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Constitucional


Enviado por   •  31 de Marzo de 2013  •  3.357 Palabras (14 Páginas)  •  304 Visitas

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IGUALDAD

“Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de

nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural,

estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado

judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación

sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni

por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o

permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el

reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará

toda forma de discriminación”

Sección quinta

Educación

Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área

prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir.Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la

responsabilidad de participar en el proceso educativo

Art. 34.- EI derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de

todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado.

La seguridad social se regirá por los principios de solidaridad,

obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad,

suficiencia, transparencia y participación, para la atención de las

necesidades individuales y colectivas

Capítulo quinto

Derechos de participación

Art. 61.- Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan de los siguientes

derechos:

1. Elegir y ser elegidos.

2. Participar en los asuntos de interés público.

3. Presentar proyectos de iniciativa popular normativa.

4. Ser consultados.

5. Fiscalizar los actos del poder público.

6. Revocar el mandato que hayan conferido a las autoridades de elección

popular.

7. Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y

capacidades, y en un sistema de selección y designación transparente,

incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su

participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad

de oportunidades para las personas con discapacidad y participación

intergeneracional.

8. Conformar partidos y movimientos políticos, afiliarse o desafiliarse

libremente de ellos y participar en todas las decisiones que éstos

adopten.

Art. 65.- El Estado promoverá la representación paritaria de mujeres y

hombres en los cargos de nominación o designación de la función pública,

en sus instancias de dirección y decisión, y en los partidos y movimientos

políticos. En las candidaturas a las elecciones pluripersonales se respetará

su participación alternada y secuencial.

El Estado adoptará medidas de acción afirmativa para garantizar la

participación de los sectores discriminados

Capítulo sexto

Derechos de libertad

Art. 68.- La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo

matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones

y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos y

obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio

Capítulo octavo

Derechos de protección

Art. 75.- Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con

sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso

quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales

será sancionado por la ley.

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones

Capítulo octavo

Derechos de protección

ART 77 NUMERAL 2

Ninguna persona podrá ser admitida en un centro de privación de

libertad sin una orden escrita emitida por jueza o juez competente,

salvo en caso de delito flagrante. Las personas procesadas o

indiciadas en juicio penal que se hallen privadas de libertad

permanecerán en centros de privación provisional de libertad

legalmente establecidos.

ART 77 NUMERAL 3

Toda persona, en el momento de la detención, tendrá derecho a

conocer en forma clara y en un lenguaje sencillo las razones de su

detención, la identidad de la jueza o juez, o autoridad que la ordenó,

la

...

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