ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Clasificacion De Las Obligaciones

nanami15 de Junio de 2012

678 Palabras (3 Páginas)736 Visitas

Página 1 de 3

SIMPLES Y OBLIGACIONES COMPLEJAS.

Simples: Aquellas obligaciones en que existe un solo sujeto activo o acreedor y un solo sujeto pasivo o deudor.

Complejas: Aquellas cuya titularidad de la obligación – titularidad activa, pasiva o ambas – corresponde a dos o más personas.

CLASIFICACION AMPLIA: NATURALES Y CIVILES; POSITIVAS Y NEGATIVAS, GENÉRICAS Y ESPECIFICAS.

Naturales: Son aquellas que sin tener carácter de obligación propiamente se cumplen por una persona a quien legalmente no puede exigirse su cumplimiento, pero quien por otra parte no tiene derecho a exigir la devolución de lo pagado.

Civiles: Son aquellas que surgen a la vida jurídica con los requisitos necesarios para su validez y exigibilidad.

Positivas: Aquellas obligaciones en las cuales se requiere que la voluntad del deudor sea manifestada en forma activa para el debido cumplimiento de la misma (están las obligaciones de dar y de hacer).

Negativas: También o de no hacer. Son aquellas obligaciones en que la voluntad del deudor lejos de manifestarse activamente debe contraerse a una abstención en el dar o en el hacer alguna cosa.

Genéricas: Aquellas obligaciones en las que la prestación queda constituida en relación a un genero, sin incidir propiamente e n una especie dentro del mismo.

Específicas: Son aquellas obligaciones en las cuales su objeto esta individual y precisamente determinado a manera que el cumplimiento solo puede resultar por el hacer o no hacer o por el dar una cosa cierta, identificada en su estricta y verdadera identidad.

COMPLEJAS EN CUANTO AL VINCULO: UNILATERALE SY BILATERALES; PRINCIPALES Y ACCESORIAS.

Unilaterales: Son aquellas obligaciones en las cuales una persona ocupa solamente el polo activo (acreedor) o bien el polo pasivo (deudor) o a la inversa sin que haya entrecruce de prestaciones . Ej. Arto. 1974 C.C.

Bilaterales: o reciprocas las obligaciones en las cuales las personas que intervienen en las mismas, creándolas, tienen a la vez la calidad de acreedores y de deudor de determinadas prestaciones.

• Descuento Hotel Hasta 90% en Pez Urbano Regístrate y Recibe Ofertas Diarias

PezUrbano.com.mx/RegistrateEnlaces patrocinados

Principales: Son aquellas obligaciones que surgen a la vida jurídica con un determinado fin que generalmente sólo guarda relación con él mismo y no depende de otro para su legal existencia creadora del vínculo obligacional.

Accesorias: Son aquellas obligaciones creadas en adición a una obligación principal o sea complementaria de ésta, en ciertos casos muy especiales sustitutivas por equivalencia.

COMPLEJAS EN CUANTO A LOS SUJETOS: MANCOMUNIDAD SIMPE Y MANCOMUNIDAD SOLIDARIA

Mancomunidad Simple: O a prorrata. Existe cuando por razón de la obligación creada entre más de dos personas la prestación en su aspecto negativo o deudor se presenta en formal tal que cada obligado lo está únicamente en la parte o porción que le corresponde según los términos de la relación obligatoria.

Mancomunidad Solidaria: Son aquellas obligaciones en que existiendo varios acreedores o deudores. Cada acreedor puede exigir y cada deudor debe prestar íntegramente la prestación, de tal forma que la obligación queda totalmente extinguida por la reclamación de un solo acreedor y el pago de un solo deudor.

COMPLEJAS EN CUANTO A LA EFICACIA: TERMINO O PLAZO; CONDICION; MODO O CARGA

Termino o Plazo: Son aquellas obligaciones cuya eficacia y debido cumplimiento se postergan a una fecha cierta o incierta ñeque debe ocurrir (caso excepcional) un suceso necesariamente futuro.

Condición: Son aquellas obligaciones cuya eficacia depende de la realización o no realización de un acontecimiento futuro e incierto “del acontecimiento constituye la condición”.

COMPLEJAS EN CUANTO AL OBJETO: MULTIPLES O UNICAS,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com