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Caso Avena ante la Corte Internacional de Justicia


Enviado por   •  28 de Marzo de 2017  •  Apuntes  •  2.204 Palabras (9 Páginas)  •  864 Visitas

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CENTRO UNIVERSITARIO CONTINENTAL

ALUMNO: Alejandro Medina Alvarado

DOCENTE: Miriam Nayeli Avilés Candelaria

MATERIA: Practica Forense Ministerial

GRUPO Y SEMESTRE: 5°1

LICENCIATURA: DERECHO

ENSAYO: CASO AVENA

El caso Avena  fue un caso ante la Corte Internacional de Justicia, Organismo Judicial de Naciones Unidas. De México vs Estados Unidos dictado el 31 de marzo de 2004, por la Corte Internacional de Justicia, que pone fin a un litigio que inició el gobierno de México el 9 de enero de 2003. La Corte decidió que Estados Unidos había violado obligaciones adquiridas bajo la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares al no permitir la representación de México para asistir a sus ciudadanos en condiciones de arresto por crímenes en Estados Unidos.

En estados unidos fueron detenidos 54 mexicanos de los cuales ya se había ejecutado a tres de ellos los cuales acusados de crímenes graves como homicidio y violaciones.

México decide interponer una demanda ante la corte internacional de justicia, con el objetivo de evitar la ejecución de los mexicanos y se llevare un debido proceso adecuado en donde no se violaren sus derechos como mexicanos.

Después de varias negociaciones fallidas con Estados Unidos, México decidió llevar el caso a la Corte Internacional de Justicia. Para presentar el caso, México ratificó el Protocolo Facultativo sobre la Jurisdicción Obligatoria para la Solución de Controversias de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.

 En este protocolo se establece que en caso de disputa la Corte Internacional de Justicia conocerá de las violaciones a la convención. Además la Corte ya tenía jurisprudencia con respecto al tema y pues había emitido sentencias en el Caso relativo a la convención de Viena sobre relaciones consulares y el caso La Grand.

Principal mente y el origen de esto fue que estados unidos no repeto el tratado d viena por lo cual mexico no defendia su inociencia de los mexicanos si no simplemente que se respetara los tratados acordados como mexico lo hizo en el caso flores cases la secuestradora  es una ciudadana francesa, mejor conocida por haber sido condenada a 60 años de prisión en 2007,1 por los delitos de secuestrodelincuencia organizada yposesión ilegal de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército. Permaneció recluida desde entonces en el Centro de Readaptación Femenil de Tepepan al sur de la Ciudad de México, hasta el 23 de enero de 2013 cuando fue liberada tras un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, después de habérsele concedido un amparo por votación.2

Su condena y la posibilidad de extradición a su país de origen crearon un severo conflicto diplomático entre México y Franciallevando al cierre de las actividades culturales denominadas «El año de México en Francia y tan solo en este caso mexico cumplio lo ya establecido.

La primer demanda fue por que negó información a los nacionales mexicanos detenidos acerca de la protección consular a la que tenían lo cual desde mi punto de vista fue una decisión muy mala por parte del gobierno de estados unidos ya que principalmente era su derecho y lo cual lo podemos tener fundado o encontramos su fundamento en el articulo 16 parrafo 1 incisos a, b y c de la convención de viena sobre relaciones consulares del 24 de abril de 1963 por lo cual el fallo sale a favor de mexico.

En la segunda demanda no se comunica a tiempo al consulado mexicano de casos anteriores, en los que se pudo llegar a una resolución a favor de los connacionales y esto se encuentra fundado  36 parrafo a y c de la convención de biena en el cual el fallo también es a favor de mexico.

En la tercer demanda es la violación de las obligaciones que enuncia el articulo 36 de la convención de viena:

 Con el fin de facilitar el ejercicio de las funciones consulares relacionadas con los nacionales del Estado que envía:

a) los funcionarios consulares podrán comunicarse libremente con los nacionales del Estado que envía y visitarlos. Los nacionales del Estado que envía deberán tener la misma libertad de comunicarse con los funcionarios consulares de ese Estado y de visitarlos;

b) si el interesado lo solicita, las autoridades competentes del Estado receptor deberán informar sin retraso alguno a la oficina consular competente en ese Estado cuando, en su circunscripción, un nacional del Estado que envía sea arrestado de cualquier forma, detenido o puesto en prisión preventiva. Cualquier comunicación dirigida a la oficina consular por la persona arrestada, detenida o puesta en prisión preventiva, le será asimismo transmitida sin demora por dichas autoridades, las cuales habrán de informar sin dilación a la persona interesada acerca de los derechos que se le reconocen en este apartado;

c) los funcionarios consulares tendrán derecho a visitar al nacional del Estado que envía que se halle arrestado, detenido o en prisión preventiva, a conversar con él y a organizar su defensa ante los tribunales. Asimismo, tendrán derecho a visitar a todo nacional del Estado que envía que, en su circunscripción, se halle arrestado, detenido o preso en cumplimiento de una sentencia. Sin embargo, los funcionarios consulares se abstendrán de intervenir en favor del nacional detenido, cuando éste se oponga expresamente a ello

su argumento jurídico se da en en el incumplimiento de obligaciones y el fallo sale a favor de mexico.

Una cuarta demanda se da al asegurar el compromiso de estados unidos para cumplir sus obligaciones y otorgar garantía y seguridades de que no se prepitiran tales violaciones encontrando su argumento jurídico es cesar violaciones al articulo 36 ya antes expresado en este ensayo en el cual quedan muy expresos todos estos puntos de las demandas y nuevamente vuelve a salir a favor de mexico el fallo.

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