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Convención Colectiva


Enviado por   •  24 de Mayo de 2014  •  6.687 Palabras (27 Páginas)  •  151 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El contrato colectivo de trabajo, también llamado convenio colectivo de trabajo (CCT) o convención colectiva de trabajo, es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores (comités de empresa).

Así mismo, este contrato tiene por finalidad la regulación de las condiciones de trabajo en sentido amplio y demás aspectos vinculados con las relaciones laborales, el establecimiento de medios para la solución de los conflictos y, en general, la protección de los trabajadores y sus familias, en función del interés colectivo y del desarrollo económico y social de la Nación.

La negociación colectiva tiene lugar entre un empleador, un grupo de empleadores, una o más organizaciones de empleadores, por un lado, y una o más organizaciones de trabajadores, por el otro. Es importante señalar que, la relación entre el empleador y el empleado está regulada a nivel nacional por la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras y a nivel internacional por los tratados que han sido firmados por el Estado. Ésta investigación es de gran importancia para el investigador por que le permite conocer acerca del trabajo y sus sustentos jurídicos.

En esta investigación se desarrollan los siguientes temas: La Convención Colectivo, Fundamentos Históricos, Carácter normativo y principios de la Convención Colectiva, La obligación de negociar colectivamente, Actores de la negociación colectiva, Ámbito de aplicación, Procedimiento de la Negociación colectiva, Protección de los trabajadores durante la negociación, Contenido de la Convención Colectiva, La Convención colectiva en relación a los contratos individuales, La reunión normativa laboral, La negociación colectiva en el sector privado y en el sector público, Las Convenciones Colectivas por rama de industria, Análisis de las principales convenciones Colectivas en el Derecho venezolano,

Especial consideración de los contratistas y subcontratistas.

Ángel gil

1-. La Convención Colectivo

La Convención Colectiva de Trabajo es aquella que se celebra entre uno o varios sindicatos o federaciones o confederaciones sindicales de trabajadores, de una parte, y uno o varios patronos o sindicatos o asociaciones de patronos, de la otra, para establecer las condiciones conforme a las cuales se debe prestar el trabajo y los derechos y obligaciones que correspondan a cada una de las partes.

Así mismo, es un proceso de diálogo entre los representantes de los trabajadores y el empleador, con el objeto de llegar a un acuerdo destinado a regular las relaciones laborales entre unos y otros, tales como remuneraciones y condiciones de trabajo.

Dicho acuerdo se denomina convención colectiva de trabajo, tiene fuerza vinculante entre las partes que la adoptaron, obligando a éstas, a las personas en cuyo nombre se celebró y a quienes les sea aplicable.

Finalmente se puede concluir que la negociación colectiva es un instrumento que sirve como un medio para que empleadores y trabajadores resuelvan sus conflictos de intereses, a través de relaciones, procesos de acercamiento y diálogo en cuyo seno la autonomía colectiva de trabajadores y empleadores produce el convenio colectivo.

Es importante destacar que la negociación colectiva no debe ser confundida con el convenio colectivo, esto lo aclara el jurista Octavio Bueno cuando dice: “La primera es un proceso que conduce a la realización del segundo. En esa perspectiva, puede ser definida como un conjunto de discusiones sobre condiciones de trabajo, llevadas a cabo entre un empleador, un grupo de empleadores o una o varias organizaciones de empleadores, por un lado, y un grupo de trabajadores por otro, con miras a la realización de un acuerdo.

Este proceso consta de tres elementos culminantes: determinación de las unidades negociadoras, delimitación del objeto de la negociación y obligación de negociar de buena fe. Por último la convención colectiva se sustenta en el artículo 431, el cual establece que:

2-. Fundamentos Históricos.

En la Revolución Industrial, fue un período histórico comprendido entrela segunda mitad del siglo XVIII y principios del XIX, en el que se fortaleció el poder económico y social de una clase emergente (burguesía) que detentaban los medios de producción y obtenían grandes riquezas, no sólo vendiendo y compitiendo, sino que además pagando bajos salarios por la fuerza de trabajo aportada por los obreros.

Así mismo, las relaciones laborales derivadas de las nuevas formas de producción, a partir de la Revolución Industrial, se rigen por el Derecho Común vigente en ese momento, el que está fuertemente impregnado de la concepción jurídica individualista. En ese período el amplio predominio del principio de la autonomía de la voluntad conllevó el libre juego de la oferta y de la demanda en el mercado de trabajo y originó una enorme desigualdad entre las partes, pues los empresarios, titulares del poder económico, podían determinar arbitrariamente las condiciones de trabajo, lo que dio lugar a numerosos abusos.

De allí que, en los primeros tiempos de la era industrial no existía un derecho laboral como tal y mucho menos un derecho a contratación colectiva, siendo dominado este campo por el principio liberal de la libertad de trabajo con sus dos sentidos implícitos: sentido positivo: es la facultad de la persona en el al ejercicio de cualquier actividad licita, sentido negativo: se refiere a que a nadie se le podrá obligar a trabajar en contra de su voluntad. De este modo quien pagaba el salario imponía condiciones injustas y onerosas para el trabajador.

Estando la concentración de la población industrial en los suburbios trajo la formación de un proletariado quien tenía que ganar el salario para poder vivir, y por ganarlo aceptaba lo que le fuera impuesto. La condición del trabajador frente al industrial, vino a determinar un estado de cosas bochornosas., se olvidó la condición humana de los trabajadores, mientras que, efectivamente, el campo jurídico, la simulación del trabajo a una mercancía lo dejaba enteramente sujeto a la Ley de la oferta y la demanda y apartaba toda consideración sobre la persona humana de quien lo prestaba.

Por lo tanto, siendo así jurídicamente el trabajo un contrato unilateral donde el patrono imponía las condiciones que le eran más favorables en contra de los trabajadores quienes estaban sujetos a la imperiosidad

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