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Clases De Penas Peruano


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2014  •  7.234 Palabras (29 Páginas)  •  164 Visitas

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Índice:

INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………………………………………………………2

TRANSFORMACION DE SOCIEDADES……………………………………………………………………………………………3

CONCEPTO…………………………………………………………………………………………………………………………..…..3

ACUERDO DE TRANSFORMACIÓN………………………………………………………………………………….………..4

DERECHO DE SEPARACIÓN.………………………………………………………………………………………...............5

RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS.…………………………………………………………………………………………6

FORMALIDADES DE LA TRANSFORMACIÓN……………………………………………………………….…………...6

ACUERDO DE TRANSFORMACIÓN DE S.R.L A E.I.R.L …………………………………………..….………..…..….8

ESTATUTO ………………………………………………………………………………………………………………………………..9

MINUTA DE TRANSFORMACIÓN ………………………………………………………………................................10

TRANSFORMACIÓN …………………………………………………………………………………………….…………………....11

LA GERENCIA ………………………………………………………………………………………………….……………………......11

REQUISITOS NOTARIALES Y REGISTRALES …………………………….……………………………………………..……11

CONCLUSIONES………………………………………………………………………………..………………………………………..13

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS……………………………………………………………………………………………..……14

INTRODUCCIÓN

El comportamiento típico, antijurídico y culpable que protagoniza un ciudadano activa el sistema penal oponiendo al autor una determinada consecuencia jurídica.

En principio se admite que las consecuencias jurídicas son las penas, las medidas de seguridad, las medidas accesorias y las responsabilidades civiles que derivan del delito.

Se trata de precisar en qué deben consistir las penas o las medidas de seguridad. Cuál será su índole, su intensidad y propósito de cara a la sociedad y al orden jurídico.

El Derecho Penal moderno ha humanizado sus penas, desapareciendo con ello la afectación de la integridad corporal (torturas, azotes, mutilaciones), o las penas infrahumanas del sentenciado, y reemplazando este tipo de penas, por la de la privación de la libertad personal. Para delitos graves y fórmulas alternativas de la libertad como multas u otras privativas de variados derechos, para los delitos menores o faltas.

El Código Penal vigente desde 1991, implanta un sistema dualista, ya que mantiene como consecuencias personales del delito, las penas y medidas de seguridad, aplicándolas alternativamente. Si el sujeto es imputable se aplica la pena; y, si el sujeto adolece de algún trastorno casual de inimputabilidad se aplican las medidas de seguridad.

Sin embargo, sobre cuál es la naturaleza de la pena o por qué o para qué se impone, es cuestión de amplios debates que se han dato a través de la historia del derecho penal, desbordando incluso los límites jurídicos, para convertirse en un tema de interés general para otras ciencias.

Así, la sanción nace debido a que, las relaciones entre los miembros de la sociedad no siempre son pacíficas; en toda sociedad existe la cuota necesaria de violencia entre los individuos que no pueden ser controladas con medios de control natural. Entonces, es necesaria la intervención de un orden jurídico “violento” como lo es el Derecho Penal; que, luego de haber señalado como delitos ciertas conductas proscritas en la sociedad, sanciona a su autor con la imposición de una pena o medida de seguridad. No es otra cosa que un medio de “control social” que emplea la violencia sometida a ciertas normas jurídicas y constitucionales.

Todo sistema social, incluso toda relación humana, necesita de instrumentos de control para evitar que los abusos de unos afecten o frustren las expectativas o los derechos de otros. Esto resulta lógico, ya que todo grupo social aspira a una mínima homogeneización que haga posible la connivencia y se logre una paz social. En este contexto aparece la sanción como medio de control, que es aplicado a los que atentan los intereses establecido por la sociedad o el orden social.

“El derecho penal moderno ha humanizado sus penas, desapareciendo con ello la afectación de la integridad corporal (torturas, azotes, mutilaciones), o las pena infrahumanas como la de la picota (el rollo) del sentenciado, y ha reemplazando este tipo de penas, por la de privación de la libertad personal, para delitos graves y fórmulas alternativas de punición a la privación de la libertad, como multas u otras privativas de variados derechos, para delitos menores o faltas”. En el derecho penal moderno, como hemos visto, existe una reserva del uso legítimo de la violencia en los poderes públicos, ya que el Estado es el único que utiliza las penas como un medio de control social legítimo. Es un instrumento de control formalizado que debe ser aplicado a la persona en forma proporcional y legal.

La pena, entonces, es el medio tradicional y más importante, dada su gravedad, de los que utiliza el derecho. La pena existe para mantener el orden jurídico que ha establecido la sociedad como indispensable para desarrollarse armónicamente en un ambiente de paz social. “Aplicar una pena implica disminuir la capacidad de actuación dentro de la sociedad

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