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Critica A La Criminologia


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2011  •  1.494 Palabras (6 Páginas)  •  757 Visitas

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CRITICA A LA CRIMINOLOGÍA CLÍNICA POR PARTE DE LA CRIMINOLOGÍA CRÍTICA.

La criminología critica central, con buen criterio, hizo un análisis bastante demoledor y desencubridor de la llamada “criminología clínica”, es decir de la criminología biopsoclogica o psicológica fundamentalmente europea que, con múltiples escuelas y corrientes, se ocupa del “diagnostico” y del “pronostico” de conducta del criminalizado. En definitiva, se trataría de formas de medicina psicológica institucional, particularmente de instituciones “cerradas” y, en nuestro caso, medicina, psiquiatría o psicología carcelarias. En razón del marcado carácter encubridor del sentido político del discurso de la criminología clínica, la critica criminológica central parece inclinarse frecuentemente a descartarla o negarla, lo que resulta válido en cuanto a esa crítica alcanza a las tendencias clínicas “etiológicas” que agotan su discurso en el plano biológico o psicológico, conforme al esquema tradicional de “ factores bio-psico-sociales”.

Sin embargo, dentro de una crítica que pretenda traducirse en consecuencia practicas, lo cierto es que, con demasiada frecuencia y hasta en la mayoría de los casos de criminalidad convencional con criminalización de personas pertenecientes a las clases marginales de nuestras poblaciones latinoamericanas, tenemos la clara impresión de que el sistema penal arroja su “red” sobre esos sectores de la población y atrapa a aquellos que no solo son más vulnerables socialmente - puesto que casi todo lo son dentro del mismo estrato social-, sino a los que son también más vulnerables psíquicamente, porque ha habido un proceso previo de condicionamiento, de generación de esa vulnerabilidad psíquica, que los pone en situación de “ buenos candidatos” para la criminalización.

La red del sistema penal cae generalmente sobre quienes presentan ya signos que a menudo son de deterioro biopsicológico, y para ello se opera con estereotipos, un mecanismo que ha sido expuesto de relieve por el interaccionismo en la forma que oportunamente veremos y que muestra como la carencia biopsicológica es causa de la criminalización, de manera que invierte el plateo clínico: la conducta criminal o más gravemente criminal suele ser el resultado de una criminalización condicionalmente previa, como reacción social ante la característica biopsicológica deficitaria. Cuesta saber en qué medida estos estigmas que integran el estereotipo son un prius o un posteriuos, una causa o un efecto con relación al enredo de la persona con el sistema penal, aunque parece claro que, al menos, constituyen una fuente de limitación de oportunidades bien notoria.

Obviamente, esto es una realidad, tan real y tangible como lo es una catatonia para el psiquiatra, y, por mucho que sea verdad que el sistema penal y la psiquiatría sean formas de control social y respondan a una estructura de poder, es necesario un saber que permita ayudar a estas personas a superar o revertir el deterioro causado por el sistema penal y el condicionado previamente y que lo ha hecho “ candidato bueno” para el sistema, es decir, un saber que permita ayudar a las personas criminalizadas a reducir sus niveles de vulnerabilidad al sistema penal. Esta es la función de la criminología clínica desde nuestra perspectiva crítica. Posiblemente en razón del carácter marcadamente comprometido con el poder de la criminología clínica tradicional, sería conveniente cambiarle el nombre a esta y reemplazarlo por el de “clínica de la vulnerabilidad”, pues se trata de una inversión del planteo etiológico bio-psico-social de la conducta criminal a nivel individual, por un planteo etiológico socio-psico-biologico de la vulnerabilidad individual al sistema penal. No despreciamos ni ignoramos, pues la criminología clínica, sino que invertimos su sentido, al comprobar que el sistema penal no se preocupa en general por el castigo de ciertas conductas, sino por la selección de ciertas personas de la clase marginal que, por acción de factores sociales negativos anteriores a su intervención, se presentan ya como vulnerables al mismo y procede luego a aumentarles su vulnerabilidad mediante la creación o acentuación de un deterioro de personalidad. En este sentido, no nos preocupamos por una etiología de la vulnerabilidad que reclama una clínica para revertirla.

PELIGROSIDAD

Su noción

La noción de peligrosidad constituye el criterio médico-legal de internación psiquiátrica. La noción de peligrosidad nace de la mano de la teoría penal y su origen se remonta al siglo XIX, momento en el cual se conforma el modelo asilar que sustenta la institución psiquiátrica tradicional (Foucault, 2000).

La asociación entre locura y peligrosidad instaura la superposición entre punición y tratamiento, tutela y locura, dando por resultado la restricción de derechos y deberes y la vinculación, así más no sea implícita, con las conductas delictivas.

Formas o clases de peligrosidad

Fue Garofalo, en 1880, el que intento definir el estado peligroso como tal por primera vez. En dicho concepto englobaba dos elementos diferentes:

1. La capacidad criminal o temibilidad, definidas como el fracaso de un sujeto en responder a intimidarse ante las advertencias de la comunidad.

2. La adaptabilidad o capacidad de inserción social, es decir, de qué forma y en que medidas un individuo es capaz de adaptarse adecuadamente a su medio ambiente.

Englobando algunas de las definiciones de peligrosidad que posteriormente han sido formuladas por diversos autores, se puede definir el estado peligroso como aquel comportamiento del que con gran probabilidad puede derivarse un daño contra un bien jurídicamente protegido, o como aquella conducta que es reprobada socialmente.

Así

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