personales del inquilino, así como copia de su contrato y la duración del mismo. Los propietarios que alquilen departamentos, deberán incorporar en los respectivos contratos de alquiler una clausula en donde se estipule que el inquilino está obligado a observar y cumplir las normas de convivencia, precisándose que su incumplimiento será causal de resolución del contrato de alquiler y perdida del depósito de garantía y/o adelanto.
  19. Las mascotas deben llevar en el cuello su precinto de vacuna, más el número del departamento y ser conducido por su propietario con su bozal, correa y bolsa mientras se encuentre dentro del CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES. Deberán ser transportadas mediante las escaleras y no por los ascensores.
  20. Deberán ser marcados el número de placa y números de departamento, en los topes de parqueo. Vigilando, que no se dejen objetos de valor dentro del carro, que se deje el vehículo con el motor apagado, maletera cerrada, puertas con seguro, lunas cerradas. Proveer de Carnet o calcomanía de identificación para los vehículos que son de los propietarios. En caso de alquiler de estacionamiento (sólo a inquilinos de departamento) el propietario deberá velar por el cumplimiento del contrato, brindar toda la información requerida a la administración: identificación, placa del vehículo, duración del contrato, entre otros, Cualquiera que estacione su vehículo en un estacionamiento que no es de su propiedad, deberá mostrar autorización correspondiente del propietario del estacionamiento o el propietario deberá autorizarlo verbalmente a la portería.
  21. Los niños no deben ingresar al área de estacionamiento como zona de recreación y debe ser bajo la vigilancia de una persona adulta responsable.
  22. Cuando se realice una mudanza, ésta debe ser avisada previamente a la oficina del Administrador mediante documento cumpliendo para tal fin los procedimientos establecidos a la fecha por el CONJUNTO RESIDENCIAL LOS CIPRESES – DE LOS PARQUES DE SAN MARTIN DE PORRES. El transportista debe presentar ante garita de control su licencia, DNI. En los casos que sean necesarios el uso del ascensor se debe observar las siguientes recomendaciones: a) Coordinar previamente con el personal de administración, la que dispondrá la suspensión del peso, volumen y naturaleza de la carga, para evitar que se produzcan daños a la cabina del ascensor y a las áreas comunes. b) La persona que utilice el ascensor para este efecto deberá identificarse y registrarse en el cuaderno de ocurrencias de la portería, detallando las características como se trasladará. Además el propietario o la administración deberán instalar mantas acolchadas y planchas de material idóneos para la protección de las paredes y el piso del ascensor. c) De ser el caso el personal de administración podría manipular el ascensor para colocarlo en estado de suspensión exclusivo para mudanzas. De producirse algún daño el propietario asumirá en su totalidad el costo de refracción.
  23. LA CONTRATADA, se compromete que antes de la entrada en vigencia del presente contrato, enviará a su personal para hacer una colección de información con respecto a los activos y actividades diarias que han venido cumpliendo PROCESOS SEGUROS y la actual Administradora, para que no existan excusas de desconocimiento por parte de LA CONTRATADA al inicio de sus funciones, el xx de xxxxxxxx del 2015 a las 07:00 horas.
  24. Todos estos puntos tienen carácter enunciativo más no limitativo.

OBLIGACIONES DE EL CONTRATANTE:

  1. Retribuirá económicamente a LA CONTRATADA por los servicios prestados, tal como se señala en la cláusula sexta del presente contrato
  2. Facilitará el acceso a LA CONTRATADA a todas las áreas comunes, cuartos de máquinas, equipos y otros diversos que requieran de su supervisión y control dentro de las funciones como administrador.
  3. Prestar la colaboración y apoyo necesario para la debida ejecución del contrato por parte de LA CONTRATADA
  4. EL CONTRATANTE como ASOCIACION DE PROPIETARIOS DEL CONDOMINIO LOS CIPRESES y/o a través de su Presidente o quien el designe, están facultados para supervisar el servicio de administración que presta LA CONTRATADA y podrá hacer en todo momento las recomendaciones del caso.

CUARTA: FORMA DE PRESTACION DE SERVICIOS

Por el presente documento LA CONTRATADA, se compromete a brindar sus servicios para llevar a cabo el objeto del presente contrato de la siguiente manera:

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