Condicion mas benefica.
caya2002Ensayo18 de Febrero de 2017
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1. INTRODUCCION
El principio de la condición más beneficiosa adquiere relevancia en las situaciones en las cuales se presenta un tránsito legislativo e implica “la confrontación del régimen laboral que viene aplicándose a cierto trabajador, con el régimen que pretende reemplazarlo total o parcialmente, ya que este solo puede tener eficacia jurídica frente al mismo trabajador en caso de que resulte beneficiado” (ESCOBAR HENRIQUEZ, 1997, p.16).
La condición más beneficiosa encuentra su fundamento en la protección del trabajador de forma tal que sus derechos no queden a merced de los cambios normativos que pretenden desconocerle una situación jurídica anterior; al respecto, HERRERA VERGARA (2011, p.77) señala como finalidad de este principio, lo siguiente:
…corregir situaciones de manifiesta inequidad, desproporcionadas e irrazonables, originadas en cambios normativos abruptos que desprotegían la situación de personas que habiéndose sometido a las reglas…de regímenes precedentes…era afectado súbitamente por una inopinada alteración legislativa, que empeoraba su situación jurídica…
En este orden de ideas podemos empezar por resaltar su naturaleza y función dentro del sistema legislativo colombiano y más concretamente en la parte que respecta al derecho laboral.
El principio de la condición más beneficiosa, implica por una parte el reconocimiento que el legislador hace respecto de una situación en que se puede poner al trabajador en desventaja y por otra, la posibilidad de entrar a resolver dicha situación de una manera armónica, ejerciendo por una parte su función de garante sin menoscabar su función legislativa.
2. CONCEPTO DE PRINCIPIO DE CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA
El principio de condición más beneficiosa está amparado en primer lugar en el artículo 53 de la carta política aunque no se encuentra expresamente definido como tal, ya que se trata de un principio específico del derecho laboral en materia de pensiones acuñado por vía jurisprudencial.
La aplicación del principio de condición más beneficiosa determina la incorporación al sistema de pensiones, de un beneficio o mejora sobre las condiciones a la hora de reconocer una pensión legal o convencionalmente establecidas, que pueda ser concedido al afiliado o a sus beneficiarios en caso de que este haya fallecido.
Esta condición o mejora, declarada o reconocida como más beneficiosa, pasa a integrarse en el contenido obligacional para reconocer una pensión y a tener, por tanto, la consideración de un derecho adquirido para el beneficiario.
3. DESARROLLO HISÓRICO
En palabras de AMÉRICO PLÁ RODRIGUEZ (1978, p.60), el principio o regla de la condición más beneficiosa supone la existencia de una situación concreta anteriormente reconocida y determina que ella debe ser respetada en la medida que se más favorable al trabajador, que la nueva norma que ha de aplicarse.
En este sentido debemos anotar que ha sido a partir del tránsito entre la Constitución de 1886 de enfoque meramente institucional, y la de 1991de enfoque claramente antropocéntrico.
Este cambio de enfoque, no sólo modificó la estructura del Estado y de sus instituciones sino que además, y quizá más importante, sino la manera como estas instituciones se relacionan con los asociados, es decir, como las distintas fases de la actividad del Estado favorece o perjudica a los ciudadanos, más concretamente en su actividad laboral.
En el ámbito del Derecho laboral colombiano, la doctrina y la jurisprudencia hacen referencia al rango constitucional de este principio al deducirlo del inciso final del artículo 53 de la Constitución Política ; sin embargo, el hecho de que no haya una norma que establezca este principio de forma expresa y clara implica que lo expuesto hasta ahora encuentre distintas limitaciones
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