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Constitucional


Enviado por   •  24 de Agosto de 2014  •  1.893 Palabras (8 Páginas)  •  202 Visitas

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PRESCRIPCIÓN

PREESCRIPCIÓN ADQUISITIVA  Si la prescripción se cumplió antes de la vigencia de una ley se la considera un derecho adquirido y la nueva ley no la modifica. PERO si la prescripción empezó a correr bajo la vigencia de una ley y posteriormente se dicta una ley que modifica el plazo, el prescribiente puede elegir acogerse a la primera o a la segunda ley.

PREESCRIPCIÓN EXTINTIVA  Si se trata de prescripción para extinción de acciones judiciales, la ley aplicable es la vigente al momento en que se trabó el Litis.

Para cultura general: EL LITIS ES  Litis es un vocablo latino que en idioma español se traduce como litigio, significando disputa o controversia judicial; diferencia de intereses entre dos partes, llamadas litigantes, sometidas a la decisión de un Juez.

Recordemos lo antes visto…

EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DE RETROACTIVIDAD

- Induvio Pro – Reo

- Normas Interpretativa

- Normas donde el autor lo establece (exclusivamente de carácter social)

PARA QUE SEA VÁLIDO UN ACTO JURÍDICO DEBE TENER LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

1) Capacidad  Que sea legalmente capaz

2) Consentimiento  Que consienta y exprese su voluntad en dicho acto o declaración y que su consentimiento no adolezca de vicio.

3) Objeto  Que recaiga sobre un objeto lícito

4) Causa  Que tenga una causa lícita.

Adicionalmente a los 4 numerales del artículo, hay uno más:

5) Que se cumpla con las solemnidades que la ley exige en relación al acto que se va a realizar.

1) CAPACIDAD: La capacidad puede ser:

Ejm: Un niño de 3 años tiene capacidad de goce pero no de ejercicio.

¿Quiénes son los incapaces?

Los Interdictos pueden ser

NOTAS PARA COMPRENDER LA CLASE:

Recordemos que las Obligaciones naturales pueden formarse:

• Por esencia es decir que desde que nació la obligación fue natural ejm: Contraer una Obligación con un menor de edad.

• O porque nacieron civiles y se convirtieron en naturales: Por ejm: Juan le pidió prestado a Pepito 5.000 dólares y se lo iba a pagar en 1 año… pasaron 3 años y Juan aun no le ha pagado a Pepito.. Pepito se acerca a poner la respectiva demanda pero se entera que para hacer la demanda solo debía haber dejado pasar 2 años desde el momento en que nació la obligación y ya se paso al tiempo establecido en la ley. Por lo tanto nació Civil la obligación y luego se convirtió en natural. Y Son aquellas obligaciones contraídas que no puedo exigir su cumplimiento.

Las Obligaciones Civiles  Obligaciones contraídas y son exigibles para que se cumpla.

GLOSARIO:

Caución Obligación accesoria que sirven para exigir el cumplimiento de una obligación principal

2) CONSENTIMIENTO: Que consienta en dicho acto o declaración, y su consentimiento no adolezca de vicio.

¿Cuáles son los vicios del consentimiento?

• Error

• fuerza

• Dolo

Explicación de cada uno de los vicios del consentimiento

De Derecho 

ERROR

De Hecho 

1) Confusión acerca de la clase o especie del acto jurídico que se esta ejecutando ejm: Si es un préstamo y se lo confunde con Donación.

2) Error sobre la identidad del objeto sobre el cual recae el acto.

3) Error sobre la Sustancia de la cosa que es materia principal del acto que se esta realizando

4) Error acerca de la persona, y es motivo principal de la contratación.

El Temor reverencial no es vicio del consentimiento

Física o psicológica

FUERZA No necesariamente ejercida por una de las partes sino por un 3ero

Para determinar si la fuerza ejerce, implica sexo, edad, condición

La fuerza no es siempre ejercida hacia 1 de la partes puede ser . Hacia personas que se vinculan o se relacionan a una de las partes

Intención de Perjudicar a otro Si no hubiese existido esa situación

DOLO dolosa el acto no se hubiese realizado.

El dolo necesita ser realizado por una de las partes en perjuicio de la otra

3) OBJETO LÍCITO  Que recaiga sobre un objeto lícito

El Objeto es la prestación y este objeto debe ser lícito es decir que se sujete al ordenamiento jurídico y sus normas.

Jurídicamente el objeto lícito es la prestación:

EXISTEN PRESTACION DE:

DAR  Recae sobre bienes de naturaleza corporales (muebles e inmuebles) e incorporales.

HACER  Recae sobre las acciones que unos deben hacer a favor de otro

NO HACER  Abstenciones, que otros deben abstenerse de hacer a favor de otros

La prestación tiene que ser:

1. licita->objeto

2. moralmente

...

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