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Consejos Municipales De Derechos De NNA


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2013  •  1.926 Palabras (8 Páginas)  •  401 Visitas

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Consejo municipal de derecho del niño, niñas y adolescente (CMDNNA):

Es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, adscrito a la Alcaldía de cada municipio con competencia en materia de protección integral de niños, niñas y adolescentes, el cual tiene como finalidad garantizar los derechos colectivos e indeterminados de los niños, niñas y adolescentes.

Visión:

Garantizar en cada municipio las políticas públicas de protección integral de los niños, niñas y adolescentes, bajo el enfoque de los derechos: supervivencia, protección, participación y desarrollo, a fin de guiar las acciones dirigidas a asegurar los derechos y garantías consagrados en la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, a través de un conjunto articulado de acciones intersectoriales de interés público desarrolladas por el Estado, la Sociedad y la Familia.

Misión:

Lograr en cada municipio el mejoramiento de las condiciones de vida de Niños, Niñas y Adolescentes generando altos niveles de conciencia en las Familias, la Escuela, la Comunidad y el Estado. Garantiza efectivamente la Doctrina de Protección Integral a los Niños, Niñas y Adolescentes de cada municipio.

Objetivos:

Formular, coordinar, orientar, supervisar y controlar las políticas, programas y acciones de interés público a nivel municipal, destinados a la protección y atención de todos los Niños, Niñas y Adolescentes, Estableciendo los medios correspondientes a través de los cuales se asegure el goce efectivo de los derechos y garantías y el cumplimiento de los deberes de los Niños, Niñas y Adolescentes.

Atribuciones:

Concejo municipal de derecho de niños, niñas y adolescentes

Según lo establecido en el Artículo 147 del literal “a” hasta la “p”, de la Ley Orgáni-ca para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) son atribuciones las siguientes:

• Presentar a consideración del Alcalde o Alcaldesa el Plan Municipal para la protección integral de niños, niñas y adolescentes, en estricto cumplimiento de la política y plan nacional para la protección integral de Niños, Niñas y Adolescentes aprobados por órgano rector, así como de los lineamientos y directrices emanadas de este.

• Presentar a consideración del Alcalde o Alcaldesa la propuesta de presu-puesto del Consejo.

• Coordinar y brindar apoyo técnico en el ámbito municipal a los integrantes del Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes

• Promover la divulgación de los derechos, garantías y deberes de Niños, Ni-ñas y Adolescentes y ser vocero de sus intereses e inquietudes.

• Crear Entidades de Atención para la ejecución de programas de protección

• Promover, acompañar y supervisar a las entidades de atención y programas de protección, especialmente a través de las comunidades organizadas

• Solicitar a las autoridades municipales competentes acciones y adjudicación de recursos para la solución de problemas específicos que afecte a niños, niñas y adolescentes.

• Denunciar ante los órganos competentes la omisión o prestación irregular de los servicios públicos municipales prestados por entes públicos o privados, que amenacen o violen los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes.

• Conocer casos de amenazas o violaciones a los derechos colectivos o difusos de los niños niñas y adolescentes.

• Brindar protección especial a los derechos y garantías específicos de los niños, niñas y adolescentes de los pueblos y comunidades indígenas y afro descendientes.

Estructura organizativa (distribución organizativa y sus atribuciones)

El artículo 148 de la lopnna indica:

El cmdnna tendrá una junta directiva integrada por el presidente o presidenta del consejo; cuatro representantes del alcalde o alcaldesa y tres representaste elegidos o elegidas por los consejos comunales, de conformidad con lo establecido en el reglamento de esta ley. Cada uno tendrá su respectivo suplente.

Funciones de esta directiva:

 Aprobar la propuesta de plan municipal para la protección integral de nna, a ser presentado a la consideración del alcalde o alcaldesa.

 Aprobar la propuesta de presupuesto del consejo, a ser presentado a la consideración del alcalde o alcaldesa.

 Aprobar los planes de acción y aplicación del fmdpnna.

 Aprobar el reglamento interno del consejo.

 Debatir las materias de interés que presente su presidente o presidenta o cualquiera de sus integrantes.

Presidencia:

Según el artículo 149 del literal “a” hasta la “u” de la lopnna son atribuciones del presidente o presidenta:

a- Ejercer la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del consejo

b- Representar al consejo

c- Ejercer en el consejo la máxima autoridad en materia de personal, de confor-midad con lo previsto en la legislación en materia funcional y del trabajo.

d- Administrar el presupuesto del consejo, teniendo la cualidad de cuentadante

e- Convocar, dirigir y participar en las sesiones de la junta directiva.

f- Elaborar y presentar a la consideración de la junta directiva la propuesta del plan municipal de derechos de niños, niñas y adolescentes, a ser presentados o presentadas a la consideración del alcalde o alcaldesa.

Secretaria:

Tiene por objetivo llevar adelante la planificación, organización y ejecución de los procesos administrativos de la oficina, así como por ejemplo redactar y tipiar todo los documentos necesarios, llevar control de la correspondencia enviada por el Consejo de Derechos, así como la que viene de otros organismos y otras que le sean asignadas por el Consejo Municipal

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