Contrato De Prestacion De Servicios
rosmozo19 de Mayo de 2014
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CONTRATO CIVIL DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES.
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE C. RODRIGO CONSTANTINO TAPIA Y POR LA OTRA C. CALOS HECTOR MENDOZA CERDA Y LA C.ROSARIO REYES MARTINEZ AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS.
ANTECEDENTES.
1.- Para los efectos de mayor brevedad en lo sucesivo se denominará al C. RODRIGO CONSTANTINO TAPIA como ''EL CLIENTE'' y a C. CALOS HECTOR MENDOZA CERDA Y LA C.ROSARIO REYES MARTINEZ '' LOS PASANTES ''; a ambos como ''LAS PARTES'' y al presente documento como ''EL CONTRATO''
2.- ''EL PROFESIONISTA''C. CARLOS HECTOR MENDOZA CERDA declara ser de Nacionalidad Mexicana de DE 22 años de edad, y Estado Civil SOLTERO con domicilio particular en CALLE RELOX NUMERO 77 COLONIA METROPOLITANA PRIMERA SECCION CIUDAD NEZAHUACOYOTL EDO.MEX y pasante en la carrera de DERECHO
3.- “LA PROFESIONISTA'' C. ROSARIO REYES MARTINEZ declara ser de Nacionalidad Mexicana de DE 22 años de edad, y Estado Civil SOLTERO con domicilio particular en PRIMERA CEERRADA DE DAVID HERNANDEZ NUMERO 34 COLONIA EJERCITO DEL TRABAJO SAN VICENTE CHICOLOAPAN EDO.MEX y pasante en la carrera de DERECHO
4.- ''EL CLIENTE'' manifiesta tener la capacidad necesaria para llevar a cabo la gestión que se le encomienda.
5.- ''EL CLIENTE'' manifiesta ser una persona FISICA legalmente constituida, y tener su domicilio en
6.- ''LOS PROFESIONISTAS'' manifiesta para los efectos conducentes pertenecer a la UNIVERCIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO.
7.- ''LAS PARTES'' luego de realizar las pláticas previas necesarias, han decidido celebrar ''EL CONTRATO'' de ''PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES'', y al efecto se otorgan las siguientes:
CLAUSULAS.
PRIMERA.- ''LAS PARTES'', se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad para suscribir ''EL CONTRATO'', no mediando entre ellas incapacidad legal o vicio del consentimiento alguno.
SEGUNDA.- Declara ''LOS PROFESIONISTAS'' Ser pasantes en la carrera de derecho y estar bajo la titularidad del abogado patrono con nombre C. MANUEL SEFERINO MARTINEZ CORONA tener el Título de LINCENCIADO EN DERECHO debidamente registrado con número de Cédula Profesional ________________________ y dedicarse al ejercicio de dicha profesión.
TERCERA.- Declara ''El CLIENTE'' requiere los servicios de ''EL PROFESIONISTA'' y por tal motivo suscriben ''LAS PARTES'' el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, mismo que sujetan a las disposiciones del Código Civil Federal vigente, o a la legislación equivalente en los Estados así como la Ley de Profesiones; renunciando a cualquier otro fuero o ámbito de aplicación Legal.
CUARTA.- En términos de la Cláusula anterior ''EL CLIENTE'' contrata los servicios de ''LOS PROFESIONISTAS'' y concretamente le encomienda la gestión o gestiones consistentes en: _______________________________________________________________________________________ obligándose por su parte ''LOS PROFESIONISTAS'' a realizar dichas encomiendas con toda diligencia y capacidad que el caso requiera.
QUINTA.- ''LOS PROFESIONISTAS'' dentro de los lineamientos generales e instrucciones dadas por ''EL CLIENTE'' queda también obligado a prestar el servicio convenido, poniendo todos sus conocimientos científicos y recursos técnicos en su desempeño inclusive si hubiese urgencia, en cualquier hora y lugar que sean requeridos al tenor del artículo 33 de la Ley de Profesiones. En caso de negligencia, impericia o dolo, perderá el derecho al cobro de honorarios sin alguna responsabilidad civil y/o penal en perjuicios que cause a ''EL CLIENTE'' en base al artículo 2615 del Código Civil Federal.
SEXTA.- ''EL PROFESIONISTA'' deberá guardar Secreto Profesional sobre el asunto o los asuntos que se le confíen respondiendo por daños y perjuicios en caso de violación según lo establece el artículo 2590 del Código citado y
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