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Contestacion De Demanda De Divorcio Y Pension Alimenticia


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2014  •  2.109 Palabras (9 Páginas)  •  1.179 Visitas

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EXPEDIENTE:

JUICIO: CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR

VICTORINA CATALINA BERNAL

Vs.

PABLO PEDRO GUTIERREZ ARCHUNDIA.

C. JUEZ SEPTIMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL

DE TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO.

A SU SEÑORÍA:

PABLO PEDRO GUTIERREZ ARCHUNDIA, por mi propio derecho y señalando como domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones, citaciones y demás superiores acuerdos la lista y el boletín judicial; y autorizando para los mismos fines así como para recibir toda clase de documentos y valores, a los CC. EMILIO PICHARDO GARCÍA y JULIO CESAR GONZALEZ CUEVAS con cédula profesional número ------------------ registrada en el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México; a folio--------, ante Usted con el debido respeto, comparezco para exponer.

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo establecido por los artículos 2.115, 2.116, 2.118 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de México; estando en tiempo y forma, vengo a dar CONTESTACIÓN, a la Temeraria, Infundada, Injustificada, Oscura, Vaga e Irregular demanda incoada en mi contra por la hoy actora VICTORINA CATALINA BERNAL por su propio derecho y en representación de mis menores hijas CRISTINA LIZETH y KARLA ITZEL ambas de apellidos GUTIERREZ BERNAL, haciendo de la siguiente manera:

EN CUANTO A LAS PRESTACIONES:

A).- De la Guarda y Custodia de mis menores hijas CRISTINA LIZETH y KARLA ITZEL ambas de apellidos GUTIERREZ BERNAL, la correlativa que se contesta resulta improcedente y perjudicial para mis menores hijas, por que hoy la actora es una persona que no le tiene cariño alguno a mis menores hijas , es muy agresiva, descuidada en su persona, indiferente en los cuidados de mis menores hijas, muy sucia, muy floja, les grita a mis menores hijas, las maltrata tanto física como psicológicamente, lo que ocasiono que el suscrito le reclamará y fuera la constante de pleitos, por lo que determinar dicha prestación a favor de la actora, es totalmente perjudicial para mis menores hijas, pues no les tiene cariño alguno y siempre ha sido motivo de chantaje, para que el suscrito hiciera lo que la actora quisiera, porque ella es una persona muy insegura de ella misma, celosa, bipolar y depresiva.

B).- La correlativa que contesta resulta por demás improcedente, toda vez que a la fecha el suscrito a cumplido con sus obligaciones alimentarias a favor de mis menores hijas CRISTINA LIZETH y KARLA ITZEL ambas de apellidos GUTIERREZ BERNAL, pues como se acreditara durante la secuela procesal del presente asunto, el suscrito he cumplido puntualmente con mi obligación alimentaria, para con mis acreedoras, ahora bien del

aseguramiento y pago de una pensión alimenticia definitiva equivalente al 40%; la misma resulta es improcedente, toda vez que actualmente mi menor hija de nombre CRISTINA LIZET GUTIERREZ BERNAL se encuentra viviendo con el suscrito y con mi querida madre de nombre ----------, por lo que resulta improcedente, pues se encuentra incorporada a mi núcleo familiar.

C).- La correlativa que se contesta, ya que en la especie no se surte ninguna de las hipótesis legales que para tal caso previene la ley sustantiva de la materia.

EN CUANTO A LOS HECHOS:

1.- Este hecho es totalmente falso, y resulta mentira en cuanto a la forma y el trato que el suscrito le daba a la C. VICTORINA CATALINA BERNAL CHAVEZ, resulta una mentira la narración realizada por la hoy actora ya que siempre se le trato con el debido respeto, amándola y proporcionando una vida digna y familiar, la realidad de las cosas es que la C. VICTORINA CATALINA BERNAL CHAVEZ es una persona que no le tiene cariño alguno a mis menores hijas, es muy agresiva, descuidada en su persona, indiferente en los cuidados de mis menores hijas, muy sucia, muy floja, les grita a mis menores hijas, las maltrata tanto física como psicológicamente, lo que ocasiono que el suscrito le reclamará y fuera la constante de pleitos, ya que sus actitudes son perjudiciales para mis menores hijas, pues no les tiene cariño alguno y siempre ha sido motivo de chantaje, para que el suscrito hiciera lo que la actora quisiera, porque ella es una persona muy insegura de ella misma, celosa, bipolar y depresiva, inestable emocionalmente y muy posesiva; cierto es , por lo que respecta a que en el año de 1997 inicie una relación con la C. VICTORINA CATALINA BERNAL CHAVEZ y por lo que respecta al nacimiento de mi menor hija de nombre CRISTINA LIZET GUTIERREZ BERNAL.

2.-Este hecho es totalmente falso, y resulta mentira la narración fantasiosa que hoy la actora realiza, ya que de parte del suscrito intente muchas forma para que la hoy actora fuera responsable con nuestras menores hijas, pero resulto todo lo contrario pues como ya se dijo la hoy actora es una persona inestable, celosa, mentirosa, floja, muy chantajista con el suscrito pues nunca quiso ponerse a laborar para a apoyar económicamente al suscrito, ni mucho menos cumplía con sus deberos domésticos puesto que cuando mis menores hijas ocupaban pañales no era capaz de cambiarlas, dejando que las niñas se rosaran, el suscrito llegaba de trabajar y me encontraba a la hoy actora en la cama y las niñas llorando, por lo llegando el suscrito de mi trabajo tenía cambiar, bañarlas y atender a mis menores hijas, por lo que se le decía a la hoy actora que cambiara esas actitudes, nunca se le corrió del domicilio conyugal sino al contrario sin recordar la fecha exacta en abril de 2013 la hoy actora dejo el domicilio llevando a mi menor hija de nombre KARLA IZTEL; cierto es en cuanto a que procreamos a nuestra segunda hija de nombre KARLA ITZEL GUTIERREZ BERNAL.

3.- El correlativo que se contesta es falso. Pues contrario a lo sostenido por mi contraparte en el correlativo, el suscrito en ningún momento he abandonado económicamente a mi menores hijas, pues al contrario en la medida de mis posibilidades, sin embargo he de comentar a su Señoría que la hoy actora me impide cumplir con mi obligación pues a la fecha se

niega a recibir las cantidades que por concepto de pensión alimenticia le ofrezco, argumentando que las mismas son muy bajas y que no es lo que ella quiere, situación que se encuentra por demás fuera de la realidad pues el suscrito me desempeño como empleado siendo manejador de alimentos de una guardería del IMSS dependiendo de la Institución gubernamental denominada “Subdelegación del IMSS” con domicilio en Josefa Ortiz de Domínguez No 538, Barrio de Coaxustenco, Municipio de Metepec, Estado de México, con un sueldo mensual de un mil pesos. Lo anterior tal y como se acreditara el momento procesal oportuno.

4.- El correlativo que se contesta es falso. Pues como se ha referido en el párrafo que antecede, el suscrito he cumplido puntualmente con mi obligación alimentaria, tal y como se demostrara en el momento procesal oportuno. Por otra parte reitero a este H. Juzgado que actualmente mi menor hija de nombre CRISTINA LIZET GUTIERREZ BERNAL se encuentra viviendo con el suscrito y con mi querida madre de nombre ----------, por lo que resulta improcedente la acción intentada por la ahora actora, ya que se encuentra incorporada mi núcleo familiar y cuyo caso el suscrito sufraga los gastos de mi menor hija.

Con fundamento en el artículo 4.136 de Código Civil Vigente en la entidad, solicito a su señoría la re-incorporación de mi menor hija KARLA ITZEL GUTIERREZ BERNAL.

EN CUANTO AL DERECHO:

Resultan inaplicables al presente juicio, todos y cada uno de los preceptos legales en los que la actora pretende fundar su acción y normar el procedimiento de la misma.

EN CUANTO A LOS PUNTOS PETITORIOS

Niego que los mismos tengan aplicación en virtud de lo hasta ahora expuesto, que para no hacer reiteradas repeticiones, pido se me tengan por reproducidas en entero, de lo señalado en el presente escrito.

EXCEPCIONES Y DEFENSAS

1.- La defensa genérica SINE ACTIONE AGIS, revirtiéndole desde este momento la carga de la prueba a mi contraparte.

2.- La de INEPTO LIBELO, consistente en la oscuridad y vaguedad de la demanda, misma que no permite una adecuada defensa al suscrito.

3.- La que deriva del artículo 4.136 del Código Civil Vigente en la entidad, solicitando se me permita “re-incorporar a mi menor hija de nombre KARLA IZTEL GUTIERREZ BERNAL a mi núcleo familiar actual, con la finalidad de encargarme personalmente de su cuidado, así como, de TODAS sus necesidades, a fin de salvaguardar el interés superior de mi hija; citando el buen desarrollo físico y mental, que le permitan disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad; y que le permitan

llegar a abstenerse a ella misma, para asegurarse que tenga un acceso efectivo a la educación, la capacitación, los servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación , la preparación para el empleo y las oportunidades de esparcimiento y que reciba tales servicios con el objeto de que mi menor hija logre la integración social y el desarrollo individual, incluido su desarrollo cultural y espiritual, n la máxima medida posible; máxime que como se detalla en el capitulo de hechos, fue sustraída de su entorno de una manera intempestiva causándole una inestabilidad psicológica, como quedara acreditado en juicio.

4.- Las que deriven de la presente contestación de demanda.

5.- La que deriva del artículo tercero de la convención sobre los derechos del niño con la finalidad de atender el interés superior del niño, así como asegurar la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley, tomando en consideración todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

6.- Las que derivan del artículo 4.228 del código Civil Vigente en la entidad, así como lo establecido en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, por ende solicito se me permita integrar a mi menor hija a mi núcleo familiar actual.

SUPLENCIA DE LA QUEJA

Con fundamento en el artículo 5.8 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en la Entidad, le solicito a este H. Juzgado se sirva bien a aplicar la suplencia de la queja a favor de los menores hijas cualquier deficiencia dentro de la presente, y a velar en todo momento por el interés de mis menores hijas, ello en atención a las características muy en particular del caso expuesto.

CAPITULO DE PRUEBAS

1 y 2.- LA CONFESIONAL y LA DECLARACIÓN DE PARTE.- Me abstengo de realizar pronunciamiento alguno, en tanto sea el momento procesal oportuno.

3.- LAS DOCUMENTALES PÚBLICAS.- No existe objeción alguna.

4.- LA TESTIMONIAL.- La misma se objeta desde este momento, en virtud de que ella no se acreditara los extremos del contexto que se pretende hacer valer con falsos argumentos, carentes de cualquier precisión de las circunstancias de modo, tiempo y lugar, pues son personas ajenas y nunca estuvieron presentes en ningún momento de los hechos que realmente ocurrieron.

Solicitando, dada la naturaleza del presente asunto, se tenga por precluído el derecho de ofrecer nuevos medios de prueba a no ser los de naturaleza superviniente, mismas que deberán tener tal carácter que conste en autos, en cualquier otro caso solicito que se le tenga por precluído su derecho en virtud de la naturaleza del presente asunto debió ofrecerlas en su escrito inicial conforme a las normas de la prueba.

5.- En cuanto a la presunción legal y humana, no existe ninguna en favor de sus injustos reclamos.

6.- LA PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE PSICOLOGÍA Y TRABAJO SOCIAL.- Solicitando a su Señoría sea designado Proe de este H. Juzgado, ya que el suscrito no cuento con los recursos necesarios.

Esta prueba se ofrece en relación con todos los hechos y cada uno de los hechos narrados en el proemio de la presente contestación a la demanda.

7.- LA ENTREVISTA Y ESCUHA DE LA MENOR CRISTINA LIZET GUTIERREZ BERNAL.- La cual solicito se desahogue en presencia del ministerio público, sin la presencia y asesoramiento de las partes el día que Usted indique para ello.

8.- LA ENTREVISTA Y ESCUHA DE LA MENOR KARLA ITZEL GUTIERREZ BERNAL.- La cual solicito se desahogue en presencia del ministerio público, sin la presencia y asesoramiento de las partes el día que Usted indique para ello.

9.- LA INSTRUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en todo lo que favorezca a los legítimos intereses del suscrito.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A Usted señor Juez; Atentamente Pido:

PRIMERO.- Tenerme Por presentado con el escrito de cuenta, en tiempo y forma legal, dando contestación a la demanda incoada en mi contra, en los términos que han sido precisados en el escrito de cuenta.

SEGUNDO.- Por anunciadas y ofrecidas, las pruebas que se enlistan en el presente escrito y en su oportunidad se admitan y en su caso se ordene su desahogo, toda vez que las mismas se ajustan a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO.

Lerma de Villada, México; a 24 de mayo del año 2014.

DANIEL SIMON AVILA TERRON

LIC. EMILIO PICHARDO GARCÍA.

PATRONO.

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